Los delitos de apoderamiento a revisión: la reforma penal de 2015 y los delitos de hurto y robo
Autor | Eva María Souto García |
Cargo del Autor | Profesora Contratada Doctora de Derecho Penal Universidade da Coruña |
Páginas | 437-452 |
437
CAPÍTULO 20
LOS DELITOS DE APODERAMIENTO A
REVISIÓN: LA REFORMA PENAL DE 2015
Y LOS DELITOS DE HURTO Y ROBO
Eva María Souto García
Profesora Contratada Doctora de Derecho Penal
Universidade da Coruña
1. LOS DELITOS DE APODERAMIENTO:
CONSIDERACIONES PREVIAS1
Este trabajo se centra en el estudio en el análisis de las cuestiones más relevantes
que tras la reforma de 2015 se suscitan en relación con los delitos de apoderamiento,
es decir, en relación con los delitos de hurto y robo. Ambos delitos, en sus diversas mo-
dalidades, constituyen un ejemplo de como en la reforma operada por la Ley Orgánica
derarse como «tradicionales» han pasado a ser «actuales» debido a la decisión del legis-
lador de introducir cambios de relevancia en su conguración y regulación. Se trata de
guras delictivas que gozan ya de una larga tradición en la legislación penal española y
1 Lo que a continuación se explica ya ha sido recogido por mí en una obra monográca sobre
el tema. Puede verse, para un estudio más profundo de la reforma de estos delitos, SOUTO
GARCÍA, E.M.: Los delitos de hurto y robo. Análisis de su regulación tras la reforma operada por la
LO 1/2015, de 30 de marzo, Tirant lo Blanch, Valencia 2017, passim. Posteriormente, publiqué
el artículo «La multirreincidencia en los delitos de hurto tras la LO 1/2015, de 30 de marzo: su
regulación y aplicación práctica», en La Ley Penal, nº 141, noviembre-diciembre 2019, centrado,
como dice su título en las problemáticas que se generan en torno a la modalidad agravada de
hurto por razón de la multirreincidencia.
UNA DÉCADA DE REFORMAS PENALES ANÁLISIS DE DIEZ AÑOS DE CAMBIOS EN EL CÓDIGO PENAL (2010-2020)
438
que han sido objeto de estudio por la doctrina penal desde antes incluso de la entrada
en vigor del Código Penal de 1995. Ello, no obstante, no implica que se trate de guras
delictivas cuyo estudio esté superado. Y es que de alguna manera la reforma penal de
2015 les ha dotado de un interés «renovado» para la doctrina y la jurisprudencia.
Posiblemente los cambios efectuados en materia de delitos de hurto y robo no
sean tan destacados como los llevados a cabo por el legislador en 2015 en los delitos,
por ejemplo, de homicidio y asesinato –en el sentido de que estos últimos pocas veces
han sido retocados desde 1995, o al menos no de una forma tan signicativa como sí lo
fueron otros muchos como, v.gr, los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales–,
pero no por ello menos interesantes. En este sentido, ha de tenerse presente que los
delitos de apoderamiento constituyen, según las estadísticas ociales, una de las fami-
lias delictivas más cometidas en España2. Por tanto, bien puede armarse que cualquier
modicación que se introduzca en su regulación será de vital importancia tanto desde
una perspectiva teórica como práctica. Los tribunales de justicia han de tener, pues, la
nueva redacción de los delitos de hurto y robo siempre muy presente, ya que un elevado
número de conictos que deberán resolver se solventará por la vía de la aplicación de
estas infracciones penales.
Antes de iniciar el estudio de los cambios más destacados operados por el le-
gislador de 2015, parece oportuno situar a estas guras delictivas en el texto penal y
dejar apuntados algunos datos de relevancia que faciliten la posterior explicación de la
reforma en materia de delitos de apoderamiento.
2 Según los datos proporcionados por el Instituto Nacional de Estadística –INE– en 2014 el nú-
mero de condenas por hurto ascendió a 11.606, por robo a 30.815, el de hurto y robo de uso de
vehículos a 2.322. En 2015 las cifras serían de 20.611, 29.999 y 2.038, respectivamente. Por su
parte, estando vigente ya la reforma los datos son los que siguen: en 2016 el número de condenas
por hurto ascendió a 55.282, por robo a 28.728, el de hurto y robo de uso de vehículos a 1.931.
En 2017 las cifras serían de 63.721, 27.713 y 1.935, respectivamente.
Los datos proporcionados son genéricos, sin distinguir entre los distintos tipos de robo. Ha de
tenerse presente, además, que la subida en el número de hurtos cometidos en los años 2016 y
2017 en relación con el número de hurtos cometidos en 2014 y 2015 se debe a que tras la re-
forma pasan a incluirse en la base de datos los hechos antes constitutivos de falta y que ahora lo
son de delito leve. Como puede observarse, en el robo y hurto y uso de vehículos son similares.
Pueden consultarse dichos datos y los de años anteriores en el siguiente enlace http://www.ine.
es/inebmenu/mnu_justicia.htm. Página consultada a 13 de mayo de 2020. Se ha optado por
los datos de los años señalados porque son los dos inmediatamente anteriores y posteriores a la
reforma, para comprobar si ha afectado o no la reforma sobre las estadísticas.
Sobre esta cuestión puede verse en la doctrina penal FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ, M.D.: El
robo con fractura exterior, PPU, Barcelona 1997, pp. 17 y ss.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba