comentario codigo civil
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Comentario al Artículo 512 del Código Civil
Artículo 512. Serán de cuenta del usufructuario los gastos, costas y condenas de los pleitos sostenidos sobre el usufructo.
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Comentario al Artículo 591 del Código Civil
Artículo 591. No se podrá plantar árboles cerca de una heredad ajena sino a la distancia autorizada por las ordenanzas o la costumbre del lugar, y en su defecto, a la de dos metros de la línea divisoria de las heredades si la plantación se hace de árboles altos, y a la de 50 centímetros si la plantación es de arbustos o árboles bajos. Todo propietario tiene derecho a pedir que se arranquen los
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Comentario al Artículo 441 del Código Civil
Artículo 441. En ningún caso puede adquirirse violentamente la posesión mientras exista un poseedor que se oponga a ello. El que se crea con acción o derecho para privar a otro de la tenencia de una cosa, siempre que el tenedor resista la entrega, deberá solicitar el auxilio de la Autoridad competente.
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Comentario al Artículo 461 del Código Civil
Artículo 461. La posesión de la cosa mueble no se entiende perdida mientras se halle bajo el poder del poseedor, aunque éste ignore accidentalmente su paradero.
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Comentario al Artículo 469 del Código Civil
Artículo 469. Podrá constituirse el usufructo en todo o parte de los frutos de la cosa, a favor de una o varias personas, simultánea o sucesivamente, y en todo caso desde o hasta cierto día, puramente o bajo condición. También puede constituirse sobre un derecho, siempre que no sea personalísimo o intransmisible.
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Comentario al Artículo 529 del Código Civil
Artículo 529. Los derechos de uso y habitación se extinguen por las mismas causas que el usufructo y además por abuso grave de la cosa y de la habitación.
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Comentario al Artículo 636 del Código Civil
Artículo 636. No obstante lo dispuesto en el artículo 634, ninguno podrá dar ni recibir, por vía de donación, más de lo que pueda dar o recibir por testamento. La donación será inoficiosa, en todo lo que exceda de esta medida.
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La motivación judicial como expediente idóneo de recepción de las teorías de la argumentación jurídica en el derecho procesal
... De este modo, los jueces del civil law proceden en la aplicación del Derecho de ... 3 del Código Civil 60 ... En las operaciones de selección y ... 274 Vid. ACEBAL, J., «Comentario al canon 1608», en VV.AA., Código de Derecho ...
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La autonomía de la persona con discapacidad y las medidas de apoyo
... Profesora Contratada Doctora de Derecho Civil. Universidad Complutense de Madrid ... 1. CONSIDERACIONES PREVIAS ... El Código Civil, tras la reforma por Ley 8/2021, de 4 de ... 6 RIBOT IGUALADA J. (2021). “Comentario al artículo 262 del Código Civil”, op. cit., ...
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Comentario al Artículo 573 del Código Civil
Signos desfavorables.
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Comentario al Artículo 404 del Código Civil
Indivisibilidad de la cosa común.
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Comentario al Artículo 337 del Código Civil
Error conceptual de la Ley.
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¿Por qué el cónyuge viudo no colaciona?
El Código civil al regular la colación se refiere en general a herederos forzosos. La escasa doctrina que se ha pronunciado al respecto ha entendido casi unánimemente, que se ha de considerar excluido al viudo o viuda, al serle inaplicable la hipótesis de la colación, de modo que ni ha de colacionar, ni se beneficia de la colación de otros. El objeto de este estudio es indagar en las razones que...
... carácter general el artículo 1035 del Código civil 9 precisa para que exista obligación de ... 188; J. SARMIENTO, Comentario del Código civil, Ministerio de Justicia, Tomo ... -
Comentario al Artículo 401 del Código Civil
Limitaciones al poder de disposición.
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Comentario al Artículo 60 del Código Civil
Todas las religiones. Importancia de la inscripción.
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Comentario al Artículo 57 del Código Civil
Prestación del consentimiento. Fuente de nulidades.
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Comentario al Artículo 570 del Código Civil
Paso para ganado. Jurisprudencia.
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Comentario al Artículo 578 del Código Civil
Adquisición forzosa de la medianera. Jurisprudencia.
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En torno a la transformación de la comunidad hereditaria en comunidad o comunidades ordinarias
Este trabajo aborda la extinción de la comunidad hereditaria que se produce mediante el acuerdo entre los coherederos de adjudicarse por vía de partición cuotas indivisas de la exclusiva titularidad de cada adjudicatario sobre cada uno de los bienes integrantes de dicho caudal. Conocida generalmente como conversión o transformación de la comunidad hereditaria, implica como resultado la...
... Departamento de Derecho civil de la Universidad de Murcia ... RESUMEN: Este ... reconocida a los coherederos en el Código civil, existen distintos motivos, entre ellos la ... ÁLVAREZ LATA, N. (2009). Comentario a la sentencia del Tribunal Supremo de ... 25 ... -
Comentario al Artículo 464 del Código Civil
Posesión de cosa mueble. Montes de Piedad.
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Comentario al Artículo 23 del Código Civil
Artículo 23. Son requisitos comunes para la validez de la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia: a) Que el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes. b) Que la misma persona declare que renuncia a su anterior nacionalidad. Quedan a salvo de este...
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Comentario al Artículo 541 del Código Civil
Artículo 541. La existencia de un signo aparente de servidumbre entre dos fincas, establecido por el propietario de ambas, se considerará, si se enajenare una, como título para que la servidumbre continúe activa y pasivamente, a no ser que, al tiempo de separarse la propiedad de las dos fincas, se exprese lo contrario en el título de enajenación de cualquiera de ellas, o se haga desaparecer aquel
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Comentario al Artículo 27 del Código Civil
Artículo 27. Los extranjeros gozan en España de los mismos derechos civiles que los españoles, salvo lo dispuesto en las leyes especiales y en los Tratados.
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Comentario al Artículo 624 del Código Civil
Artículo 624. Podrán hacer donación todos los que puedan contratar y disponer de sus bienes.
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Comentario al Artículo 36 del Código Civil
Sociedad civil y mercantil