Sentencias sobre Ámbito organicista del empresario

984 sentencias sobre Sentencias sobre Ámbito organicista del empresario

  • STS, 5 de Junio de 2007

    DESPIDO. IMPROCEDENTE. Se reclama se declare despido improcedente. La Sala ha señalado con reiteración que la finalidad institucional del recurso de casación para la unificación de doctrina determina que no sea posible en este excepcional recurso revisar los hechos probados de la sentencia recurrida ni abordar cuestiones relativas a la valoración de la prueba. En primera instancia se admitió la...

  • STSJ Comunidad de Madrid 89/2009, 3 de Febrero de 2009

    CONTRATO DE TRABAJO. EXTINCIÓN. INTIMIDAD PERSONAL Y FAMILIAR. ACOSO LABORAL. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. Los incumplimientos empresariales que legitiman la acción resolutoria del invocado art. 50 ET han de basarse en datos objetivos y no en el sentir, siempre subjetivo, del que ejercita la acción, siendo insuficiente la descripción de los periodos y diagnósticos relatados en la...

  • STSJ Cataluña 8480/2007, 30 de Noviembre de 2007

    MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. En el caso de autos, la actuación empresarial consistente en cambiar al trabajador de sección, ha implicado una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, al afectar de forma esencial al núcleo de la prestación laboral que el trabajador venía desarrollando, modificándose: el régimen de trabajo a turnos, la distribución de la...

  • STSJ Comunidad de Madrid 229/2013, 25 de Marzo de 2013

    MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. Por el contrario, y respecto a las otras materias objeto de modificación, afectantes a los turnos de trabajo, procede estimar infringido el precepto convencional citado, al estar incluidas entre aquellos supuestos en los que, y en razón a lo ya dicho, es obligada aquella mediación extrajudicial. En primera instancia se desestima la demanda....

  • STSJ Comunidad Valenciana 2385/2006, 6 de Julio de 2006

    CONFLICTO COLECTIVO. MODIFICACIÓN DE HORARIO. Se plantea conflicto colectivo por modificación de horario. Consta que la empresa y la representación de los trabajadores se cruzaron, con anterioridad a la adopción de la medida discutida, una serie de escritos sobre la conveniencia y las consecuencias de su adopción. Así, nos encontramos con las comunicaciones remitidas por la dirección de la...

  • STSJ Comunidad de Madrid 858/2012, 12 de Diciembre de 2012

    CONFLICTO COLECTIVO. CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. La calificación de sustanciales de las modificaciones contractuales constituye un concepto jurídico indeterminado cuya precisa delimitación no está exenta de polémica. El extinto Tribunal Central de Trabajo estimó que una interpretación racional de tal expresión obligaba a concluir que una modificación de las condiciones del contrato...

  • STSJ Galicia 2720/2011, 19 de Mayo de 2011

    CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. La sala estima que la medida adoptada por la empresa no excede en modo alguno de las facultades que reconoce a la empresa el art. 39 del ET, sino que entra de lleno dentro de su "ius variandi" o poder de dirección que autoriza la movilidad funcional de sus empleados sin necesidad de probar razones técnicas, organizativas o productivas, solo exigibles cuando...

  • STSJ Aragón 719/2012, 19 de Diciembre de 2012

    CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. La existencia de dos litigios precedentes en reclamación de diferencias salariales, resueltos a favor de la trabajadora por el argumento principal y decisivo de que su contrato contiene una cláusula contractual específica que obliga a la Entidad Local a remunerarle en forma equivalente a como lo sería de depender del Ayuntamiento de Zuera, no puede...

  • STSJ Comunidad de Madrid 313/2011, 1 de Abril de 2011

    MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. CONTRATO DE TRABAJO. EXTINCIÓN. La extinción del contrato de trabajo que autoriza y prevé el núm. 1 del art. 50 del Estatuto de los Trabajadores, requiere un doble requisito, por una parte que la empresa unilateralmente introduzca una modificación sustancial en las condiciones de trabajo, por otra que esta modificación redunde en perjuicio de la...

  • STSJ Comunidad de Madrid 37/2011, 20 de Enero de 2011

    MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. El nuevo sistema de incentivos por contra establece un incentivo fijo, en el que se consolida el 50% de la media individual del importe cobrado por incentivos en los años 2007 y 2008, y un incentivo variable que se calculará a partir del resultado de aplicar el 0,80% a la cifra de entregas del mes anterior (con el compromiso empresarial de...

  • STSJ Comunidad de Madrid 850/2012, 19 de Octubre de 2012

    CONFLICTO COLECTIVO. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. Con anterioridad el trabajador sabía que contaba, sin condicionamiento alguno, con el 40% mensual fijo de la retribución variable, sin perjuicio de las ulteriores liquidaciones trimestrales, semestrales o anuales y que, además, el mismo, no se le llegaba a descontar aun cuando no se consiguiera los objetivos empresariales previstos.

  • STSJ Cataluña , 23 de Julio de 2003

    DESPIDO NULO. FALTA DE ACREDITACION DEL MOBBING. Que no puede dejar de señalarse que siendo cierto el incumplimiento de la empresa en no darle trabajo efectivo, no lo es menos que no aparece a juicio de la Sala ningún comportamiento de ésta que pueda incardinarse en el concepto de mobbing que se pretendía en la demanda y ha sido estimado por el Juzgador, no apareciendo ejercicio de violencia...

  • STSJ Asturias 1572/2012, 25 de Mayo de 2012

    CONFLICTO COLECTIVO. MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. No se trata, en definitiva, de una modificación insignificante o de escasa importancia como pretende al recurrente, sino de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo, pues no estamos ante un mero ajuste de horarios, sino del cambio de un régimen de trabajo a turnos rotatorios de mañana y tarde y noche, a...

  • STSJ Galicia 4012/2012, 6 de Julio de 2012

    CONFLICTO COLECTIVO. CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. Estos antecedentes fácticos y doctrinales conllevan la confirmación de la sentencia recurrida, primero porque se trata de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo ya que afecta a la distribución de los tiempos de trabajo, horarios y descansos, segundo porque como mantiene la sentencia recurrida la limitación temporal o la

  • STSJ Comunidad Valenciana 1737/2012, 19 de Junio de 2012

    CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. Con estos datos la sentencia concede a cada una de las actoras el derecho a seguir percibiendo los incentivos en la cantidad correspondiente a la media de los incentivos devengados en el año 2009, al considerar que se ha impuesto una modificación permanente de perdida de incentivos en el sistema retributivo de las trabajadoras, y que de considerarse temporal...

  • STSJ Cataluña 5881/2012, 4 de Septiembre de 2012

    MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. El Tribunal Central de Trabajo estimó que una interpretación racional de tal expresión obligaba a concluir que una modificación de las condiciones del contrato adquiere la categoría de sustancial cuando objetivamente implica una mayor onerosidad de la prestación de los trabajadores. Esta Sala del Tribunal Supremo ha tenido pocas ocasiones de...

  • STSJ Andalucía 3086/2011, 17 de Noviembre de 2011

    CONFLICTO COLECTIVO. MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. Pero ante la inexistencia en el derecho laboral español de otro soporte normativo suficiente para regular los pactos colectivos distinto del regulado por los artículos 82 a 92 del vigente Estatuto de los Trabajadores, la propia doctrina jurisprudencial de unificación ha determinado que el pacto o convenio extraestatutario

  • STSJ Andalucía 916/2012, 11 de Abril de 2012

    CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. La medida si que aparentemente y en principio podría tener carácter colectivo, pues afecta a la plantilla de la empresa, y entraña una modificación sustancial de las condiciones de trabajo en los términos del art. 41.1º b del ET y requeriría haber agotado el periodo de consultas con la representación de los trabajadores, aquí omitida, como prescribe el art. 41

  • STSJ País Vasco 2293/2011, 27 de Septiembre de 2011

    MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. Estas circunstancias, valoradas en su conjunto llevan a entender que la modificación enjuiciada no supone un cambio banal o accidental, sino una transformación importante de la distribución de la jornada de trabajo y del régimen de descanso semanal, para la que la demandada debió seguir el procedimiento previsto en el artículo 41 del Estatuto

  • STSJ Aragón 893/2011, 16 de Diciembre de 2011

    MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. En resumen: a) Es modificación sustancial de condiciones de trabajo toda la que objetivamente implica una mayor onerosidad de la prestación de los trabajadores, y la del régimen de trabajo a turnos específicamente lo es, por recogerlo el apartado 1.c) del artículo 41 TRET. b) No es modificación sustancial la simple modificación accidental,...

  • STSJ La Rioja 441/2011, 9 de Diciembre de 2011

    CONFLICTO COLECTIVO. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. En función de todo ello hay que colegir con la juzgadora de instancia que nos hallamos ante una modificación sustancial (y no accidental) de condiciones de trabajo que, sin embargo, ha sido unilateralmente adoptada por la empresa al margen del procedimiento establecido en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. Y ello, se...

  • STSJ Navarra 423/2011, 30 de Diciembre de 2011

    CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. Acudiendo finalmente al artículo 11, debe decirse que la posibilidad de que la empresa pueda proceder a buscar y asignar a uno o varios trabajadores para cubrir la eventual modificación de los días de libre disposición o de descanso efectuada por otros no implica una correlativa facultad de reordenar jornadas de forma unilateral como la aquí analizada, ni...

  • STSJ Cataluña 1452/2010, 18 de Febrero de 2010

    CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. Por lo que respecta a los aspectos o requisitos formales de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, y tratándose de una modificación de carácter individual, se exige la preceptiva notificación empresarial al trabajador afectado y a sus representantes legales, con una antelación mínima de treinta días a la fecha de su efectividad, debiendo...

  • STSJ Castilla y León 268/2012, 19 de Abril de 2012

    'MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. En este sentido, la STS de 28 de febrero de 2009, califica de modificación sustancial la sustitución de un horario en jornada continuada por un horario en jornada partida. En primera instancia se estima la demanda. Se desestima la suplicación.'

  • STSJ Cataluña 4385/2011, 20 de Junio de 2011

    MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. El complemento que percibía el trabajador, denominado Plus actuaciones prevención, es un complemento de índole funcional, no consolidable, pues retribuye no una cualidad o condición personal del trabajador, sino la realización de unas funciones adicionales y accesorias de los designados como recurso preventivo. Por ello, no hay obligación de continuar...

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