Constitución y discapacidad: la protección de las personas con discapacidad como paradigma del estado social

AutorAntonio Fernández De Buján
Páginas5-24
CONSTITUCIÓN Y DISCAPACIDAD: LA PROTECCIÓN
DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD COMO
PARADIGMA DEL ESTADO SOCIAL
Discurso pronunciado por el
Profesor Don Antonio Fernández de Buján y Fernández
en el solemne acto de su investidura como
Doctor Honoris Causa por la Universidad de la Laguna
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antonio.bujan@uam.es
1. OBSERVACIONES PRELIMINARES
La discapacidad es uno de los grandes desafíos, de presente y de futuro, que tiene
planteada la humanidad. Una legislación respetuosa con la discapacidad debe partir
del valor de su diferencia y tener presente que afecta no s ólo a las condiciones de vida
de millones de personas, el diez por ciento de la población mundial, sino también a su
dignidad, libertad, desarrollo de la personalidad e igualdad con las demás personas.
Todas las personas son iguales en dignidad, y al mismo tiempo diferentes, dis-
tintas, únicas, irrepetibles. Muchas personas, cada vez más, son dependientes, frá-
giles, vulnerables, necesitadas de pleno reconocimiento de su capacidad jurídica, de
asistencia, de apoyos y de ayudas, para sentirse seguras, para tomar decisiones por sí
mismas y para progresar.
Es un hecho cierto que a lo largo de la historia, los Estados, las organizaciones in-
ternacionales y la sociedad en general, no han apoyado como debieran a las personas
con discapacidad o han establecido o tolerado, discriminaciones por razón de disca-
pacidad, contrarias al principio de igualdad ante la ley.
6 Antonio Fernández De Buján
En el prólogo de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos, a los Principios y Directrices internacionales sobre el acceso a la justicia
para las personas con discapacidad aprobados en 2020 se afirma: “Las personas con
discapacidad son un objetivo fundamental de la labor de mi Oficina, en parte porque
son uno de los grupos más desfavorecidos. Durante demasiado tiempo han sido ig-
noradas, desatendidas e incomprendidas, y sus derechos, sencillamente, negados. Las
leyes, los procedimientos y las prácticas siguen discriminando a las personas con dis-
capacidad y el sistema de justicia tiene un papel decisivo a la hora de prevenir estos
casos y proporcionar reparaciones efectivas cuando se producen, en particular si son
consecuencia de leyes injustas. Garantizar el acceso a la justicia es indispensable para
la gobernanza democrática y el Estado de derecho, así como para combatir la des-
igualdad y la exclusión. Desde la aprobación de la Convención sobre los derechos de
las personas con discapacidad existe un modelo para lograr la inclusión fundamenta-
do en el enfoque de la discapacidad basado en los derechos humanos” 1 .
La nueva regulación está inspirada, como exige el art. 10 CE, en el respeto a la
dignidad, en la tutela de sus derechos fundamentales y en el respeto a la libre volun-
tad de la persona con discapacidad, así como en los principios de necesidad y propor-
cionalidad de las medidas de apoyo que, en su caso, pueda necesitar para el ejercicio
de su capacidad jurídica en igualdad de condiciones que los demás.
Dicho lo que antecede, me voy a referir con algún detenimiento a cuatro textos
legales básicos en materia de discapacidad y Constitución en el Ordenamiento Jurí-
dico español, que son:
1. La Convención de Nueva York de 2006
2. La Ley 8/ 2021, de 2 de junio, de reforma de la legislación civil y procesal
para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capaci-
dad jurídica, que está considerada como una de las leyes más relevantes en
materia de derecho privado desde la aprobación de la Constitución
3. El Anteproyecto de Ley de 7 diciembre de 2018 de reforma del artículo 49
de la CE, relativo a los derechos de las personas con discapacidad, y
4. El proyecto de ley de reforma del artículo 49 de la Constitución Española,
de 11 de mayo de 2021, en trámite de ampliación de enmiendas
1 Antonio Fernández de Buján, Catedrático de Derecho Romano de la Universidad Autónoma de
Madrid. Académico de Número de las Reales Academias de Jurisprudencia y Legislación de España y de
Galicia
El presente estudio constituye el Discurso pronunciado por el Autor con ocasión su Doctorado Ho-
noris Causa por la Universidad de La Laguna, el día 29 de abril de 2022. Pronunció la Laudatio la Profe-
sora de la Universidad de La Laguna Dª Mª Etelvina De las Casas León.
Prólogo al documento elaborado por un grupo de expertos coordinados por la Relatora Especial de
Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, en colaboración con el Alto Co-
misionado de las Naciones Unidas para los Derechos humanos. Ginebra, agosto 2020.

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