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quae non sunt permissa prohibita intelliguntur.
Frase latina que signica ´lo que no está permi-
tido se considera prohibido`.
quebrantamiento.
Acción de traspasar o incumplir una ley, una
obligación o un compromiso.
quebrantamiento de forma.
Incumplimiento de los requisitos formales de
un proceso.
queja.
Reclamación, muestra de protesta o disconfor-
midad con una actuación o proceder.
(ver recursos)
querella.
Acto que interpone una persona dirigido a
un órgano judicial con el n de poner en su co-
nocimiento la presunta comisión de un delito,
ejercitando una acción penal.
querella catalana.
Es la que se interpone con el único n de para-
lizar o ralentizar otro procedimiento judicial. A
veces, con la única pretensión de intimidar a la
otra parte.
querella por coacciones a notarios.
El notario requerido para ejercer su ministerio,
a quien se impida o diculte el libre ejercicio de
sus funciones con injurias, amenazas o cualquier
forma de coacción, lo hará constar, a los efectos
de lo dispuesto en el CPE, por medio de acta, que
rmarán él mismo y los testigos concurrentes y,
en su caso, la persona o personas que se presten
a suscribirla, de cuyo documento se sacarán tres
copias que, dentro de las veinticuatro horas si-
guientes, serán remitidas al Juez de Instrucción,
al Presidente del Tribunal Superior de Justicia y a
la Junta Directiva del Colegio Notarial. Esta ten-
drá legitimación para ejercitar las acciones civiles
y criminales que estime convenientes, incluso
para interponer la querella en nombre propio y
en el del notario (art. 61 RNE).
quiebra.
Procedimiento judicial colectivo que busca sa-
tisfacer a los acreedores, liquidando los bienes del
deudor.
quinto turno.
Turno existente en España, a través del cual se
puede ingresar en la carrera judicial, como ma-
gistrado del Tribunal Supremo, siendo abogado
u otro jurista de prestigio y reconocida compe-
tencia.
quórum.
Número de personas necesario para que un
organismo o entidad deliberante adopte válida-
mente determinados asuntos.
quórum reforzado.
En las sociedades de capital, en ocasiones se
exige un número reforzado o superior a la ma-
yoría simple para la adopción de ciertos asuntos.
Quiroga, Isaura del Carmen.
Fue la primera notaria Argentina y en el mun-
do. Nació el 19 de octubre de 1865 en Achiras,
Córdoba, hija de Fructuoso Sarandon, quien no
le dio su apellido pero se preocupó por su edu-
cación. Al fallecer prematuramente su madre,
Isaura es enviada a San Luis donde completa sus
estudios. Quería ser notaria y para ello solicitó al
Superior Tribunal de Justicia de esa ciudad se le
extendieran los documentos que acreditaran el
título, previo examen de aptitud que debía ren-
dirse de acuerdo a los cánones existentes en la
época, obtuvo el título de escribana el 10 de sep-
tiembre de 1896 y lo ejerció en plenitud.

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