De las Escuelas Sociales a la Diplomatura de Relaciones Laborales

AutorMaria Jesús Espuny Tomás
Cargo del AutorProfesora Titular de Historia del Derecho y de las Instituciones - Coordinadora de la Diplomatura de Relaciones Laborales
Páginas22-36

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La força universitària garanteix la projecció personal 1

El curso 1993-1994 se inició en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Barcelona una nueva titulación, la Diplomatura de Relaciones Laborales que tenía su precedente en los estudios de Graduado Social a los que sustituía. Las tradicionales Jornadas organizadas por la Diplomatura de Relaciones Laborales celebraron en el curso 2008-2009 su novena edición, según lo habitual, durante la última semana del mes de noviembre. Se dedicaron a valorar los cambios legislativos producidos en todos los ámbitos del Derecho tomando como motivo de reflexión los quince años de vida y de progresión académica de la titulación.

La historia nos justifica la pervivencia de unos estudios que se han ido transformando desde las primeras Escuelas Sociales en función de las necesidades de la sociedad, la influencia de Europa o la construcción del sistema democrático de relaciones laborales en un marco de libertades. El Grado de Relaciones Laborales que se iniciará el curso 2009-2010 supone la consolidación de unos estudios que se propusieron en 1919 y que se transforman ahora en el marco del EEES2.

1. El Instituto de Reformas Sociales en los orígenes de los estudios

El Instituto de Reformas Sociales se reorganiza por Real Decreto de 14 de octubre de 1919 creando una Sección de Cultura. Entre las funciones de la Sección de Cultura y Acción Social destacan la organización de cursos, lecciones, conferencias, publicaciones, las luchas contra las enfermedades sociales y su profilaxis, la reeducación de los inválidos (del trabajo) y la redacción del Boletín del Instituto de Reformas Sociales3.

La creación del Ministerio de Trabajo da lugar a una nueva organización de los servicios y dependencias de la Sección de Cultura social que tendría a su cargo: el Servicio Bibliográfico del Ministerio, el archivo de estudios sociales y de Industria y Comercio y la organización de cursos, conferencias, etc. para el fomento de la cultura popular sobre materias económicas y sociales tal como aparecen en el Real Decreto de 9 de junio de 19244.

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2. El primer organismo de estudios sociales: la Escuela Social

La Escuela Social se crea en el Ministerio de Trabajo, Comercio e Industria por Real Decreto Ley de 17 de agosto de 1925 en cuyo preámbulo aparecen las disciplinas básicas que serán objeto de estudio:

“Toda la enseñanza (...) le incumbe a la Sección de Cultura social del Ministerio de Trabajo, Comercio e Industria, que trata precisamente de aquellas materias en que por la diferencia entre las clases, las luchas del capital y del trabajo y las exigencias a la vez creadoras y demoledoras de la Economía novísima, son más graves y penetrantes las escisiones y los conflictos entre los intereses en un sano organismo social comunes” 5 .

Dependería de la Sección de Cultura Social del Ministerio de Trabajo, Comercio e Industria. La dirección de la Escuela estaría a cargo del Jefe de Sección6.

La organización de la enseñanza social (Art. 14) comprendía:

  1. Las conferencias de vulgarización para el público en general,

  2. Los cursillos y excursiones para funcionarios públicos en la materia social.

  3. Los cursos de preparación para los empleados que hayan de destinarse a estas materias en la Administración.

  4. Los cursos para los particulares que quieran dedicar su actividad a la organización de Sindicatos, Cooperativas, Mutualidades, Obras de Asistencia, Fundaciones, Oficinas de colocación, Seguros Sociales, Universidades Populares, Institutos Patronales, etc. Para dar mayor unidad a estas enseñanzas, la Escuela Social se organizaba en estudios regulares de tres años. Las enseñanzas habían de ser objetivas e informativas y se prohibía cualquier propaganda de doctrina o de partido (Art. 17).

Durante el primer año se impartían las siguientes materias: Orientaciones generales sobre política social, legislación y economía, con especial insistencia en los sistemas, métodos, escuelas, historia de los problemas e información de realidades sobre su estado actual. En estas lecciones se prestaba mucha atención a la Geografía humana y a la Tecnología.

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En el segundo año las asignaturas se dirigían a una especialización y práctica de las instituciones relativas a la emancipación legal de los trabajadores y de las instituciones de previsión y de Seguros Sociales. Se indica en el Artículo 15 que “los trabajos prácticos de especialización serán de seminario y se pondrán a disposición de los alumnos fuentes, estadísticas, gráficos, reglamentos, estatutos, cuadros, conclusiones de los Congresos y toda la documentación adecuada de que se disponga, cuando no el estudio en vivo de las mismas Instituciones”.

En el tercero y último curso se realizaban estudios concretísimos y monográficos, así teóricos como prácticos conducentes a que los alumnos puedan redactar un trabajo de información, objeto de su especialidad. Se añadían además las enseñanzas instrumentales (Art. 16): idioma francés, inglés o alemán, mecanografía y taquigrafía.

La edad mínima del alumnado era de dieciséis años y debía tener cursada la enseñanza primaria. El precio de la matrícula era de 25 pesetas. Una vez cursado con aprovechamiento los tres años la obtención del certificado de estudios era de 50 pesetas.

El certificado de estudios del Ministerio de Trabajo, Comercio e Industria, así como la asistencia a las conferencias de divulgación y perfeccionamiento, se estimaban como méritos que se tendrían en cuenta para la promoción de los funcionarios del Ministerio a determinados cargos (Artículo 25).

3. La Escuela Social de Barcelona

La Organización Corporativa Nacional, implantada en España por el Decreto Ley de 26 de noviembre de 1926, acrece la necesidad de extender la cultura y los estudios sociales: las funciones que se iban a asignar a patronos y obreros en la ordenación obligatoria de trabajo eran más delicadas e importantes o porque los nuevos organismos creados iban a necesitar de un personal burocrático convenientemente preparado. El mismo Decreto Ley, en su texto primitivo, ya preveía en sus artículos 21 y 23 la posibilidad de que los organismos paritarios estableciesen enseñanzas de orden profesional y realizasen y publicasen estudios de carácter social, con el control de las Delegaciones de Trabajo7.

Al amparo de estos artículos se crea por Real Orden de 7 de enero de 1928 la Comisión Mixta de Publicaciones de los Organismos Paritarios de Cataluña que inmediatamente establece unos Estudios de Derecho Corporativo que serán el germen de la Escuela Social de Barcelona que se crea por la misma Comisión.

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Los Estatutos presentados a instancias de la Comisión Mixta de Publicaciones de los Organismos Paritarios de Cataluña fueron aprobados por Real Orden de 26 de febrero de 1929. La Escuela Social de Barcelona estaba subordinada al Consejo de Cultura Social del Ministerio de Trabajo8.

Por Real Decreto Ley de 8 de marzo de 1929 se publicó el texto refundido del Decreto de Organización Corporativa Nacional. El capítulo XV se dedicó a las Comisiones mixtas de Publicaciones que serían las encargadas de la labor de cultura y de publicidad de los organismos paritarios y con derecho a percibir una cuota del 8 por 100 del presupuesto total de las entidades paritarias de su respectiva zona, cantidad que sería fijada por el Ministerio de Trabajo y Previsión9.

4. Planes de estudios y características
4.1. Del Plan de estudios de 1929 al Plan de Estudios de 1932

El plan de estudios de 1929 se componía de tres cursos regulares y una especialización (solamente en la Escuela Social de Madrid), obteniéndose el Diploma de Graduado Superior aprobando el curso de especialización y presentando una Memoria sobre un tema designado por la Junta de Profesores10.

Este Plan de estudios era homogéneo para las distintas Escuelas Sociales (Granada y Zaragoza, 1929 y Sevilla, 1930). Reforzaba el campo del mundo laboral sentando unas sólidas bases para el conocimiento de las instituciones y la legislación positiva del momento como el Código de Trabajo de 1926. En este período se implantaron en la docencia algunas de las bases formativas del Derecho del Trabajo y de las relaciones laborales.

Finalizada la dictadura de Primo de Rivera accede al Ministerio de Trabajo un profesor de la Escuela Social de Madrid, Don Pedro Sangro y Ros de Olano que por Decreto de 19 de Octubre de 1930, crea el Instituto de Cultura Social al que transfiere todas las funciones y cometidos del Servicio correspondiente del Ministerio y de las Comisiones Mixtas de Publicaciones11.

A este Instituto se le asignaron como fines: despertar el interés por el estudio de los problemas sociales, preparar a las personas que deben desempeñar funciones activas en la vida social, perfeccionar los conocimientos del personalPage 26que actúa en los organismos de trabajo...

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