Sentencias sobre Transacciones extrajudiciales

188 sentencias sobre Sentencias sobre Transacciones extrajudiciales

  • STS, 28 de Mayo de 2007

    RECURSO DE CASACIÓN PARA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. DESPIDO. No cabe acoger la caducidad que la sentencia recurrida entendió producida, en tanto en cuanto descontados los sábados anteriores a la fecha de presentación de la demanda, previo descuento del tiempo de sustanciación de la conciliación antes el órgano competente, no habían transcurrido los 20 días de caducidad de que disponía el actor .Se...

  • STS, 30 de Marzo de 2001

    "RECURSO DE CASACIÓN. CONFLICTO DE COMPETENCIA. Se estimo la excepción de incompetencia de este orden social para conocer del objeto que plantea la demanda, y estimamos la competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, sin haber lugar a conocer de las demás cuestiones planteadas en el pleito. Contra dicha sentencia se preparó recurso de casación. La Sala de instancia no...

  • STS, 9 de Febrero de 2001

    IMPUGNACIÓN DE CONVENIO COLECTIVO. INCOMPETENCIA DEL ORDEN SOCIAL. La aplicación de la anterior doctrina al supuesto ahora enjuiciado, en el que concurren idénticos presupuestos a los anteriormente expuestos para la incompetencia del orden jurisdiccional social, obliga a concluir que la Sala de instancia no infringió ningún precepto legal al declarar su falta de competencia para conocer de la...

  • STSJ Cataluña , 23 de Diciembre de 2004

    "DESPIDO IMPROCEDENTE. El reconocimiento de la improcedencia podrá? ser realizado por el empresario desde la fecha del despido hasta la de la conciliación."" La sentencia de instancia se limita a negar eficacia limitadora de los salarios de tramite al reconocimiento de la improcedencia del despido y al ofrecimiento de indemnización y salarios de tramite hasta la fecha del deposito en la cuenta de

  • STSJ Galicia , 3 de Junio de 2005

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. ORDEN SOCIAL. COMPETENCIA JURISDICCIONAL. No es competente el orden social para anular trámites ante óaganos administrativos. Se estima el recurso.

  • STSJ Galicia , 8 de Julio de 2005

    EXCEPCIÓN. LITISCONSORCIO PASIVO. ESTIMACIÓN. No existe dudas sobre la posibilidad de estimar el litisconsorcio pasivo, aún para el supuesto de que no se hubiera opuesto formalmente la excepción, pues se trata de un presupuesto procesal que afecta de un modo directo a las garantías del proceso. Se estima la demanda.

  • STSJ Comunidad de Madrid 317/2006, 16 de Mayo de 2006

    "DESPIDO IMPROCEDENTE. SALARIOS DE TRAMITACIÓN. La referencia legal a la fecha de la conciliación, aunque no incluya el adjetivo ""previa"" o ""administrativa"" no puede confundirse con la conciliación judicial. El período en que la empresa puede realizar su oferta y hasta el cual se devengan los salarios de trámite actualmente es el anterior al intento de conciliación preprocesal. No se...

  • STSJ Canarias , 27 de Noviembre de 2004

    EJECUCIÓN. SIMULACIÓN. Se aprecia que el cauce procesal seguido, la ejecución, no es correcto, pues el título cuya ejecución se pretende no es ejecutable, por ser simulado, y el negocio jurídico real no está amparado por el título ejecutivo. Se deja sin efecto la ejecución por ser inadecuado el procedimiento sin perjuicio del derecho de la parte a reclamar a través del juicio ordinario el...

  • STSJ Comunidad Valenciana , 7 de Julio de 2005

    CONCILICION. ACTA. ERROR DE CONSENTIMIENTO. En relación con el consentimiento prestado por error, la jurisprudencia, de acuerdo con el art. 1.266 del C.C ., tiene declarado que para que el error en el consentimiento invalide el contrato es indispensable: que recaiga sobre la sustancia de la cosa que constituye su objeto o sobre aquellas condiciones de la misma que principalmente hubieran dado...

  • STSJ Comunidad de Madrid 971/2005, 16 de Noviembre de 2005

    DESPIDO. NULIDAD. IMPROCEDENCIA. Frente a la sentencia de instancia en la que se estima la pretensión actora articulada con carácter subsidiario en la demanda rectora de las presentes actuaciones por despido nulo o subsidiariamente improcedente, se formaliza Recurso de Suplicación, por la representación procesal del INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE), en el que se

  • STSJ Castilla-La Mancha , 15 de Septiembre de 2005

    "RECLAMACIÓN DE DERECHOS Y CANTIDAD. COMPLEMENTO DE DISTANCIA. En este caso, si los requisitos exigidos en dichos preceptos se han cumplido, así como también los exigencias de comunicación, depósito y registro en la Dirección General de Trabajo; si la parte demandante no puede alegar desconocimiento del Acuerdo, porque además de todo lo anterior, el mismo fue aportado por la parte demandada,...

  • STSJ Canarias , 21 de Octubre de 2004

    DESPIDO IMPROCEDENTE. Cuando a una declaración de despido improcedente han precedido varios contratos temporales, la indemnización legal de cuarenta y cinco días por año de servicios ha de calcularse tras una consideración conjunta y global de todos esos contratos, y no tras el análisis único del último concluido. Un contrato temporal inválido por falta de causa o infracción de límites...

  • STSJ Extremadura 106/2008, 4 de Marzo de 2008

    CONTRATO DE TRABAJO. RESOLUCIÓN. DESPIDO DISCIPLINARIO. El recurrente el depósito, o puesta a disposición, no lo fue de la indemnización por despido y salarios de tramitación hasta la fecha de la consignación, sino del saldo y finiquito de la relación laboral por los conceptos indicados. Es decir no estamos ante error excusable, sino ante el incumplimiento de la puesta a disposición de la...

  • STSJ La Rioja , 10 de Noviembre de 2005

    CUESTION DE COMPETENCIA. COMPETENCIA DEL ORDEN SOCIAL. CONFLICTOS ENTRE PERSONAL ESTATURIO Y SERVICIO DE SALUD. Ha de concluirse, por tanto, que el Legislador ha querido mantener la competencia de la jurisdicción del Orden Social para resolver las cuestiones litigiosas planteadas entre el personal estatutario y los Servicios de Salud, no derogando, ni expresa ni tácitamente, el artículo 45.2 del...

  • STSJ Galicia , 10 de Octubre de 2000

    CONFLICTO COLECTIVO. COMISIÓN PARITARIA. El art. 9 del Convenio Colectivo de empresas de seguridad impone con carácter obligatorio que en los procesos de conflicto colectivo es necesario antes de su iniciación acudir a la Comisión Paritaria para intentar una conciliación. Se estima la excepción de defecto formal. Se estima el recurso de suplicación.

  • STSJ Murcia , 19 de Enero de 2004

    PROCESO SOBRE DESPIDO. Las ausencias de la actora, en modo alguno puede llevar a la imposición de la sanción de despido, pues la normativa del sector exige que la inasistencia al trabajo sea al menos de tres días durante el período de un mes, para que la conducta pueda ser calificada de falta muy grave, sancionable entonces con despido. En primera instancia se estima demanda. Se desestima...

  • STSJ Cataluña , 28 de Marzo de 2000

    "RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. EXCEPCIÓN FALTA DE CONCILIACIÓN. La finalidad de la conciliación no es otra que la de poner en conocimiento de la contraparte del contenido y fundamento de la pretensión, dándole la oportunidad de resolver directamente el litigio, evitando así la vía judicial; y abordando esta cuestión la Sala resolviendo Recurso 9430/98, no decreto la extrema medida de nulidad por la...

  • STSJ Canarias , 27 de Diciembre de 2002

    LAUDO ARBITRAL. LEGITIMACIÓN. NULIDAD: Parece necesario defender que los requisitos de legitimación para promover el conflicto se sujeten a reglas imperativas como en el proceso judicial, indisponible por las partes; y así si el legislador exige que el acuerdo o compromiso arbitral reúna unos porcentajes, y tal compromiso es el presupuesto procesal para promover el conflicto, el cumplimiento de...

  • STSJ Castilla y León , 9 de Junio de 2000

    CONFLICTO COLECTIVO. Aun admitiendo dialécticamente que el Convenio a negociar pudiera calificarse de empresa, la reivindicación de la capacidad negocial del Comité Intercentros que postula, como órgano de representación unitaria y no sindical, exigiría que este Organo colegiado hubiera adoptado por decisión mayoritaria la iniciativa negociadora, frente a la iniciativa sindical impugnada,...

  • STSJ Castilla y León , 30 de Junio de 2005

    DESPIDO. DERECHOS FUNDAMENTALES. Se establece que no es suficiente la mera alegación de la vulneración constitucional, sino que al demandante le corresponde aportar un indicio razonable que la lesión se ha producido, un principio de prueba dirigido a poner de manifiesto, el motivo oculto de aquel acto, para una vez alcanzado el anterior resultado probatorio por el demandante, hacer recaer sobre...

  • STSJ Comunidad Valenciana 1377/2008, 6 de Mayo de 2008

    VACACIONES. ACCIDENTE O ENFERMEDAD DURANTE LA MISMA. NATURALEZA. A diferencia de lo que sucede con el supuesto singular de la maternidad, una enfermedad o accidente concurrentes o sobrevenidos en el período de vacaciones no alteran el estado de ""inacción o total omisión de actividad"" que caracterizan a este último, ni desvirtúan normalmente el efecto de reparación de la fatiga producida por el...

  • STSJ Cataluña 6386/2007, 28 de Septiembre de 2007

    DESPIDO. Se estima el recurso interpuesto por la parte actora y así declaramos el despido como improcedente, con los efectos legales de optar el empresario demandado entre readmitir al trabajador en el mismo puesto y condiciones de su anterior puesto de trabajo o bien indemnizarle son una suma equivalente a 45 días por año, prorrateándose por meses los periodos inferiores al año, lo que da una...

  • STSJ Cataluña 5777/2006, 28 de Julio de 2006

    DESPIDO. CADUCIDAD DE LA ACCION. Doctrina que aplicada al supuesto enjuiciado, determina que la acción ejercitada no está caducada, pues siendo que el despido fue notificado el 1 de agosto de 2005, iniciándose el computo del plazo de caducidad al siguiente día (2 de agosto de 2005), y la papeleta de conciliación ( que suspende el plazo por un máximo de 15 días) se presentó el día 30 de agosto de 2

  • STSJ Extremadura 277/2007, 24 de Abril de 2007

    DESPIDO. Con arreglo a lo expuesto, y desde luego sin prejuzgar el alcance del incumplimiento del trabajador, que ha de ser objeto de otro pleito, partiendo de que la resolución recurrida no apreció el fraude invocado por la ejecutante, y que teniendo en cuenta el tenor de la primera carta de despido y la segunda, que esta última pretende obviar lo omitido en la primera, sin que el artículo 110.4

  • STSJ Aragón , 6 de Mayo de 2004

    DESPIDO. Lo decisivo es que el Acuerdo sobre Previsión Social en la CAI de 23-11-2000 es posterior al contrato entre la CAI y este trabajador de 29-11-1986, conforme al cual la CAI se comprometía a abonarle la correspondiente pensión en caso de despido. Y el acuerdo conciliatorio de 26-7-2001 es posterior al Acuerdo sobre Previsión Social en la CAI de 23-11-2000, que estableció un sistema de...

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