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racionalidad.
Juicio que se amolda y adecua a la razón.
rama de actividad.
Se reere al conjunto de elementos patrimonia-
les en una compañía con suciente solvencia para
constituir una rama propia de actividad, funcio-
nando si fuese preciso independientemente.
raspaduras en instrumento público.
Determina el art. 152 RNE que las adiciones,
apostillas, entrerrenglonaduras, raspaduras y tes-
tados existentes en un instrumento público se
salvarán, al nal de éste, antes de la rma de los
que lo suscriban (Vid. art. 26 LN).
raticación.
Aunque en sentido amplio se identica con
la conrmación de un contrato, en sentido res-
tringido, que suele ser el habitual aquí, se opone
precisamente a la conrmación y aunque el efecto
último sea el mismo en ambas guras. La ratica-
ción, en este sentido, es la subsanación de la falta
de autorización representativa o de la extralimi-
tación de poder en que incurrió el representante.
Se diría que es como la concesión de un manda-
to a posteriori.
En derecho civil, acto jurídico unilateral por
el cual una persona toma a su cargo, tanto en lo
concerniente a los derechos como a las obligacio-
nes, una operación jurídica hecha en su nombre
y para ella por alguien a quien no había confe-
rido poder; por ejemplo, en caso de gestión de
negocios, o de mandato o acto cumplido por el
mandatario más allá de los límites de sus poderes,
o de estipulación por otro (capitant).
En sentido expuesto es sinónimo de conrma-
ción (art. 558 CCB).
ratio.
Proporción.
reactiviación de sociedad.
Posibilidad que permite la legislación mercan-
til de que una sociedad que se encentre en fase de
liquidación reanude su actividad.
readmisión.
Condena que impone la jurisdicción laboral
a un empresario, cuando se trata de un despido
improcedente y así es declarado por la sentencia
correspondiente, teniendo que readmitirle.
reagrupación familiar.
Derecho que asiste a todos los migrantes a
mantener y conservar su unidad familiar, per-
mitiendo la ley de extranjería la reagrupación de
determinados parientes próximos.
real decreto.
Disposición aprobada por el Consejo de Mi-
nistros o del presidente de Gobierno, al amparo
de su potestad reglamentaria.
realojo.
Derecho del titular de una vivienda expropia-
da a ser realojado en otro lugar conveniente, en
venta o alquiler.
rebeldía.
Situación en que se declara judicialmente al de-
mandado, ante su total y voluntaria inactividad
en el proceso, sin que ello signique allanamiento
ni aceptación de los hechos objeto de la deman-
da.
rebus sic stantibus.
Importante principio del derecho romano que
signica: `estando así las cosas`. Ello supone que
la obligación asumida o el pacto convenido, pue-
de sufrir modicación si se alteran notablemente
las circunstancias que se tuvieron presentes en el
momento de su constitución.
recargo.
Obligación tributaria accesoria a la principal.
reclamación.
Queja, solicitud, recurso.
reconciliación.
Arreglo de discrepantes.
reconciliación de los cónyuges.
Es el acto a través del cual se pone n a la situa-
ción de separación conyugal existente y en la que
maniestan libremente su voluntad de reanudar
la convivencia, reactivando los efectos de su ma-
trimonio entre las partes.

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