La regulación de las aeronaves pilotadas por control remoto en el ámbito militar [art. 2.2.C) 1.º]

AutorInés de Alvear Trenor
Cargo del AutorAbogada socia. Prolaw Abogados
Páginas39-61
CAPÍTULO II
LA REGULACIÓN DE LAS AERONAVES PILOTADAS
POR CONTROL REMOTO EN EL ÁMBITO MILITAR
[ART. 2.2.C) 1.º]
Inés DE ALVEAR TRENOR
Abogada socia
Prolaw Abogados
SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN.—II. RETOS EN RELACIÓN CON EL USO DE RPAS MILITARES: ALGUNAS
CONTROVERSIAS: 1. Amenazas en materia de infraestructuras críticas.—III. EL CONTROL DEL ESPA-
CIO Y LA CIRCULACIÓN AÉREA. EL REPARTO DE COMPETENCIAS ENTRE DEFENSA Y FOMENTO:
1. Competencias del Ministerio de Defensa. 2. Competencias del Ministerio de Fomento. 3. Comisión
Interministerial.—IV. LA CIRCULACIÓN AÉREA OPERATIVA: EL REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN
AÉREA OPERATIVA (RCAO): 1. Safety v. Security. 2. El Reglamento de Circulación Aérea Operativa.
3. Algunos conceptos básicos de la Circulación Aérea Operativa: A) La Circulación Aérea Operativa y
su segregación. B) El control del tránsito aéreo operativo. C) El Espacio Aéreo Reservado y Segrega-
do. D) Estación de control del UAS. E) Zonas de operación de sistemas aéreos no tripulados.—V. LAS
AERONAVES MILITARES EN EL ÁMBITO DE LA CIRCULACIÓN AÉREA OPERATIVA.—VI. EL OPE-
RADOR DE SISTEMAS AÉREOS NO TRIPULADOS (DUO).—VII. LOS RPAS, UAV Y UAS EN EL ÁM-
BITO DE LA CIRCULACIÓN AÉREA OPERATIVA: 1. Autorizaciones y seguridad en la operación. 2. Di-
mensiones de las zonas de trabajo y de protección. 3. Tipos de vuelo. 4. Preparación de los vuelos de
UAS.—VIII. NORMALIZACIÓN DE LA AERONAVEGABILIDAD: 1. Inventario de aeronaves y sistemas
aéreos militares pilotados por control remoto de la defensa. 2. Autoridad de Aeronavegabilidad de la
Defensa.—IX. CONCLUSIÓN.
I. INTRODUCCIÓN
El presente Capítulo aborda la regulación de las aeronaves pilotadas por
control remoto en el ámbito militar, las cuales, como de su propio título puede
inducirse, están expresamente excluidas del ámbito objetivo del RD 1036/2017,
de 15 de diciembre, por el que se regula la utilización civil de las aeronaves pi-
lotadas por control remoto y se modif‌ican el RD 552/2014, de 27 de junio, por
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el que se desarrolla el Reglamento del aire y disposiciones operativas comunes
para los servicios y procedimientos de navegación aérea y el RD 57/2002, de
18 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Circulación Aérea (RCA).
Así, conforme a su art. 2.2.c) 1.º: «Este real decreto, no es de aplicación
a: [...] c) las aeronaves excluidas conforme a lo previsto en el apartado 1, esto
es: 1.ª las aeronaves y los sistemas de aeronaves pilotadas por control remoto
(RPAS) militares».
El Plan Director de RPAS 1 es el documento editado por el Ministerio de
Defensa en febrero de 2015, que resume las necesidades en cuanto a RPAS a
satisfacer en el periodo 2015-2026 dentro del propio ministerio. En él se indica
que este habrá de servir «como herramienta de apoyo a la decisión para poste-
riormente determinar los programas de I+D+i, de obtención, modernización,
sostenimiento y, en su caso, baja, necesarios para el periodo de planif‌icación
establecido», indicándose, además, que ha sido elaborado teniendo en cuenta la
situación de los sistemas en servicio y las necesidades de las FAS que se indican
en los documentos de planeamiento.
El Ministerio de Defensa considera los sistemas y aeronaves pilotados por
control remoto de interés estratégico y prioritario desde los puntos de vista ope-
rativo, tecnológico e industrial, entendiendo que, además, tienen un amplio po-
tencial de aplicaciones duales.
Así, recientemente se ha publicado 2, que la Dirección General de Armamen-
to y Material (DGAM) del Ministerio de Defensa trabaja en la puesta en marcha
de un nuevo Plan Director de RPAS «que recogerá los avances tecnológicos en
este sector durante los últimos años y marcará las necesidades operativas de cara
a la próxima década, hasta el año 2030». La misma publicación indica que: «El
director general de Armamento y Material, teniente general Juan Manuel Gar-
cía Montaño, conf‌irmó este miércoles que el documento def‌initivo verá la luz a
lo largo de este año y actualizará la estrategia aprobada en 2014». Conforme a
las declaraciones del director general de Armamento y Material, el nuevo Plan
Director es necesario para actualizar la estrategia en un sector como el de los
RPAS que ha experimentado una evolución notable «con la aparición de nuevos
conceptos como el Urban Space o la apuesta por sistema no tripulados en el ám-
bito naval y terrestre». Asimismo, el Ministerio de Defensa impulsará también,
junto con el Ministerio de Interior, el Proyecto Cóndor para obtener un «sistema
def‌initivo anti dron» para las Fuerzas Armadas y las Fuerzas y Cuerpos de Se-
guridad del Estado. En el ámbito europeo, el director general de Armamento y
Material indicó «que España participa, junto con Francia, Alemania e Italia, en
el desarrollo del sistema europeo MALE, cuyo diseño está terminado y que el
próximo año entrará en fase de producción», añadiendo: «Pronto tendremos una
f‌lota europea y, pronto, Europa será autónoma en estos sistemas». En este pro-
1 Disponible en http://www.tecnologiaeinnovacion.defensa.gob.es/Lists/Publicaciones/Attach-
ments/199/2014%2010%2030%20PD%20RPAS%20Version%20Publica%20Maquetacion.pdf.
2 B. CARRASCO, «LA DGAM ultima un nuevo Plan Director de RPAS», en Infodron.es, Madrid,
18 de enero de 2018, accesible en http://infodron.es/id/2018/01/18/noticia-ultima-nuevo-director.html
y «Defensa ultima nuevo plan director de sistemas aéreos no tripulados», La Vanguardia, 18 de enero
de 2018, 14:07, accesible en http://www.lavanguardia.com/politica/20180118/44100751073/defensa-
ultima-nuevo-plan-director-de-sistemas-aereos-no-tripulados.html.

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