Comentario de la sentencia del tribunal supremo de 11 de julio de 2018 (432/2018)
Autor | Mariano Yzquierdo Tolsada |
Cargo del Autor | Catedrático de Derecho civil. Director de la colección |
Páginas | 277-284 |
INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
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COMENTARIO DE LA SENTENCIA
DEL TRIBUNAL SUPREMO
DE 11 DE JULIO DE 2018 (432/2018)
Aplicación al contrato de mutuo o simple
préstamo de la facultad resolutoria
por incumplimiento del prestatario
Comentario a cargo de:
M Y T
Catedrático de Derecho civil
Universidad Complutense de Madrid
Consejero de Cuatrecasas
Roj: STS 2551/2018 - ECLI: ES:TS:2018:2551
Id Cendoj: 28079119912018100024
P: E. S. D M Á P L
Asunto: La Sentencia desestima un recurso de casación que
interpuso la prestataria condenada en instancia. La Audiencia Pro-
vincial había aplicado el artículo 1124 Cciv y declaró resuelto un
contrato de préstamo por incumplimiento grave. En el recurso de
casación se argumentaba que el préstamo, como contrato de natu-
raleza real y unilateral, no permite la aplicación del precepto. Pero
el Tribunal Supremo entiende que no sería aplicable si el prestatario
no asume otro compromiso que la devolución de la cosa, pero, si ade-
más de devolver el dinero, asume otros compromisos (pago de inte-
reses, construcción de una residencia ), la situación es diferente. En
el préstamo con interés coexisten dos prestaciones recíprocas y un in-
cumplimiento resolutorio permite instar la resolución del contrato.
Y además, si un préstamo devengue intereses es indicio suficien-
te de que el contrato se perfeccionó por el consentimiento, pues
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