El Servicio de Atención a la Víctima

AutorConcepcion Nieto-Morales, Mª. Elena Nieto-Cabrera
Páginas243-249
EL SERVICIO DE ATENCIÓN A LA VICTIMA
Concepción Nieto-Morales44
Mª. Elena Nieto-Cabrera45
RESUMEN
Existen victimas sociales y víctimas de delitos, aunque solo son reconocidas las víctimas de
delitos e históricamente hayan pasado por diferentes fases de reconocimiento.
La legislación internacional ha ido tomando fuerza de forma amplia, obligando a las
legislaciones nacionales a legislar. Se deja de poner exclusivamente el acento en la
criminalización de conductas delictiva y se comienza a reconocer la situación de las víctimas
de dichas conductas.
En España se comenzó a reconocer legislativamente a las víctimas de delitos en la Ley
35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y
contra la libertad sexual, continuo con Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima
del delito, y el Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley
4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, y se regulan las Oficinas de
Asistencia a las Víctimas del Delito.
INTRODUCCIÓN
Las víctimas han sido y siguen siendo a pesar de todo las grandes olvidadas, aunque las
personas víctimas de delitos estén algo más reconocidas que las victimas sociales.
Si el estudio de la Criminología es la explicación, medición, control y la prevención del delito,
la victimología, se dedica al estudio de la víctima, sus características y la relacion con el
delincuente, además de analizar los factores que inducen a que la persona sea víctima.
La figura de la víctima se encuentra marcada por las diversas fases en la evolución histórica
con gran protagonismo comunitario del estado y la laxitud de derechos personales e
individuales; cuestión reciente a lo largo del S. XX, como muestra las guerras mundiales, el
44 Dra. Sociología. Trabajadora Socia. Pfra. Departamento de Trabajo Social
45 Grado en RRLL
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