Artículos doctrinales sobre Derecho foral de Galicia
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Artículos 126 y 127
I. Las causas de extinción del usufructo voluntario de viudedad. Introducción.-II. El fallecimiento del viudo usufructuario.-III. El nuevo matrimonio del usufructuario.-IV. Incumplimiento de las cargas impuestas por el causante.- V. Incumplimiento grave y reiterado de los deberes familiares.-VI. Otras posibles causas de extinción.
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Artículo 30
Sumario: I. Serventía y servidumbre de paso.-II. Reconocimiento jurisprudencial de la serventía como institución consuetudinaria.
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Artículo 65
Sumario: I. Sucesión del contrato de aparcería.
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Artículo 82
Sumario: I. Duración del contrato de aparcería pecuaria.
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Artículo 86
Sumario: I. Garantías de los derechos del ponedor.
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Artículo 90
Sumario: I. Concepto y duración de la aparcería de nuevas plantaciones.
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Artículo 22
Artículo 22 Si no hubiese pacto o normas específicas de concentración parcelaria, el uso regirá el aprovechamiento y, en general, las relaciones jurídicas de los propietarios de las fincas que integren el agra o vilar.
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Artículo 45
Sumario: I. Planteamiento general.-II. Régimen de las obligaciones de las partes.
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Artículo 62
Sumario: I. Prórroga del contrato de aparcería.
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Artículo 71
Sumario: I. Valor y alcance de la regulación de la aparcería de lugar acasarado.- II. Concepto: elementos reales y personales.
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Artículo 79
Sumario: I. Objeto y forma del contrato de aparcería pecuaria.
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Artículo 83
Sumario: I. Obligación del cedente de entregar los animales.
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Artículo 87
Sumario: I. Enajenación de los animales de la aparcería.
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Artículo 91
Sumario: I. Obligaciones del aparcero.
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Artículo 23
Artículo 23 El propietario o persona que utilice el agra, en su nombre o por título distinto, y use la parcela o parcelas sin respetar los usos, indemnizará por los daños y perjuicios ocasionados.
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Artículo 32
Artículo 32 El ejercicio de paso para la realización de las faenas agrícolas en fincas o parcelas dentro del agra o vilar se practicará del modo y de la forma que se derivase de la costumbre del cultivo a la misma mano u hoja, arró, cómaro o ribazo. Quienes cambiasen el cultivo respecto a la generalidad no podrán realizar, en tanto estuviesen pendientes las cosechas, otro paso que el de a...
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Artículo 67
Sumario: I. Derechos y obligaciones tendentes a garantizar la continuidad en los cultivos y en las explotaciones.
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Artículo 80
Sumario: I. Garantías de los derechos del mantenedor.
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Artículo 88
Sumario: I. Actos prohibidos al mantenedor.
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Artículo 93
Sumario: I. Derechos del aparcero.
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Artículo 92
I. Obligaciones del cedente.
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Artículo 24
Artículo 24 Ningún propietario o persona que a título distinto utilice la finca o fincas del agra vendrá obligado a pagar mejoras, nuevos servicios o instalaciones, pero no podrá aprovecharlas sin antes pagar lo que corresponda a su finca o fincas.
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Artículo 56
Sumario: I. El arriendo de explotación ganadera o forestal.-II. Régimen de los arrendamientos.
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Artículo 85
Sumario: I. Derechos del mantenedor.
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Artículo 89
Sumario: I. Modalidades de la aparcería forestal.