-
...f) La pensión que, conforme al artículo 97, correspondiere sati... o aumentarán proporcionalmente según el aumento o disminución que sufran las necesidades del alim... y renunciarse las pensiones alimenticias atrasadas, y transmitirse a título oneroso o grat...
-
DIVORCIO. PENSION ALIMENTICIA. La pretensión de la recurrente, consistente en que se proceda al aumento de la pensión de alimentos de Teodora, hasta la suma de 559 euros mensuales, deviene improcedente por distar de la ponderada decisión jurisdiccional adoptada en materia alimenticia en la sentencia apelada, que ha observado los parámetros de los artículos 264 y 267 del Código de Familia de Cataluña. En primera instancia se estima parcialmente la demanda. Se desestima la apelación.
☞ Sentencia Favorable a: Alimentista
-
La pensión compensatoria o derecho a una compensación representa una de las medidas patrimoniales a adoptar ante situaciones de crisis matrimonial como la separación o el divorcio, y frente a otras como la pensión de alimentos y la atribución del uso de la vivienda, que dan lugar también a una importante casuística, y donde, igualmente, la autonomía de la voluntad tiene especial operatividad, es una de las que más controversia genera. Además de establecerse en convenio regulador homologado judicialmente, se puede sustanciar en procesos contenciosos en constante aumento en la actualidad. Tras la reforma operada por la Ley 15/2005, de 8 de julio, se posibilita su determinación a través de me...
... sustanciado en torno a su naturaleza: alimenticia 15 , asistencial, reparadora 16 , indemnizatoria...
-
DIVORCIO. Se concluye la ausencia de material probatorio alguno que permita acordar de forma distinta a la que supone mantener lo acordado en la sentencia convenida de separación porque 1) la única prueba practicada es la que resulta del interrogatorio de ambas partes al acto del juicio, la del actor a instancias de la demandada y la de ésta a instancia del Ministerio Fiscal. 2) no existe en autos dato alguno relativo al aumento de las necesidades de los hijos que permita valorar el aumento de las necesidades de éstos y de la mayor capacidad económica del actor, lo que supone la desestimación de su pretensión de proceder al aumento de la pensión alimenticia 3)) tampoco existía en autos documento alguno relativo a la situación de desempleo del actor, pero la admisión de prueba en esta alzada ha permitido conocer su vida laboral, de la que se desprende que si bien es cierto que al tiempo de la demanda se encontraba desempleado, fue en el acto del juicio cuando pasó a una situación de desempleo, pero tal y como refleja esa misma hoja histórico laboral, la situación actual del progenitor es la alta, 4) no existe en autos documento alguno que permita concluir que la hija mayor se encuentra en situación de independencia económica pese a los reconocidos trabajos esporádicos que realiza, por no haberse aportado documental alguna. Se estima parcialmente la apelación.
☞ Sentencia Favorable a: Demandado, Demandante
-
PENSIÓN COMPENSATORIA DE CARÁCTER TEMPORAL. DESEQUILIBRIO ECONÓMICO. Se reclama contra la sentencia que estimó parcialmente los recursos formulados por ambos litigantes, y por lo que respecta a la pensión compensatoria fijó un límite temporal de quince años para su percepción, y por lo que respecta a la atribución del uso de la vivienda, se la adjudicó al marido, a cuyo cargo quedaban los hijos. Si la AP decidió fijar a la pensión compensatoria un plazo sensiblemente superior al que suele ser habitual en situaciones similares fue únicamente tras valorar el prolongado tiempo de convivencia, durante el cual la esposa estuvo apartada del mercado de trabajo y dependía de su marido, así como su edad al tiempo de la ruptura y su escasa preparación profesional, factores todos ellos, contenidos en las circunstancias del artículo 97 CC, que si, en conjunto, ya le sirvieron para justificar la existencia de desequilibrio y procedencia de la pensión en la cuantía fijada, en buena lógica, no puede afirmarse que no fueran tomados también en consideración a la hora de valorar como notable el desequilibrio que debía ser superado y, consecuentemente, a la hora cifrar en quince años el tiempo que habría de necesitar para poder subvenir por sí misma sus necesidades, de modo que la función de restablecer el equilibrio, consustancial a la pensión compensatoria, se agotara transcurrido dicho plazo. La decisión de los hijos mayores de convivir con el padre no debió considerarse factor determinante a la hora de privar a la esposa de su derecho a usar el domicilio familiar, una vez acreditado y no discutido que las circunstancias en ella concurrentes lo hacían aconsejable por ser su interés el más necesitado de protección. Se hace lugar en parte al recurso de casación.
... porque, siendo acreedores de pensión alimenticia para atender sus necesidades de vivienda y manuten... duración del vínculo matrimonial y cuyo aumento solo tendría razón de ser de concebirse la pensi...
-
RECURSO DE APELACIÓN. PENSIÓN ALIMENTICIA. AUMENTO. Para el aumento de la pensión alimenticia, es necesario que el interesado pruebe la mayor capacidad económica del alimentante. Se desestima el recurso.
☞ Sentencia Favorable a: Recurrido
-
... Requisitos de las pensiones SUSECCIÓN 4ª. Requis... (alojamiento y, en su caso, pensión alimenticia y teléfono) de los servicios extraordinarios, los...
-
RECURSO DE APELACIÓN. PENSIÓN ALIMENTICIA. AUMENTO. Para el aumento de la pensión alimenticia, es necesario que el interesado pruebe la mayor capacidad económica del alimentante. Se desestima el recurso.
☞ Sentencia Favorable a: Padre
-
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Se establece que en concepto de alimentos para la esposa e hijos del matrimonio, el recurrente se compromete a entregar como contribución a las cargas del matrimonio, la cantidad de 115.000 Ptas, y que dicha cantidad será revisada cada año, experimentando automáticamente un aumento en proporción a lo que haya efectuado el Indice de Precios al consumo, con un máximo del 5 %, y que la pensión alimenticia convenida lo será en el sentido más amplio de la palabra, y que ha sido fijada teniendoen cuenta el actual estado de fortuna de ambos cónyuges, por lo que si ésta disminuyera podrá reducirse la pensión... y que será reducida a la mitad en caso de fallecer el hijo del matrimonio. Se estima el contencioso administrativo.
☞ Sentencia Favorable a: Recurrente
-
PENSION ALIMENTICIA. Y por lo que respecta al aumento de pensión alimenticia que solicita la esposa, se solicita un aumento de 83 , por haberse fijado dicho monto en el auto de medidas provisionales y porque la esposa percibe menores ingresos que el demandado. Pues bien, de la prueba practicada se desprende que el padre tiene unos superiores a la esposa, si bien debido a que esta trabaja a media jornada. La sentencia fija los 240 en el hecho de que las dos partes admitieron que el padre había venido satisfaciendo dicha suma desde la ruptura de la convivencia, por lo que, no habiéndose acreditado nada en el recurso, distinto de lo que seprobo en la instancia, no se estima justificado el aumento solicitado, y ello máxime cuando la menor únicamente tiene como gastos los propiamente escolares. En primera instancia se estima la demanda. Se estima la apelación.
☞ Sentencia Favorable a: Pensionista