Los medios de comunicación frente a los límites constitucionales del derecho a la información

AutorDaniel Martínez Cristóbal
Cargo del AutorUniversidad Rey Juan Carlos
Páginas606-620
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CAPÍTULO 35
LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN FRENTE
A LOS LÍMITES CONSTITUCIONALES DEL DERECHO
A LA INFORMACIÓN
DANIEL MARTÍNEZ CRISTÓBAL
Universidad Rey Juan Carlos
1. INTRODUCCIÓN
La Constitución Española en su artículo 20.1, protege el derecho a la
libertad del ciudadano para expresar y difundir libremente los pensa-
mientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier
otro medio de reproducción; y a comunicar o recibir libremente infor-
mación veraz por cualquier medio de difusión.
La relevancia de este artículo es inmensa y la STC 121/1989 de 3 de
julio, FJ2 establece que las libertades del artículo 20 de la Constitución
no son sólo derechos fundamentales de la persona, sino también signifi-
can el reconocimiento y garantía de la opinión pública libre, y están do-
tadas de una eficacia que trasciende a la de los demás derechos funda-
mentales.
Todas estas libertades intentan fortalecer el nivel cultural de la sociedad
y evitar que sea manipulada. Por ello, la libertad de expresión garantiza
el libre tráfico de ideas y opiniones entre las personas como germen de
la opinión pública, la libertad de cátedra asegura la difusión de mensajes
científicos dentro del ámbito de la docencia para asegurar una formación
plural y completa para futuras generaciones, la libre producción artística
o científica evita las trabas que los gobiernos pudiesen poner al avance
cultural y tecnológico de la comunidad. Sin embargo, el valor de estos
derechos no sería el mismo sin el derecho a la información, que permite
a docentes, artistas, investigadores y a cualquier persona saber qué es lo
que acontece en el mundo y, por tanto, asegura un ejercicio de las

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