Infracciones muy graves en materia de extranjería

AutorvLex

Los supuestos que constituyen infracciones muy graves en materia de extranjería se encuentran recogidos en el art. 54 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (LODLEE) .

Contenido
  • 1 Tipificación de las infracciones muy graves en materia de extranjería
  • 2 Ver también
  • 3 Recursos adicionales
    • 3.1 En doctrina
    • 3.2 En dosieres legislativos
  • 4 Legislación básica
  • 5 Legislación citada
  • 6 Jurisprudencia citada
Tipificación de las infracciones muy graves en materia de extranjería

Se entiende por infracciones muy graves a los efectos de la LODLEE las siguientes:

  • Inducir, promover, favorecer o facilitar con ánimo de lucro, individualmente o formando parte de una organización, la inmigración clandestina de personas en tránsito o con destino al territorio español o su permanencia en el mismo, siempre que el hecho no constituya delito. Obsérvese lo estipulado por la SAN de 11 de abril de 2000 (Recurso núm. 734/1999) [j 1], en la que se analiza la posibilidad de surtir efectos de los informes policiales que no concluyeron en una actividad penal y señala:
En el presente caso, de los datos que figuran en el expediente administrativo resulta que según Informe Policial de fecha 18 febrero 1996 el solicitante figuró reseñado en Bilbao el 26 noviembre 1985 por falsedad, en 28 agosto 1986 por amenazas y 18 marzo 1987 por Hurto y en Portugalete en 8 y 9 julio 1987 por Estafa y Daños, diligencias todas que fueron remitidas al respectivo Juzgado de Guardia, sin que conste sustanciación procesal posterior y menos condena penal como la evidencia el Certificado de Antecedentes Penales aportado; reseñas que tanto por su inoperancia posterior como por la antigüedad de su práctica no pueden contradecir una evidente conducta de integración en la sociedad española, no sólo por la dilatada residencia sino por el matrimonio contraído, la adopción final realizada y la actividad laboral del recurrente como empresario individual en el sector de la construcción, pues el expediente se inició en 21 junio 1993 y concluye por la resolución recurrida en 11 noviembre 1996. Comportamientos que integrados adecuadamente manifiestan una conducta que junto a los demás requisitos que se consideran concurrentes y cumplidos, determinan la concesión de la nacionalidad española solicitada y al no reconocerlo así la resolución recurrida ha de estimarse contraria al ordenamiento jurídico, procediendo su anulación, con estimación del presente recurso.

Por su parte, la STS nº 1145/2003, de 11 septiembre [j 2] señala:

El hecho probado lo que refiere es que el acusado mediante el artificio de crear una empresa en realidad inexistente, con datos de identificación y teléfonos de contacto correspondientes a otras personas y empresas, simula una contratación futura. Pero el relato fáctico, parco en la descripción, no refiere ningún acto favorecedor de la emigración pues no se hace constar la situación de los potenciales trabajadores, si ya en España, o en su país de origen, elemento que no obra en el hecho probado y que es determinante de la conducta típica.

Asimismo, la STS nº 1045/2003, de 18 julio [j 3] indica:

El bien jurídico protegido está constituido por un conjunto de intereses concretos referidos a la indemnidad de la propia relación laboral, mediante la sanción de aquellas conductas de explotación que atenten contra los derechos laborales de los trabajadores, incluyendo a todos aquellos que presten servicios remunerados por cuenta ajena, concepto en el que deben incluirse las mujeres que ejercen la prostitución por cuenta y encargo de otro. Así lo tiene dicho esta Sala en diversas sentencias (véase, por todas, la núm. 995 de 30 junio 2000 [j 4]).
  • La realización de conductas de discriminación por motivos raciales, étnicos, nacionales o religiosos, en los términos previstos en el art. 23 LODLEE , siempre que el hecho no constituya delito.

En relación con este precepto puede analizarse lo ya previsto en la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de Julio, sobre derechos y Libertades de los Extranjeros en españa (derogada por la LODLEE ) plasmada, entre otras, en la STS, Contencioso-Administrativo, Sección 6ª, de 4 mayo 1992, Recurso 7691/1990 [j 5], en la que se afirma:

La Administración no afirma ni justifica que el trabajo de las súbditas extranjeras en el establecimiento de don Ignacio L. B. fuese por tiempo superior a noventa días. Lo expuesto conduce a la conclusión de que el motivo por el que se sancionó con multa de 250.000 pesetas al mencionado don Ignacio L. es el hecho de emplear a trabajadores extranjeros en su establecimiento sin exigirles el preceptivo permiso de trabajo. La resolución del recurso de alzada por la Dirección General de Política Interior así lo manifiesta, como ha quedado expuesto en el anterior fundamento de derecho. Pues bien, ocurre que el empresario que emplea a trabajadores extranjeros que no hayan obtenido el permiso de trabajo incurría en la infracción que, en el momento en que se produjeron los hechos ahora examinados, se tipificaba en el art. 28.1 de la Ley Orgánica 7/1985 , que dispone lo siguiente: “Los empresarios que utilicen trabajadores extranjeros sin haber obtenido con carácter previo el correspondiente permiso de trabajo, incurrirán en una infracción por cada uno de los trabajadores extranjeros que hayan ocupado”, añadiendo que las infracciones se sancionarán conforme establece el art. 57 del Estatuto de los Trabajadores , que atribuía la competencia en la materia a las autoridades laborales y no a los Gobiernos Civiles. Actualmente esta específica infracción se encuentra tipificada en el art. 35 de la Ley 8/1988, de 7 abril, sobre Infracciones y Sanciones en Materia Laboral y de Seguridad Social , sin que ello afecte al caso debatido, habida cuenta de la fecha en que se produjeron los hechos enjuiciados. Todo ello conduce a la conclusión de que la conducta reprochada a don Ignacio L. B., que consiste en utilizar trabajadoras extranjeras sin permiso de trabajo, tenía en el momento en que fue realizada su tipificación específica en el art. 28.1 de la Ley Orgánica 7/1985 , y debió ser entonces sancionada...

Para continuar leyendo

Comienza Gratis

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex

Desbloquea el acceso completo con una prueba gratuita de 7 días

Transforma tu forma de trabajar con vLex y Vincent

  • Accede a una plataforma jurídica todo en uno, diseñada para abogados que buscan ir un paso por delante.

  • Consulta jurisprudencia, formularios, legislación, prácticos y doctrina de España y más de 100 jurisdicciones en una sola búsqueda.

  • Ahorra tiempo con IA jurídica avanzada: Vincent AI analiza documentos, resume casos y responde tus consultas en lenguaje natural con citas verificadas.

  • Encuentra exactamente lo que necesitas gracias a potentes filtros y funciones de búsqueda inteligente.

  • Actualización constante y fuentes oficiales, para trabajar siempre con información verificada y segura.

  • Utilizada por los principales despachos, instituciones públicas y universidades de referencia.

vLex