El momento de determinación de la responsabilidad civil

AutorFrancisco José Rodríguez Almirón
Cargo del AutorProfesor Sustituto Interino. Universidad de Granada
Páginas101-102
101
7. EL MOMENTO DE DETERMINACIÓN DE LA
RESPONSABILIDAD CIVIL
Los Jueces y Tribunales que conozcan del procedimiento penal
deben de declarar si ha lugar al pago responsabilidad civil, debiendo
de establecer de forma motivada las bases en que fundamenten la
cuantía de los daños e indemnizaciones. La cuantía puede quedar
fijada tanto en la propia resolución como en el momento de su eje-
cución. La cuantificación de la indemnización que señale el Tribunal
no será fácilmente revisable, salvo que se den algunos supuestos, esto
es debido a la ausencia de normas de carácter sustantivo.
En la STS núm. 203/2020 de 21 mayo 179 en un supuesto donde un
policía fuera de servicio fue condenado a indemnizar por lesiones a
dos personas, el TS señaló los supuestos que darían lugar a una even-
tual revisión de la indemnización 180, así, señala como criterios:
1º) Que se rebase o exceda lo solicitado por las partes acusado-
ras. Esto iría en consonancia con el principio de rogación
y congruencia analizado en los epígrafes anteriores, impi-
diendo otorgar una indemnización superior a la solicitada
por las partes.
2º) Cuando se hayan fijado defectuosamente las bases corres-
pondientes. Estas bases deben de estar fijadas en la senten-
cia, y una fijación defectuosa pueda dar lugar al correspon-
diente recurso.
721/2018 de 23 enero. ECLI:ES:TS:2019:109
180 En los supuestos del daño moral como hemos indicado anteriormente si
esta se ajusta a los parámetros habituales y se motiva, es difícil atacar por la inexisten-
cia de parámetros objetivos de valoración.

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