art 10 3 lols

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    ... SENTENCIA. En el procedimiento 267/10 seguido por demanda de ASOCIACIÓN LABORAL DE TRAB... con lo dispuesto en el artículo 175, 3 del RDL 2/1995, de 7 de abril . . Segundo.- La Sa... de la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS) ( STS sala general 14-7-2006, rec. 196/2005 EDJ20...

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    TUTELA DE LIBERTAD SINDICAL. La jurisprudencia ha interpretado en este mismo sentido el art. 10. 3 de la LOLS, en las Sentencias citadas por la recurrida: La STS de 3-2-1999 dice: " la Sección Sindical recibe la misma información que es facilitada a los representantes unitarios de los trabajadores (Comité de Empresa), que es el derecho establecido por el art. 10.3.1 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical". Y, más ampliamente, la de 11-3-1999: " Lo que dispone este precepto es que los delegados sindicales, en el supuesto de que no formen parte del comité de empresa, tendrán "acceso a la misma información y documentación que la empresa ponga a disposición del comité de empresa, estando obligados los delegados sindicales a guardar sigilo profesional en aquellas materias en las que legalmente proceda". Lo que garantiza el precepto a los delegados sindicales es el acceso a la misma información y documentación que la empresa ponga a disposición del comité, de manera que si la entidad demandada, tal como ha quedado probado, facilita a la sección sindical la misma información que pone al alcance de los representantes unitarios, queda cumplida la regla citada anteriormente". En el mismo sentido, la anterior Sentencia de la Sala de este TSJ de 26-7-99. Se desestima la demanda. Se desestima el Recurso de Suplicación.

    ☞ Sentencia Favorable a: Demandado

  • ... lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de La Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto... 1.953,11 €/mes 2.193,96 €/mes 10 2.074,20 €/mes 2.337,27 €/mes ... la Empresa, de acuerdo con lo previsto en la LOLS (Ley Orgánica de Libertad Sindical). La Empresa d...

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    En coherencia con el contenido del derecho reconocido por el art. 28.1 C.E., la L.O.L.S. establece que la libertad sindical comprende el derecho a la actividad sindical [art. 2.1 d)] y, de otra parte, que las organizaciones sindicales en el ejercicio de la libertad sindical tienen derecho al ejercicio de la actividad sindical en la empresa o fuera de ella [art. 2.2 d)]. En los lugares de trabajo esta actividad viene concretada en el art. 8, del que conviene destacar lo siguiente: los trabajadores afiliados a un sindicato podrán celebrar reuniones, previa notificación al empresario, fuera de las horas de trabajo y sin perturbar la actividad normal de la empresa. En diversas ocasiones ha destacado este Tribunal el doble aspecto de las secciones sindicales -y también de los delegados sindicales-, como instancias organizativas internas del sindicato y como representaciones externas a las que la Ley confiere determinadas ventajas y prerrogativas, que suponen correlativamente cargas y costes para la empresa. Respecto del primer plano, la constitución de secciones, la elección o designación de representantes, portavoces o delegados y que éstos actúen en representación de los afiliados, es ejercicio de la libertad interna de autoorganización del sindicato y, en cuanto tal, la L.O.L.S. no lo prohíbe a ningún sindicato ni a ninguna sección sindical y no puede ser impedido ni coartado (SSTC 61/1989, 84/1989, 173/1992 y 292/1993). Forma parte del contenido esencial de la libertad sindical y de esta forma el sindicato puede estar presente en los lugares de trabajo y realizar allí sus funciones representativas (STC 173/1992) y ejercer aquellas actividades que permitan la defensa y protección de los propios trabajadores (STC 292/1993). El hecho de que determinadas secciones sindicales no puedan contar por imperativo legal con un delegado de los previstos en el art. 10 de la L.O.L.S. no impide en modo alguno el ejerci...

    ...10.3 de la L.O.L.S. Mediante comunicación de 5 de ener...

  • Las fuentes de regulación jurídica del descanso laboral: la constitucionalización del derecho al "descanso necesario" en la base del sistema. 2. Incorporación de las mujeres al mercado de trabajo y alteraciones organizativas: la repercusión en la ordenación jurídica del tiempo de trabajo y de los tiempos de descanso. 3. Clases de descanso: diario, semanal y anual. 3.1. El descanso diario. 3.2. El descanso semanal. 3.3. El descanso anual: las vacaciones. 4. Interrupciones no periódicas de la prestación de trabajo. 5. Las festividades laborales.

    ... parte del estatuto profesional del trabajador 10 . Constituye un período de tiempo que no admite n...9.2 y 10. 3 LOLS y art. 68, e) LET). c) El tiempo indispensable par...

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    FJ 2º En el caso, la demandante era trabajadora de la DPZ, con relación indefinida, según sentencia firme, y puesto de trabajo en el Hospital transferido en su integridad a la DGA mediante Decreto de ésta nº 128/2000, en cuyo Anexo de personal, no figuraba la actora. El cese acordado por la DPZ ha sido declarado despido improcedente en la sentencia de instancia, pronunciamiento no cuestionado en este recurso, al que la DGA, cesionaria del servicio indicado, únicamente trae la cuestión relativa a su responsabilidad en las consecuencias del despido que la sentencia le imputa con exclusividad, negándola, arguyendo en base a lo dispuesto en el citado art. 44 del ET, por tratarse de una relación laboral no vigente en el momento de la transferencia, y a la no inclusión de la traba...

    ... en la Provincia de Zaragoza de fecha 31-12-86, suscrito entre Diputación General de Arag..., de 16 de diciembre, del TS de 20-07-1999, 10 de Mayo de 1994 y 19 de Diciembre de 1997, así c...

    ☞ Sentencia Favorable a: Empresa

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    LIBERTAD SINDICAL. Establece, pues, la Ley Orgánica de Libertad Sindical un sistema de doble representación mediante el cual en las empresas con determinado número de trabajadores y con determinadas presencia sindical (afiliación), los sindicatos podrán constituir las secciones sindicales y tendrán derecho en función del número de trabajadores de la empresa a determinado número de delegados. Pero ello no significa, para el caso de que la empresa no alcance el número de trabajadores, o no exista la implantación sindical necesaria, que no pueda haber una autoorganización, secciones sindicales constituidas, con delegados internos, sin gozar de los derechos reconocidos en la LOLS, para los delegados sindicales como representaciones externas, que no sean miembros del Comité de Empresa, derechos de prestación que suponen cargas y costes. Se desestima la suplicación.

    ...Plaza de San Agustín N° 6. Tfno: 928-325006 Fax: 928-325036 Tipo de procedimiento: RECURSO DE ... sindical solicitó por escrito el 10 de Enero de 2002 horas sindicales a la empresa, si...

    ☞ Sentencia Favorable a: Demandado

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    LIBERTAD SINDICAL. TUTELA. En el caso que nos ocupa la norma convencional, sólo permite la extensión de la acción sindical pretendida a los centros de trabajo que tengan un número mínimo de trabajadores, que no se alcanzan en el presente supuesto, y, de otra parte, tampoco se ha evidenciada una actitud firme y decidida de la empresa de reconocimiento de derecho sindical litigioso. Se estima la casación.

    ... Ruti", siendo el resultado de la votación de 3 representantes de. CC OO y 2. repr... de la empresa Aramark de conformidad con la LOLS habían constituido la Sección Sindical de CC OO... art. 10 de la LOLS la Sección Sindical de CC. OO ...

    ☞ Sentencia Favorable a: Empresa

  • CONFLICTO COLECTIVO. Dado que no se cuestiona que existen tres Sindicatos de Comunidad Autónoma que ostentan la condición de más representativos a dicho concreto nivel autonómico y que necesariamente, por imperativo de lo establecido en el art. 7.1 LOLS y 87.4 ET, deben tener un puesto en el " banco social " de la Mesa de negociación, queda un puesto vacante o por cubrir que, debe asignarse en función de los referidos " restos " de mayor a menor, y que, por tanto, le corresponde el puesto vacante al sindicato UGT por acreditar el resto de representatividad más alto al acercarse más a la unidad que el resto que corresponde al sindicato ahora recurrente CGT; y al no cuestionarse en el presente caso que pudieran existir otros sindicatos, incluidos en la certificación administrativa bajo el concepto de "otros", que aun no habiendo alcanzando el mínimo para la adjudicación directa pudieran tener un "resto" superior al ostentando por UGT. Se desestima la casación.

    ...Tal certificado abarcaba hasta la fecha del 31 de Diciembre de 2009. Cuarto.- Según el sindicato... la LOLS , y que, sin embargo, no alcanzan el 10% de representación en el sector, les corresponde ...

    ☞ Sentencia Favorable a: Recurrido

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    CONFLICTO COLECTIVO. RETRIBUCIÓN A MIEMBROS DEL COMITÉ DE EMPRESA POR LAS HORAS DEDICADAS A LA NEGOCIACIÓN DE CONVENIO COLECTIVO. La indemnidad del crédito horario tiene lugar únicamente en los supuestos -como es aquí el caso- de que la negociación se lleve a cabo dentro del horario de trabajo. El derecho constitucional a la negociación colectiva no es exclusivo de los representantes sindicales, sino de los unitarios. Éste derecho se vería menoscabado para éstos últimos si tuvieran que soportar el peso de la negociación del convenio a costa de su propia retribución salarial. Si se mantuviera la exoneración a la empresa de la obligación de retribuir a los unitarios las horas empleadas en la negociación, se estaría lesionando indirectamente el derecho de los sindicales, que podrían quedar en posición desventajosa si, la empleadora siempre optara por elegir el banco social entre los unitarios, dada su falta de obligación de retribuir a éstos. En primera instancia se estima la demanda. Se desestima el recurso de suplicación. Se confirma la resolución de instancia. Costas a la empresa recurrente. Se desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina.Sin costas.

    ...Sentencia dictada el día 3 de Diciembre de 2004 por la Sala de lo Social del ...(folio 106). ..4º.- Durante el año 2002 la empresa y el Com....2 de la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS). . Como resolución referencial aporta la recur...

    ☞ Sentencia Favorable a: Trabajador



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