Escritura de constitución de Unión de hecho en la Comunidad Valenciana

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aNoviembre 2023



Contenido
  • 1 Adaptación del formulario:
  • 2 Modelo de constitución
  • 3 Comentario
    • 3.1 Advertencia
    • 3.2 Justificación de la regulación de la Unión de hecho en la Comunidad Valenciana
    • 3.3 Ámbito de aplicación de la ley valenciana de parejas estables
    • 3.4 Formas de constituirse la unión de hecho
    • 3.5 Pactos de las parejas de hecho
      • 3.5.1 Consecuencias fiscales de los convenios de las parejas de hecho
    • 3.6 Beneficios de las parejas de hecho
    • 3.7 Extinción de la pareja de hecho
    • 3.8 Pensión a favor del sobreviviente
    • 3.9 Otras normas importantes que citan a las uniones de hecho en la Comunidad valenciana
    • 3.10 Notas comunes a todas las legislaciones
      • 3.10.1 Pactos regulando las relaciones económicas de los convivientes
      • 3.10.2 Pensión compensatoria de las parejas de hecho
      • 3.10.3 Pensión a favor del conviviente sobreviviente
      • 3.10.4 Concurrencia de pensiones
      • 3.10.5 Arrendamientos urbanos y parejas de hecho
      • 3.10.6 Beneficios de familia numerosa
      • 3.10.7 Parejas inexistentes
      • 3.10.8 Conflicto de Leyes
      • 3.10.9 Convenio de las parejas de hecho en caso de extinción de su relación afectiva
      • 3.10.10 Atribución de la vivienda familiar
      • 3.10.11 Doctrina del enriquecimiento injusto
      • 3.10.12 El problema de diferentes aportaciones en la adquisición de bienes
      • 3.10.13 Parejas de hecho y concurso
    • 3.11 Pacto de exclusión de la normativa de parejas
    • 3.12 Matrimonio entre homosexuales
  • 4 Jurisprudencia y Doctrina Administrativa citadas
  • 5 Legislación citada
Adaptación del formulario:

El presente formulario está adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Nota:La Ley 5/2012, de 15 de octubre, de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana, reguló las parejas o uniones de hecho diciendo en su art. 4 que la ley se aplicará a las uniones de hecho formalizadas conforme a ella, cuando las partes queden sujetas a la legislación civil valenciana, de acuerdo con el artículo 3.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana. Si sólo una de las partes estuviera sujeta al derecho civil valenciano, se aplicarán las disposiciones estatales sobre resolución de conflictos de leyes.

Esta Ley fue objeto de recurso ante el Tribunal Constitucional, el cual en un primer momento procedió a su suspensión y ahora ya se ha dictado Sentencia.

En efecto, la Sentencia de Tribunal Constitucional, Recurso de inconstitucionalidad 4522-2013. Pleno, 9 de junio de 2016 [j 1] declara la inconstitucionalidad y y nulidad, con los efectos señalados en el fundamento jurídico 10 de dicha Sentencia, de los artículos: 1.1, en el inciso "los derechos y deberes de quienes son miembros"; los artículos 2, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 de la Ley 5/2012, de 15 de octubre, de uniones de hecho formalizadas de la Comunitat Valenciana. Y el fundamento jurídico 10 dice que los efectos de esta Sentencia solo efectos pro futuro, sin afectar a las ?situaciones jurídicas consolidadas.

Ahora debe tenerse en cuenta El DECRETO 34/2022 de 1 de abril, del Consell, por el que se regulan la organización y el funcionamiento del Registro de Uniones de Hecho Formalizadas, así como los procedimientos de inscripción, modificación y cancelación de uniones en el mismo.

Modelo de constitución

NÚMERO *.

En *, a *.

ANTE MÍ, *, Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *,

COMPARECEN:

DON *, mayor de edad, soltero (o divorciado o viudo), vecino de *, con domicilio en * y DNI/NIF *, vigente.

Y DOÑA *, mayor de edad, soltera (o divorciada o viuda), con la misma vecindad y domicilio y DNI/NIF *, vigente.

Intervienen en su propio nombre y derecho.

Les identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con el de su Identificación Fiscal.

(Juicio notarial: opciones)

  • A mi juicio tienen legitimación y ejercen su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar esta Escritura de FORMALIZACIÓN DE UNION DE HECHO y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad para otorgar esta Escritura de FORMALIZACIÓN DE UNION DE HECHO y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar esta Escritura de FORMALIZACIÓN DE UNION DE HECHO y EXPONEN:

I.- Que al amparo de la Ley 5/2012 de 15 de octubre por la que se regulan las uniones de hecho, manifiestan su voluntad de acogerse a ella y, por tanto, conjuntamente hacen constar que constituyen una unión de hecho formada por los dos comparecientes, quienes son mayores de edad, y aseveran, bajo su responsabilidad, que: a) No están unidos por vínculo matrimonial (o si bien alguno está casado esté separado legalmente); b) Que no mantienen una unión de hecho formalizada con otra persona; c) Que no son parientes en línea recta por consanguinidad o adopción ni parientes colaterales por consanguinidad o adopción dentro del segundo grado; d) Que ambos están sujetos a la legislación valenciana (Si sólo una de las partes estuviera sujeta al derecho civil valenciano, se aplicarán las disposiciones estatales sobre resolución de conflictos de leyes).

II.- Se hace constar expresamente:

Que la fecha de nacimiento de los componentes de la pareja es la siguiente:....

Que ambos son de nacionalidad española (de no serlo, debe hacerse referencia al pasaporte).

Que el domicilio de convivencia es *.

Que la fecha de inicio de la convivencia fue el *.

III.- Que no consideran necesario regular ninguna otra relación personal o patrimonial distinta de las que ha previsto la Legislación vigente (en caso contrario se incluirán los pactos pertinentes).

IV.- Les instruyo de las disposiciones legales aplicables, en especial:

1).- Que la unión de hecho se extingue por:

a) Por común acuerdo de sus miembros.

b) Por declaración de voluntad de cualquiera de ellos o ellas.

c) Cuando cualquiera de los convivientes o las convivientes esté incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro o de la otra o de los hijos o hijas comunes o de cualquiera de ellos o de ellas, y se haya dictado resolución judicial motivada en la que se constaten indicios fundados y racionales de criminalidad.

d) Por muerte o declaración de fallecimiento de cualquiera de sus miembros.

e) Por cese efectivo injustificado de la convivencia durante un plazo mínimo de tres meses.

f) Por matrimonio de cualquiera de sus miembros.

En caso de extinción de la unión de hecho formalizada, cualquiera de sus miembros deberá solicitar, en el plazo de un mes, la cancelación de la inscripción que conste en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas.

2).- Nomas sobre los gastos comunes de la unión de hecho formalizada, el derecho a alimentos, las normas sobre la disposición de la vivienda habitual de la unión de hecho,.

3).- Reglas aplicables en caso de fallecimiento de un miembro de la unión de hecho.

4).- Otros efectos de la unión de hecho formalizada.

REQUERIMIENTO: Los otorgantes me requieren a mí, el Notario, para que por correo certificado con acuse de recibo remita copia autorizada de la presente al Registro de Uniones de Hecho, dejando constancia de su envió y recepción por diligencias a continuación.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

Informo expresamente a los comparecientes sobre la incorporación de sus datos al fichero del Protocolo y documentación notarial y al fichero de Administración y organización, así como del hecho de que, en su caso, tales datos son necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales del ejercicio de la función pública notarial, conforme a lo previsto en la normativa prevista en la legislación notarial, de prevención del blanqueo de capitales, tributaria y, en su caso, sustantiva que resulte aplicable al acto o negocio jurídico documentado. La comunicación de los datos personales es un requisito legal, encontrándose el otorgante obligado a facilitar los datos personales, y estando informado de que la consecuencia de no facilitar tales datos es que no sería posible autorizar o intervenir el presente documento público.

La finalidad del tratamiento de los datos es cumplir la normativa para autorizar/intervenir el presente documento, su facturación, seguimiento posterior y las funciones propias de la actividad notarial de obligado cumplimiento, de las que pueden derivarse la existencia de decisiones automatizadas, autorizadas por la Ley, adoptadas por las Administraciones Públicas y entidades cesionarias autorizadas por Ley, incluida la elaboración de perfiles precisos para la prevención e investigación por las autoridades competentes del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

El Notario realizará las cesiones de dichos datos que sean de obligado cumplimiento a las Administraciones Públicas, a las entidades y sujetos que estipule la Ley y, en su caso, al Notario que suceda o sustituya al actual en esta notaría. Los datos proporcionados se conservarán con carácter confidencial durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales del Notario o quien le sustituya o suceda.

Los interesados pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento por correo postal ante el Notario autorizante, con domicilio en *. Asimismo, tienen el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control.

Los datos serán tratados y protegidos según la Legislación Notarial, la Ley Orgánica 3/2018 de 05 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (o la Ley que la sustituya) y su normativa de desarrollo, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley...

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