El smart contract como negocio jurídico

AutorElena Cristina Tudor
Cargo del AutorIlustre Colegio de Abogados de Valladolid Profesora de la Universidad de Valladolid Departamento de Derecho Mercantil, Trabajo e Internacional Privado
Páginas224-242
224
CAPÍTULO 10
EL SMART CONTRACT COMO NEGOCIO JURÍDICO
ELENA CRISTINA TUDOR
Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid
Profesora de la Universidad de Valladolid
Departamento de Derecho Mercantil, Trabajo e Internacional Privado
1. EL CONCEPTO DE SMART CONTRACT COMO NEGOCIO
JURÍDICO
El concepto de smart contract puede definirse de muchas formas, aten-
diéndose a las diferentes perspectivas de análisis que caben utilizarse
en el caso de estos contratos (mercantil, civil, administrativa, informá-
tica, matemática, etc.). Desde una perspectiva jurídica, visto este con-
trato como un negocio jurídico, se podría definir el mismo como un
conjunto de obligaciones o promesas al que se obligan las partes em-
pleando para ello un formato digital, con inclusión de protocolos que
facilitan después de la firma del contrato su ejecución. Una ejecución
que va a ser automática e irrevocable ya que no resulta posible dete-
nerse posteriormente la misma (Szabo, 1996, p. 6). El mismo autor
ofrece como término de comparación el ejemplo de una máquina ex-
pendedora que, de forma automática, y sin necesidad de intervención
humana, puede ejecutar la prestación de entregar al comprador, previa
inserción de una moneda, el producto solicitado. Se trata de un conjunto
de obligaciones con naturaleza contractual o extracontractual que ad-
quieren un formato digital a través del software que las transforma en
códigos. Unos códigos que, dentro de lo que es la ejecución del con-
trato, se convierten en la “la ley que va a regir toda esta ejecución au-
tomatizada” (Ríos López, 2021, p. 10).
No obstante, ha de distinguirse entre dos categorías de smart contracts:
aquellos carentes de valor jurídico, que son básicamente secuencias de
códigos y datos que se almacenan en una concreta dirección de una
225
cadena de bloques y aquellos contratos legales denominados inteligen-
tes, que son contratos celebrados electrónicamente por las partes, en
cuyo formato aparecen obligatoriamente la interfaz de usuario de la
aplicación externa y uno o varios programas ejecutables o smart con-
tracts residentes en una cadena de bloques con capacidad para interac-
tuar recíprocamente y con dicha interfaz (Tur Faúndez, 2018, pp. 139-
141). A esta segunda categoría nos vamos a limitar a continuación.
Se trata de una clase de contratos que se ha hecho realidad con el naci-
miento de Ethereum. El smart contract se ha concebido como una co-
lección de códigos (sus fuentes) y datos (su estado) que residía en una
dirección específica en la cadena de bloques Ethereum. Varios autores
españoles se han pronunciado sobre estos contratos catalogándolos
como contratos digitales, inteligentes o protocolos informáticos que fa-
cilitan, verifican y hace cumplir la negociación de un contrato sin ne-
cesidad de tener una cláusula contractual (Puyol, 2016, pp. 2-4). La ma-
yoría de los artículos que abordan el tema precisan que los smart con-
tracts son contratos que se ejecutan por sí mismos, de forma automati-
zada y autónoma respecto de las partes (Prenafeta Rodríguez, 2016, pp.
2-3). No obstante, tales afirmaciones no fueron consideradas muy acer-
tadas (Tur Faúndez, 2018, p. 54). También se ha afirmado que los smart
contracts pueden considerarse básicamente como software, debido a
que los términos del contrato se expresan en código informático, como
se de un script se tratara (Morell Ramos, 2016, p. 1). A modo de ejem-
plo, hoy, la biblioteca API -Web  JavaScript app API- permite desa-
rrollarse aplicaciones web perfectamente accesibles para cualquier ciu-
dadano medio y en la parte no visible de estas aplicaciones siempre
vamos a tener un smart contract que se ejecuta de forma automatizata.
No obstante, no cualquiera de estas aplicaciones puede catalogarse ju-
rídicamente como smart contract. El concepto jurídico alcanza a los
mecanismos de interacción establecidos por los desarrolladores de la
interfaz a través de los cuales el usuario recibe y envía información. Y
son estos mecanismos los que tienen que cumplir determinados requi-
sitos legales para que, jurídicamente hablando, se esté ante un contrato
válido. El análisis de tales requisitos implica acudirse a lo dispuesto en
el Código civil y demás normativa de aplicación general a los contratos,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR