La garantía por evicción y las obligaciones del vendedor. Derecho romano y derecho comparado

AutorMª Victoria Sansón Rodríguez
Cargo del AutorCatedrática honoraria de Derecho romano de la ULL
Páginas823-835
LA GARANTÍA POR EVICCIÓN
Y LAS OBLIGACIONES DEL VENDEDOR.
DERECHO ROMANO Y DERECHO COMPARADO 1
Mª V S R
Catedrática honoraria de Derecho romano de la ULL
mvsanson@ull.edu.es
https://orcid.org/0000-0003-4470-7318
1. INTRODUCCIÓN
La responsabilidad por evicción del vendedor se da cuando el comprador es pri-
vado de la cosa, en virtud de sentencia firme, por el derecho de un tercero anterior a
la compraventa. Es el principio de responsabilidad del vendedor por vencimiento en
juicio del comprador o evicción; un principio jurídico propio de la familia jurídica
francesa, que procede del Derecho romano.
En el Código civil español la garantía por evicción se recoge en al art. 1.475
(“Tendrá lugar la evicción cuando se prive al comprador, por sentencia firme y en vir-
tud de un derecho anterior a la compra, de todo o parte de la cosa comprada”). En el
Digesto de Justiniano se recoge, por ejemplo, en un texto de Juliano D.21.2.21.1 (“Por
ello Juliano define elegantemente en el libro 43 orum> que se incide en la estipu-
lación del duplo cuando se pierde una cosa de tal modo que el comprador no puede po-
seerla a causa de la misma evicción 2), donde el jurista define como presupuesto de la
1 Ponencia pronunciada en las “Jornadas romanísticas solidarias por la Palma, celebradas en la
Facultad de Derecho de la ULL, 27-29 de abril de 2022, con motivo de la investidura como Doctor Ho-
noris Causa por la ULL del Profesor Dr. Don Antonio Fernández de Buján y Fdez.
2 D. 21.2.21.1 (Ulp. l. 29 ad Sab.): “Inde Iulianus libro quadragesimo tertio eleganter denit
duplae stipulationem tunc committi, quotiens res ita ammititur, ut eam emptori habere non liceat propter
ipsam evictionem”.

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