Defensa del demandado en el juicio ordinario
Autor | Federic Adan Domènech |
Cargo del Autor | Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Rovira i Virgili |
La defensa del demandado en el juicio ordinario comienza, una vez emplazados, los demandados tienen un margen para contestar la demanda de veinte días. Este plazo se cuenta individualizadamente para cada uno de ellosal haber desaparecido la mención "al ser el plazo para contestar común a todos los demandados en el caso de ser varios" del art. 404 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC) .
Contenido
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Opera la regla general del art. 133.1, LEC basándose en que los plazos comienzan a correr desde el día siguiente a aquél en el que se hubiere efectuado el acto de comunicación del que la ley haga depender el inicio del plazo, con lo que cada codemandado, de ser varios, debe contestar en este plazo independientemente del cómputo del mismo para los otros codemandados.
Ello no obstaculiza el que varios codemandados deseen contestar a la demanda en forma conjunta, si bien ello solamente será posible si cuando se presenta la contestación, todos ellos se encuentran dentro del plazo de veinte días ya que, en caso de haberse superado para alguno de ellos el mismo, se le deberá tener por personado, pero no por contestada de forma expresa a la demanda al haberle precluido esta posibilidad.
- Sentencia nº 20/1997 de Tribunal Constitucional, Sala 2ª, 10 de Febrero de 1997 [j 1].
- Sentencia nº 297/2011 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 14 de Abril de 2011 [j 2].
- Sentencia nº 54/1998 de Tribunal Constitucional, Sala 2ª, 16 de Marzo de 1998 [j 3].
Una regla especial en el cómputo del plazo del escrito de contestación a la demanda es la que se fija para el caso en el que la parte demandada es el Estado u otra administración pública ya que, respecto de éstas, el art. 14 de la Ley 52/1997 de 27 de noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas regula la suspensión del curso de los autos si así se solicitare por la administración, siendo esta suspensión (por un mínimo de quince días y un máximo de un mes) de obligado cumplimiento para el tribunal salvo que, excepcionalmente y por auto motivado, se estime que ello produciría grave daño para el...
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