Reflexiones sobre urbanismo, ordenación del territorio y prevaricación. Luces y sombras de una reforma

AutorFrancisco José Rodríguez Almirón
Cargo del AutorProfesor Sustituto Interino de Derecho Penal Universidad de Granada
Páginas643-659
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CAPÍTULO 30
REFLEXIONES SOBRE URBANISMO,
ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Y PREVARICACIÓN. LUCES Y
SOMBRAS DE UNA REFORMA
Francisco José Rodríguez Almirón
Profesor Sustituto Interino de Derecho Penal
Universidad de Granada
1. INTRODUCCIÓN
Ha pasado ya tiempo desde que el legislador decidió introducir en el CP los
delitos relativos a la ordenación del territorio y urbanismo. Desde entonces muchas
cosas han cambiado, principalmente la concepción que tiene la sociedad sobre el me-
dio ambiente y la necesidad de entender que el suelo es un bien limitado y que debe
de utilizarse de forma racional. Para eso, hemos pasado por una etapa marcada por un
urbanismo salvaje e incontrolado. Este desajuste vino propiciado, en ocasiones, por la
actitud de algunos consistorios que vieron en el urbanismo una forma de aumentar sus
ingresos municipales. Es suciente con ver la prolija relación de organismos que nos
avisaron de tan caótica situación, tanto desde fuera1, como dentro de España2. También
1 Ver el Informe sobre el impacto de la urbanización extensiva en España en los derechos indivi-
duales de los ciudadanos europeos, el medio ambiente y la aplicación del Derecho comunitario,
del Parlamento Europeo, de 20 de febrero de 2009, ponente: Margrete Auken. (2008/2248(INI))
2 Interesante es la resolución a la Queja iniciada por el Defensor del Pueblo de Andalucía de o-
cio tras tener conocimiento del importante número de sentencias condenatorias que se estaban
emitiendo contra un Ayuntamiento y el consiguiente perjuicio económico que podía suponer
UNA DÉCADA DE REFORMAS PENALES ANÁLISIS DE DIEZ AÑOS DE CAMBIOS EN EL CÓDIGO PENAL (2010-2020)
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muchos tribunales se hicieron eco y arremetieron duramente contra este urbanismo
voraz, desenfrenado, y que parecía no tener límites, así la SAP de Cádiz3 «(…) la Ad-
ministración puede y debe hacer mucho más en este campo, actuar con mayor celeridad
y en labores de prevención, ya que cuenta en la actualidad con mecanismos preventivos
de gran potencialidad» O la SAP de Cádiz4 al señalar como «Decepcionante es com-
probar, por no utilizar términos más severos sobre la actuación permisiva del Ayunta-
miento (…)». Lo cierto, es que el Derecho Administrativo sancionador, pese a contar
con medios sucientes no sirvió para contener esa grave situación, reinando en algunos
lugares una indisciplina urbanística sin precedentes. Fruto de esta situación, el TS, en la
sentencia núm. 1250/20015, vino a señalar como había sido la indisciplina urbanística
generalizada y la falta de efectividad de la actuación administrativa la que propició la
introducción de los delitos contra la ordenación del territorio en el CP de 1995. No
podemos obviar la vertiente económica del urbanismo y como el urbanismo está ligado
en ocasiones a componentes algo subjetivos, sobre todo a la hora de llevar a cabo la
planicación urbanística. Así, donde se mueven ingentes cantidades de dinero, y existe
cierto margen de subjetividad, no es raro poder encontrar fenómenos como la corrup-
ción. Y es que, durante un tiempo, parecía que los episodios de corrupción urbanística
en algunos consistorios no tenían n. Además, sin obviar lo anterior, los ataques al
bien jurídico muchas veces –o la mayoría– se han producido no por grandes empresas
ni promotores profesionales –que también los ha habido– sino por particulares. Así, la
mayoría de las condenas han venido motivadas por la realización de naves industriales
y casas en régimen de autopromoción en suelo no urbanizable. También en estos casos,
también se ha producido una inacción importante por algunos ayuntamientos. Se han
–como señala la queja– para las arcas municipales. Resolución del Defensor del Pueblo Anda-
luz formulada en la queja 15/5671 https://www.defensordelpuebloandaluz.es (fec ha consulta
14/04/2020).
Muy interesante es el Comunicado de las principales conclusiones de la Jornada organizada
entre la Ocina del Defensor y la Fiscalía del TSJA donde se nos dice como la comisión de
delitos relacionados con la ordenación del territorio y el urbanismo «(…) exige una mayor im-
plicación de las autoridades y funcionarios locales para impedir la comisión de tales hechos y
sus consecuencias y un mayor grado de colaboración de tales autoridades y funcionarios con
la administración de justicia. Los asistentes a esta reunión consideran que la pasividad de los
Ayuntamientos a la hora de reaccionar ante la ejecución de obr as y edicaciones ilegales en el
suelo no urbanizable no admite justicación, dada la claridad con la que aparecen tipicadas
estas conductas y los medios disponibles para detectar su comisión». https://www.defensordel-
puebloandaluz.es/actualidad/comunicado-de-las-principales-conclusiones-de-la-jornada-or-
ganizada-entre-la-ocina-del (fecha consulta 14/04/2020).
3 SAP de Cádiz 300/2007 de 16 octubre.
4 SAP de Cádiz 99/2007 de 27 marzo.
5 STS 1250/2001 de 26 junio.

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