Sentencias sobre Modalidades

316 sentencias sobre Sentencias sobre Modalidades

  • STSJ País Vasco , 12 de Septiembre de 2005

    CONFLICTO COLECTIVO. El art. 30 del ET dispone que si el trabajador no pudiera prestar sus servicios una vez vigente el contrato porque el empresario se retrasara en darle trabajo por impedimentos imputables al mismo y no al trabajador, éste conservará el derecho a su salario, sin que pueda hacérsele compensar el que perdió con otro trabajo realizado en otro tiempo, ni desde luego por el periodo...

  • STSJ Comunidad de Madrid 32/2005, 24 de Enero de 2005

    CONFLICTO COLECTIVO. JORNADA LABORAL. DURACIÓN. Los actores reclaman se declare su derecho a prestar servicios en turnos de veinticuatro horas, y, en su defecto, que sus servicios se desempeñasen en turnos fijos de dieciséis horas. Lo que las trabajadoras reclaman en este litigio es, con carácter principal, que se les reconozca el derecho a realizar turnos de trabajo de 24 horas y,...

  • STSJ La Rioja , 1 de Septiembre de 2005

    "CONFLICTO COLECTIVO. PROCEDIMIENTO. Pues bien, las actuaciones llevadas a cabo no sirven para dar cumplimiento al contenido del artículo 41.4 del Estatuto del Trabajador , ya que, como han entendido diversas resoluciones judiciales , a demás de las antes expuestas, el periodo de consultas ha de realizarse bajo una verdadera voluntad de diálogo, procurando la consecución del acuerdo respecto de...

  • STSJ Cataluña , 14 de Enero de 2005

    LIBERTAD SINDICAL. La denuncia que formula el trabajador ante la Inspección de Trabajo en fecha 25 de mayo de 2004, es posterior a la decisión empresarial que se impugna, por todo lo cual estimamos que la empresa ha acreditado fehacientemente que su decisión es totalmente ajena al impedimento, ignorancia o vulneración del ejercicio del derecho de libertad sindical por el trabajador, obedeciendo ?n

  • STSJ País Vasco , 19 de Mayo de 2005

    CONFLICTO COLECTIVO. La modificación de condiciones de trabajo impuesta unilateralmente por la empresa al alterar los turnos de trabajo establecidos en el calendario laboral, mediante las decisiones patronales descritas en el hecho quinto de la demanda fueran calificadas como nulas o injustificadas y en coherencia con ello la sentencia recurrida estima la demanda y declara que tal decisión...

  • STSJ Cataluña 4021/2008, 16 de Mayo de 2008

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. HORAS EXTRAORDINARIAS. DEFINICIÓN. Las horas extraordinarias como aquéllas que excedan de la jornada establecida que conste en el calendario laboral pactado en cada empresa. Se desestima el recurso.

  • STSJ País Vasco 2458/2005, 18 de Octubre de 2005

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. COSTAS. PARTES. Cada parte ha de asumir las costas causadas a su instancia, al estar ante un litigio de conflicto colectivo sin que ninguna de ellas haya actuado temerariamente. Se estima el recurso.

  • STSJ Castilla y León 633/2008, 13 de Noviembre de 2008

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. TRIBUNAL AD QUEM. HECHOS PROBADOS. No es posible revisar el relato de hechos probados. Se desestima el recurso.

  • STSJ Islas Baleares , 16 de Septiembre de 2005

    DESPIDO. IMPUGNACIÓN. Tanto en el despido disciplinario como en el por causas objetivas, si la trabajadora se halla disfrutando un permiso del art. 37 (4.5) del ET , la calificación del despido debe ser o procedente o nula, no pudiendo por ello ser declarado improcedente, ya que el legislador para tal declaración de nulidad no exige que el despido obedezca precisamente al hecho de que la...

  • STSJ Castilla y León , 26 de Mayo de 2005

    "CONFLICTO COLECTIVO. CONDICIONES DE TRABAJO. En los conflictos individuales que versan sobre la interpretación de una norma, hay normalmente un momento colectivo, en la medida en que el sentido general de la interpretación que se propugna no responde sólo al interés individual del que litiga sino al de todos los que comparten o puedan compartir su posición contractual; del mismo modo, en la...

  • STSJ Comunidad de Madrid 194/2007, 12 de Marzo de 2007

    CONFLICTO COLECTIVO. No estamos, ante una medida caprichosa o arbitraria de la demandada, sino ante el ejercicio regular de su poder de organización y variación, porque el que juzga dispone, y ha procurado atemperarla, de la manera menos traumática, a la situación real existente, sin que quepa deducir tenga entidad suficiente como para calificarla de modificación sustancial de las condiciones de...

  • STSJ Cataluña 1887/2008, 29 de Febrero de 2008

    JORNADA DE TRABAJO. REDUCCIÓN. NULIDAD. Se revoca la sentencia que declaró la nulidad de la reducción de la jornada de trabajo dispuesta por la empresa. La apreciación de si es necesario ampliar la jornada es una facultad discrecional de la empresa, que apreciando todos los elementos intervinientes ha de decidir si procede o no la ampliación, conforme a su política empresarial. Esta decisión no...

  • STSJ Cataluña 1767/2007, 6 de Marzo de 2007

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. TRABAJADOR. CONDICIÓN MAS BENEFICIOSA. Para que pueda sostenerse la existencia de una condición más beneficiosa es preciso que ésta se haya adquirido y disfrutado en virtud de la consolidación del beneficio que se reclama. Se desestima el recurso.

  • STSJ Castilla-La Mancha , 7 de Septiembre de 2005

    PROCESO DE CONFLICTO COLECTIVO. CALENDARIO LABORAL. Como quiera que al confeccionarse el calendario laboral para el año 2004 en el Centro de Atención a Minusválidos Físicos de Guadalajara, a pesar de introducirse de horarios que en cómputo semanal sobrepasaban las 37'5 horas, no se excedieron en ningún caso las 1.647 horas anuales, resulta indudable que no procedía acoger la pretensión de la...

  • STSJ Castilla-La Mancha 2751, 10 de Noviembre de 2005

    PROCESO DE CONFLICTO COLECTIVO. CUADRANTES DE HORARIOS. DECLARACIÓN DE NULIDAD. En el caso de autos no se produce una modificación sustancial de condiciones de trabajo, sino la aplicación del laudo arbitral de fecha 18-1-05, y asÍ la empresa se ha limitado a elaborar el nuevo calendario anual que ha de regir en sus centros de trabajo para acoplar el mismo al cumplimiento de lo dispuesto en el...

  • STSJ Navarra , 17 de Junio de 2005

    CONFLICTO COLECTIVO. Independientemente de cuál sea el contenido del Acuerdo de 8 de febrero de 2000, suscrito entre la empresa y los representantes de los trabajadores, en ningún caso podrá éste permitir la infracción o incumplimiento de una obligación legal, cual es el mantenimiento de contactos entre las partes con la finalidad de consensuar un calendario laboral. Obligación esta que no se...

  • STSJ Castilla-La Mancha , 30 de Julio de 2004

    "CONFLICTO COLECTIVO. DESESTIMACIÓN. La demanda de conflicto colectivo que est? en el origen del presente recurso de suplicación tiene por objeto determinar si la decisi?n de la empresa de establecer un calendario laboral para el a?o 2004 es nula o, en su caso, injustificada, y como consecuencia de ello procede continuar aplicando el calendario laboral del a?o 2003, con las correcciones propias...

  • STSJ Cantabria 76/2007, 24 de Enero de 2007

    CONFLICTO COLECTIVO. CALENDARIO LABORAL. Sentado lo anterior, habría que comenzar declarando como injustificada la decisión empresarial, como se deriva del hecho de que la empresa no haya alegado ni probado la concurrencia de causa alguna en la que se pretenda apoyar la proyectada y ejecutada modificación del tiempo de trabajo, como lo demuestra el hecho de que la resolución recurrida no contenga

  • STSJ Comunidad de Madrid 362/2006, 9 de Mayo de 2006

    DERECHO DE LIBERTAD SINDICAL. TUTELA. Dirimir el alcance del artículo 28 de la norma convencional entonces en vigor o, en otras palabras, determinar el contenido material del calendario laboral del centro de trabajo, así como su procedimiento de elaboración y la posibilidad de llevar a cabo modificaciones puntuales en lo que en él se estableció inicialmente, son cuestiones de mera legalidad...

  • STSJ Cataluña 1912/2007, 9 de Marzo de 2007

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. CONGRUENCIA. AFECTACIÓN. La afectación al principio de congruencia entraña una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, siempre y cuando esa desviación sea de tal naturaleza que suponga una sustancial modificación de los términos por los que discurra la controversia procesal, con la consiguiente indefensión y sustracción a las partes del verdadero debate...

  • STSJ Castilla y León 379/2007, 18 de Abril de 2007

    CONDICION MAS BENEFICIOSA. Siendo ello así es obvio que por la habitualidad, regularidad y persistencia en su disfrute en el tiempo esta condición se ha incorporado al nexo contractual de forma que no puede ser suprimida, ni reducida unilateralmente por el empresario, sin que las partes hayan alcanzado un acuerdo sobre la cuestión o se haya producido su neutralización en virtud de una norma...

  • STSJ Castilla y León 491/2006, 25 de Mayo de 2006

    MODIFICACION DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. Concurren en el presente caso probadas razones económicas, técnicas y organizativas que hacen aconsejable, para la viabilidad de la misma, la modificación de la jornada laboral efectuada, tendente a ajustar la producción de aquélla a las necesidades reales de producción, en función de los concretos pedidos de la misma. Es por ello que entendemos no se...

  • STSJ Navarra 201/2006, 29 de Junio de 2006

    CONFLICTO COLECTIVO. CONDICION MAS BENEFICIOSA. De acuerdo con la mentada doctrina, en el presente caso no puede hablarse de condición más beneficiosa puesto que no se desprende una voluntad empresarial real y efectiva en su concesión. Pues del hecho de que durante dos años se computase el tiempo de bocadillo como trabajo efectivo, al parecer por error, no deriva necesariamente la consecuencia de

  • STSJ Castilla y León 344/2009, 25 de Marzo de 2009

    SUBSIDIO DE DESEMPLEO. No cabe así acudir, a la totalización de la duración natural de tales contrataciones, integrando el dividendo con horas durante las que, materialmente, no se ha ejecutado prestación laboral alguna, por el ordinario devenir de cualquier contrato de trabajo; el tenor de la ley no permite otra interpretación que la derivada de la literalidad de sus términos, obligando a...

  • STSJ País Vasco , 16 de Mayo de 2006

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. CONDICIÓN MAS BENEFICIOSA. GENERACIÓN. Se considera generadora de una condición más beneficiosa la actuación de una empresa que durante un período de catorce años permitió que sus trabajadores eligiesen las fechas del disfrute compensatorio por exceso de jornada anual. Se desestima el recurso.

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