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El trabajo estudia fundamentalmente el concepto de falta de conformidad de escasa importancia en la resolución. Concepto que como es sabido utiliza la Directiva 1999/44 y está incorporado en nuestro ordenamiento en el Texto Refundido de Consumidores (art. 121). La cuestión fundamental es saber si la falta de conformidad de no escasa importancia es igual a falta de conformidad esencial (o si se prefiere grave por aproximarnos a la terminología utilizada para el art. 1124 CC). La cuestión es de gran importancia y afecta no sólo al mayor o menor ámbito de aplicación de la resolución, sino a algo más importante: la inserción del remedio resolutorio en el resto de remedios por incumplimiento. Este es el tema fundamental del que me ocupo. Lo desarrollo teniendo en cuenta distintos elementos: ...
...Por esto y por los Comentarios explicativos que acompañan a los Principios sobre... Anteproyecto de Ley de Modificación del Código de comercio en la parte general sobre contratos me...
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... Primero: vulneración del artículo 217.1 y 6 de la LEC, por haber el órgano de segun...: Infracción del artículo 1281 del Código civil , sobre interpretación de los contratos, y ... apoyo de la tesis revocatoria ciertos comentarios a la sentencia de esta Sala 343/2004, de 30 de abr... de las obligaciones; y del artículo 1124 del Código Civil , sobre la resolución de las ob...
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El Ministerio de Justicia ha publicado dos propuestas de reforma del Código civil y una del Código de comercio, elaboradas, las primeras, por la Sección Civil y la tercera por la Sección Mercantil de la Comisión General de Codificación. Una de las propuestas civiles y la propuesta mercantil se refieren al régimen general de las obligaciones contractuales, codificado en el Código civil y en el de comercio. La otra propuesta civil se refiere a la compraventa civil. Es tal la importancia de estas propuestas que merecen ser objeto de atención y estudio por la comunidad científica. Con el propósito de contribuir a esa tarea ha sido redactado este trabajo, en el que se comparan, en lo que resulta oportuno, las soluciones ofrecidas por cada una de estas propuestas de reforma.
Este trabajo, ju...
... [i] El artículo Primero de la Propuesta mercantil dispone: «se .... Asimismo, he trabajado con los Comentarios que acompañan a los Principios UNIDROIT 6 y a lo... a lo dis puesto en los artículos 1101 y 1124 CC 57 . En el artículo 1568 CC se percibe la dico...
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Introducción - 2. Precisiones terminológicas: ,el perito, la pericia, el reconocimiento pericial, y el dictamen pericial - 3. - 3.1. Naturaleza jurídica - 3.2. Admisibilidad - 3.3. Objeto - 3.4. Caracteres - 3.5. La pericia corporativa - 4. el perito - 4.1. Distinción con figuras afines - 4.1.1. Especial consideración del testigo - perito - 4.2. Capacidad - 4.3. Designación y aceptación del cargo - 4.4. La imparcialidad del perito - 4.5. Derechos y deberes del perito - 4.6. Responsabilidad del perito - 4.6.1 Responsabilidad penal - 4.6.2. Responsabilidad civil - 4.6.3. Responsabilidad disciplinaria - 5. Procedimiento de la pericia y el dictamen pericial - 5.1. La doble modalidad de dictámenes en la Ley 1/2000 y su compatibilidad - 5.2. El dictame...
...578.5º). La normativa derogada del Código Civil también aludía la “prueba por peritos”... previsto en el apartado segundo del artículo 335”. La pericia corporativa de la LEC de 1881 e...1124 del Grupo Convergència i Unió). Dicha enmienda p...Comentarios sistemáticos a la Ley 1/2000”, vol.II, obra coo...
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.... ALBALADEJO, M., Derecho Civil II, Derecho de Obligaciones y Derecho Civil III, D...Librería Bosch. Barcelona: 2002; y Comentarios al Código Civil y Compilaciones Forales, Tomo VII...MONTES PENADÉS, V., «; Comentario al artículo 1124 CC", En: Comentarios al Código Civil y Compi...
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El artículo 1473 del Código civil español representa una especialidad dentro de los ordenamientos jurídicos de nuestro entorno, ya que, al resolver el conflicto entre dos compradores, no lo hace sólo conforme con el sistema de título y modo, sino también teniendo en cuenta la buena o mala fe del posible adquirente. Esta especialidad constituye un residuo superviviente de la regulación medieval de la doble venta, decantada mediante lo que en su día fue innovación en las fuentes jurídicas romanas. Sin embargo, el criterio penalizador del adquirente de mala fe no sólo aparece en el artículo 1473 del Código civil, sino que también parece encontrar acogida en los artículos 1295.2 y 1124.4 del Código.
... como «ius ad rem» aparece ya en comentarios de decretales que pueden fecharse entre 1206 y 121...
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Planteamiento. 2. Configuración jurídica de la resolución y del desistimiento en la relación jurídica entre cliente y TRADE en la Ley 20/2007. 3. Valoración final.
... posibilidad que, al estar admitida en el Código Civil para determinados supuestos, no precisa acue...1124 CC. En lo relativo al resarcimiento del autónomo ... en la letra f) del apartado 1 del artículo anterior". Este precepto hace referencia a supuest...25. . OSTI, cit. ALBALADEJO. Comentarios al Código Civil y Compilaciones Forales . Tomo ...
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El caso enjuiciado por la sentencia del Tribunal Supremo, de 15 de junio de 2010, nos ofrece un ejemplo de cómo la actitud del vendedor de las participaciones sociales de una sociedad de responsabilidad limitada consistente en no informar acerca de irregularidades contables de la misma y de la insolvencia de su franquiciadora puede originar una responsabilidad contractual para el mismo, lo cual supone, a juicio del Tribunal, la existencia de un resarcimiento del daño moral alegado por el adquirente; cuestión que ha de analizarse correctamente desde criterios de imputación objetiva y no desde una mera causalidad.
..., en un supuesto de ruina funcional del artículo 1591 del Código Civil, declara: "No es correcta l...El artículo 1124 del Anteproyecto del Código Civil español (1882-...- Comentarios al Código Civil y las Compilaciones Forales, t. ...
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Contenido del artículo. Sinalagma. Daños y perjuicios. Extra-judicialidad. Facultad de resolución. Voluntad de incumplimiento. Exceptio non adimpleti contractus. Jurisprudencia.
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CONTRATO DE SUMINISTRO. INCUMPLIMIENTO. INDEMNIZACIÓN. La voluntad de incumplimiento se demuestra por la frustración del fin del contrato sin que sea preciso una tenaz y persistente resistencia obstativa al cumplimiento, bastando que se malogren las legítimas aspiraciones de la contraparte. El artículo 336 CCom impone al adquirente que examina las mercancías en el momento de recibirlas la carga de formular una reclamación inmediatamente o en el plazo de cuatro días si las recibe enfardadas o embaladas. Se declara ha lugar al recurso de casación.
... 1101 CC en relación con el artículo 1124 del citado cuerpo legal ejercitando la acción de ... las disposiciones contenidas en el Código de Comercio, que establece la caducidad por el tra... centro y detrás; hace la demandante comentarios en orden a ese irregular procedimiento de carga, p...
☞ Sentencia Favorable a: Sociedad