Respecto de las primas a terceros como delito de corrupción deportiva. A propósito de la SAP de Navarra 111/2020, de 23 de abril

AutorIgnacio F. Benítez Ortúzar
Cargo del AutorCatedrático de Derecho penal Universidad de Jaén
Páginas429-438
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RESPECTO DE LAS PRIMAS A TERCEROS COMO DELITO
DE CORRUPCIÓN DEPORTIVA. A PROPÓSITO DE LA SAP
DE NAVARRA111/2020, DE 23 DE ABRIL
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Catedrático de Derecho penal
Universidad de Jaén
I. INTRODUCCIÓN
Acerca de supuestos casos de manipulación de resultados deportivos se ha es-
crito y hablado muchísimo en los más variados medios de comunicación de masas.
Cada fin de temporada en las competiciones más relevantes se habla de maletines,
de compras de partidos, de amaño de resultados, en definitiva, de hipotéticos me-
canismos fraudulentos de predeterminación de resultados que corrompen la com-
petición deportiva. Normalmente todo queda en un “pataleo” de los aficionados de
aquellos clubes deportivos que quedan peor parados al final de temporada, bien
porque su club no ha conseguido plaza para ascender o para acceder a una compe-
tición internacional, bien porque su club ha descendido de categoría. Ello se ade-
reza con resultados deportivos aparentemente poco probables, pero no imposibles,
en encuentros disputados por competidores directos en las últimas jornadas del
campeonato.
En algunos casos, incluso se han practicado algunas operaciones policiales con
gran revuelo mediático, como la llevada a cabo en una operación conjunta de la
Policía Nacional y la Europol denominada “operación Oikos” a finales de de 2019,
que han dado a la apertura de diligencias previas en los Juzgados de lo Penal 1.
1 Que dio lugar a la detención inicial de 19 personas y un total de 59 investigados, por su
presunta implicación en delitos de corrupción en los negocios, administración desleal y blanqueo
de capitales, vinculados al pago de una prima a terceros por parte de un club de futbol con el fin
de jugar el Play-off de ascenso a Primera División de Futbol de la Liga Española. Al parecer, para
realizar el pago, diferentes personas físicas y jurídicas relacionadas directa e indirectamente con el
club, adelantaron diversas cantidades en efectivo para el pago de la prima, generando una deuda
en el club con estos prestamistas que fue amortizada en los meses siguientes a su entrega. La inves-
tigación dio lugar a la apertura de diligencias previas por el Juzgado de Primera Instancia e Instruc-
ción n. 5 de Huesca. En enero de 2022, el Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n,
5 de Huesca prorrogó seis meses más la instrucción ante la complejidad del caso.

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