Escritura de constitución de Pareja de hecho en Extremadura

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aNoviembre 2023



Contenido
  • 1 Adaptación del formulario:
  • 2 Modelo de constitución de pareja
  • 3 Comentario
    • 3.1 Advertencia
    • 3.2 Normativa en Extremadura
      • 3.2.1 Reglas generales
      • 3.2.2 Pactos entre la pareja
      • 3.2.3 Consecuencias fiscales de los convenios de las parejas de hecho
      • 3.2.4 Beneficios
      • 3.2.5 Disolución de la pareja de hecho
      • 3.2.6 Otras normas sobre no discriminación por la orientación sexual
    • 3.3 Notas comunes a todas las legislaciones
      • 3.3.1 Pactos regulando las relaciones económicas de los convivientes
      • 3.3.2 Pensión compensatoria de las parejas de hecho
      • 3.3.3 Pensión a favor del conviviente sobreviviente
      • 3.3.4 Concurrencia de pensiones
      • 3.3.5 Arrendamientos urbanos y parejas de hecho
      • 3.3.6 Parejas inexistentes
      • 3.3.7 Conflicto de Leyes
      • 3.3.8 Convenio de las parejas de hecho en caso de extinción de su relación afectiva
      • 3.3.9 Atribución de la vivienda familiar
      • 3.3.10 Doctrina del enriquecimiento injusto
      • 3.3.11 El problema de diferentes aportaciones en la adquisición de bienes
      • 3.3.12 Parejas de hecho y concurso
    • 3.4 Pacto de exclusión de la normativa de parejas
    • 3.5 Matrimonio entre homosexuales
  • 4 Jurisprudencia y Doctrina Administrativa citadas
  • 5 Legislación citada
Adaptación del formulario:

El presente formulario está adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Modelo de constitución de pareja

NÚMERO *.

En *, a *.

ANTE MÍ, *, Notario del Ilustre Colegio de * con residencia en *,

COMPARECEN:

DON *, mayor de edad, soltero (o divorciado, separado judicialmente o viudo), vecino de *, con domicilio en * y DNI/NIF *, vigente.

Y DOÑA *, mayor de edad, soltera (o divorciada o separada judicialmente o viuda), con la misma vecindad y domicilio y DNI/NIF *, vigente.

Intervienen en su propio nombre y derecho.

Les identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con el de su Identificación Fiscal.

(Juicio notarial: opciones)

  • A mi juicio tienen legitimación y ejercen su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar esta Escritura de FORMALIZACIÓN DE PAREJA DE HECHO y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad para otorgar esta Escritura de FORMALIZACIÓN DE PAREJA DE HECHO y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar esta Escritura de FORMALIZACIÓN DE PAREJA DE HECHO y EXPONEN:

Que al amparo de la LEY de 20 de marzo de 2003, de parejas de hecho de la Comunidad Autónoma de Extremadura reguladora de las parejas de hecho, manifiestan su voluntad de acogerse a ella y, por tanto, conjuntamente hacen constar que constituyen una pareja de hecho formada por los dos comparecientes, quienes son mayores de edad, y aseveran, bajo su responsabilidad que: a) No están unidos por vínculo matrimonial (o que está/n separados judicialmente); b) Que no forman pareja estable con ninguna otra persona; c) Que no son parientes en línea recta por consanguinidad o adopción ni parientes colaterales por consanguinidad o adopción dentro del tercer grado; d) Que ambos (o al menos uno de ellos) está/n empadronado/s y tiene/n la residencia en la Comunidad Extremeña.

Manifiestan que la convivencia ha sido continuada durante los últimos * meses (mínimo doce meses, salvo que tuvieran descendencia común, en cuyo caso bastará la mera convivencia, o salvo que hayan expresado su voluntad de constituir una pareja estable en documento público).

Que no consideran necesario regular ninguna otra relación personal o patrimonial distinta de las que ha previsto la Legislación vigente (en caso contrario se incluirán los pactos pertinentes), de la que les he instruido, tanto en sus derechos como en sus obligaciones, incluyendo la necesidad de inscripción en el Registro administrativo de Uniones de hecho que tiene efectos constitutivos y los beneficios fiscales, función pública y derechos públicos de las parejas de hecho.

ADVERTENCIA ESPECIAL. Yo, el Notario, les indico:

-. Que la parejas de hecho se disuelve:

a. Por la muerte o declaración de fallecimiento de uno de sus miembros.

b. Por matrimonio de uno de sus miembros.

c. Por mutuo acuerdo.

d. Por voluntad unilateral de uno de los miembros de la pareja, que deberá ser notificada fehacientemente al otro.

e. Por cese efectivo de la convivencia por un periodo superior a un año.

-. Que ambos miembros de la pareja están obligados en caso de disolución, aunque sea de forma separada, a dejar sin efecto este documento publico e instar la cancelación de la inscripción en el registro correspondiente y que, en tal caso, no podrán establecer otra pareja estable con tercera persona mientras no se haya producido su disolución mediante alguno de los supuestos antes descritos.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Advierto expresamente a los comparecientes que sus datos van a ser incorporados al fichero del Protocolo y documentación notarial y al fichero de Administración y organización, así como del hecho de que, en su caso, tales datos pueden ser cedidos a aquellas Administraciones públicas que según una norma con rango de ley tengan derecho a ello. Hechas las advertencias pertinente sobre la confidencialidad de estos datos, su necesidad para redactar este instrumento público y para su facturación, la conservación y protección de los datos, los derechos a acceso, rectificación, supresión y demás legales.

OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN.-

Se han hecho las reservas y advertencias legales.

Les leo, por su elección, esta escritura, advertidos de su derecho a leerla por sí, del que no usan y, tras hacerles las oportunas explicaciones verbales para su cabal conocimiento, manifiestan quedar enterados, la aceptan, se ratifican y firman.

Yo, el Notario, Doy fe de que el consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes, teniendo, a mi juicio, discernimiento necesario para prestar libremente su consentimiento por la íntegra comprensión del presente instrumento público; manifiestan que no han ordenado medidas voluntarias de apoyo ni están sujetos a ellas y sin que haya mostrado signos que, a mi juicio, indiquen la necesidad o conveniencia de acudir a dichas medidas para esta finalidad; asimismo doy fe del cumplimiento de las demás formalidades legales.

Queda extendida en un total de * folios de papel notarial, el primero con el número * y los demás con los números siguientes en orden correlativo (o anteriores en orden correlativo) cuya expresión informática queda incorporada con la misma fecha y bajo el mismo número, en el correspondiente protocolo electrónico.

Y de su contenido, DOY FE.



(PROTOCOLO ELECTRÓNICO)

DILIGENCIA DE INCORPORACIÓN Y DE COTEJO DEL DOCUMENTO N* /.

En el mismo día de hoy, * de *, del *, doy fe de haber realizado la íntegra incorporación de esta matriz al protocolo electrónico y de su concordancia con el protocolo en soporte papel, con lo cual doy por concluida esta diligencia que redacto el mismo día de su práctica y de cuyo contenido, así como de quedar extendida en el presente y único folio de papel timbrado notarial, DOY FE.


DILIGENCIA DE DEPÓSITO DEL INSTRUMENTO Nº */

En el día de hoy, * de * de * deposito con firma electrónica cualificada esta matriz en la sede electrónica del Consejo General del Notario, que me devuelve el hash * correspondiente a la matriz (algoritmo *), con lo cual por doy por concluida esta diligencia que redacto el mismo día de su práctica y de cuyo contenido, así como de quedar extendida en el presente y único folio de papel timbrado notarial, DOY FE.


Comentario Advertencia

Hay un problema cuando se aplica la Ley a uniones de hecho sin expresa voluntad de ambos miembros de acogerse (por ejemplo, por la simple convivencia) y cuando, en todo caso, se dictan por las legislaciones autonómicas para las uniones de hecho normas imperativas y no dispositivas.

Todo ello ha sido declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional en la fundamental Sentencia 93/2013, de 23 de abril, [j 1] en recurso contra la Ley foral 6/2000 de 3 de julio para la igualdad jurídica de las parejas estables de Navarra; ciertamente, muchas legislaciones autonómicas contienen preceptos ahora declarados inconstitucionales (ver con detalle los supuestos en el formulario Parejas estables en la Comunidad Foral de Navarra) y podrán ser declarados en el futuro inconstitucionales, salvo que el mismo legislador cumpla su obligación de adecuar la Ley a la citada Sentencia. Sin ir más lejos se ha declarado inconstitucional, por ejemplo, la simple convivencia por un tiempo, las normas sobre convivencia (normas sobre gastos, pensiones compensatorias, equiparación cónyuge con las parejas estables a efectos sucesorios, etc.).

Puede verse el análisis y enlaces a trabajos de autores sobre la materia objeto de este formulario en la Obra del mismo autor «Práctico Derecho de Familia» y, en especial, está relacionado con este formulario el tema Notas comunes a las parejas estables no matrimoniales

Normativa en Extremadura Reglas generales

I.- La LEY 5/2003 de 20 de marzo de parejas de hecho de la Comunidad Autónoma de Extremadura regula las parejas de hecho en dicha Comunidad.

Justificación:

La Exposición de Motivos de la Ley nos indica que Desde que en 1982, y auspiciado por el Consejo de Europa, se celebró el primer y único Congreso sobre parejas no casadas, son muchos los países de la Unión Europea que, de una forma u otra, han ido adaptando sus respectivas legislaciones a este fenómeno convivencial, tendiendo a equiparar, total o parcialmente, a estas parejas con los matrimonios que cuando la Constitución habla de proteger la familia no existe referencia a un modelo de familia determinado y predominante, lo que hace necesaria una interpretación amplia de lo que debe entenderse por familia, consecuente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR