Escritura de constitución de Pareja estables en la Comunidad Foral de Navarra
Autor | Manuel Faus |
Cargo del Autor | Notario |
Actualizado a | Enero 2022 |
Contenido
|
El presente formulario está adaptado a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, (que entró en vigor el 3 de septiembre de 2021) y por ello se señalan algunas formas del juicio notarial de capacidad (puesto que toda persona tiene capacidad,) sin perjuicio de que a las personas con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica le sean exigibles medidas de apoyo (voluntarias, intervención del curador o del defensor judicial y guarda de hecho), medidas que deben constar y cumplirse en el título.
Modelo de constitución de parejaNÚMERO *.
En *, a *.
ANTE MÍ, *, Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *,
COMPARECEN:
DON *, mayor de edad, soltero (o divorciado o viudo), vecino de *, con domicilio en * y DNI/NIF *, vigente.
Y DOÑA *, mayor de edad, soltera (o divorciada o viuda), con la misma vecindad y domicilio y DNI/NIF *, vigente.
Les identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con el de su Identificación Fiscal.
(Juicio notarial: opciones)
- A mi juicio tienen legitimación y ejercen su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar esta Escritura de FORMALIZACIÓN DE PAREJA ESTABLE y EXPONEN:
- A mi juicio tienen legitimación y capacidad para otorgar esta Escritura de FORMALIZACIÓN DE PAREJA ESTABLE y EXPONEN:
- A mi juicio tienen legitimación y capacidad, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar esta Escritura de FORMALIZACIÓN DE PAREJA ESTABLE y EXPONEN:
(Hasta el 15 de octubre de 2019):
I.- Que al amparo de la Ley 6/2000 DE 3 DE JULIO de la Comunidad Foral De Navarra reguladora de las Parejas Estables, manifiestan su voluntad de acogerse a ella y, por tanto, conjuntamente hacen constar que constituyen una pareja estable formada por los dos comparecientes, quienes son mayores de edad, y aseveran, bajo su responsabilidad que: a) No están unidos por vínculo matrimonial (no pueden acogerse los separados no divorciados); b) Que no forman pareja estable con ninguna otra persona; c) Que no son parientes en línea recta por consanguinidad o adopción ni parientes colaterales por consanguinidad o adopción dentro del segundo grado; d) Que ambos son de vecindad civil Navarra (o al menos uno de ellos).
Manifiestan que la convivencia ha sido continuada durante los últimos * meses (mínimo un año, salvo que haya descendencia común o se otorgue documento público).
(A partir del 16 de octubre de 2019):
I.- Que al amparo del Fuero Nuevo, según redacción dada por la LEY FORAL 21/2019, de 4 de abril, de modificación y actualización de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra o Fuero Nuevo, manifiestan su voluntad de acogerse a ella y, por tanto, conjuntamente hacen constar que constituyen una pareja estable formada por los dos comparecientes, quienes son mayores de edad, y aseveran, bajo su responsabilidad, que: a) No están unidos por vínculo matrimonial (no pueden acogerse los separados no divorciados; b) Que no forman pareja estable con ninguna otra persona; c) Que no son parientes en línea recta por consanguinidad o adopción ni parientes colaterales por consanguinidad o adopción dentro del segundo grado; d) Que ambos son de vecindad civil Navarra (o al menos uno de ellos).
II.- Que no consideran necesario regular ninguna otra relación personal o patrimonial distinta de las que ha previsto la Legislación vigente (en caso contrario se incluirán los pactos pertinentes), de la que les he instruido, tanto en sus derechos como en sus obligaciones equiparables a los casados a todos los efectos.
ADVERTENCIA ESPECIAL.- Yo, el Notario, les indico:
(Hasta el 15 de octubre de 2019)
Que la pareja estable se disuelve (además de las causas expresamente que se pacten en esta escritura):
a) Por la muerte o declaración de fallecimiento de uno de sus integrantes.
b) Por matrimonio de uno de sus miembros.
c) Por mutuo acuerdo.
d) Por voluntad unilateral de uno de los miembros de la pareja, notificada fehacientemente al otro.
e) Por cese efectivo de la convivencia por un período superior a un año.
-. Que ambos miembros de la pareja están obligados, aunque sea separadamente, a dejar sin efecto este documento público.
-. Que los miembros de una pareja estable no podrán establecer otra pareja estable con tercera persona mientras no se haya producido su disolución mediante alguno de los supuestos antes descritos.
(A partir del 16 de octubre de 2019):
Que la pareja estable se disuelve:
1.- Por la muerte o declaración de fallecimiento de uno de sus miembros.
2.- Por matrimonio de uno de sus miembros y por el matrimonio entre ambos.
3.- Por mutuo acuerdo de sus miembros.
4.- Por voluntad de uno de sus miembros notificada fehacientemente al otro.
5.- Por cese de la convivencia con ruptura efectiva de la comunidad de vida.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Advierto expresamente a los comparecientes que sus datos van a ser incorporados al fichero del Protocolo y documentación notarial y al fichero de Administración y organización, así como del hecho de que, en su caso, tales datos pueden ser cedidos a aquellas Administraciones públicas que según una norma con rango de ley tengan derecho a ello. Hechas las advertencias pertinente sobre la confidencialidad de estos datos, su necesidad para redactar este instrumento público y para su facturación, la conservación y protección de los datos, los derechos a acceso, rectificación, supresión y demás legales.
OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN.-
Se han hecho las reservas y advertencias legales.
Les leo, por su elección, esta escritura, advertidos de su derecho a leerla por sí, del que no usan y, tras hacerles las oportunas explicaciones verbales para su cabal conocimiento, manifiestan quedar enterados, la aceptan, se ratifican y firman.
Yo, el Notario, Doy fe de que el consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes, teniendo, a mi juicio, discernimiento necesario para prestar libremente su consentimiento por la íntegra comprensión del presente instrumento público; manifiestan que no han ordenado medidas voluntarias de apoyo y sin que haya mostrado signos que, a mi juicio, indiquen la necesidad o conveniencia de acudir a dichas medidas para esta finalidad; asimismo doy fe del cumplimiento de las demás formalidades legales.
Queda extendida en un total de * folios de papel notarial, el primero con el número * y los demás con los números siguientes en orden correlativo (o anteriores en orden correlativo...).
Y de su contenido, DOY FE.
(ADVERTENCIA: Sobre la fe de conocimiento o identificación por medios supletorios, la necesaria constancia del NIF y la consulta previa en caso de entidades, véase la nueva redacción del art. 23 de la Ley del Notariado por la ley 11/2021, de 9 de julio.)
Puede verse el análisis y enlaces a trabajos de autores sobre la materia objeto de este formulario en la Obra del mismo autor «Práctico Derecho de Familia» y, en especial, está relacionado con este formulario el tema Notas comunes a las parejas estables no matrimoniales
Las parejas estables no estaban reguladas en la Ley de Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra o Fuero Nuevo (Ley 1/1973, de 1 de marzo) en la normativa vigente hasta el 15 de octubre de 2019, inclusive, ya que es de aplicación la Ley Foral 6/2000 de 3 de julio con el problema de su constitucionalidad que se dirá.
El 16 de octubre de 2019 entró en vigor la nueva redacción y en parte nueva numeración de las Leyes dadas por la LEY FORAL 21/2019, de 4 de abril, de modificación y actualización de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra o Fuero Nuevo que dedica un Título a las parejas estables.
Por ello, en este tema hay dos apartados:
I. Normas a partir del 16 de octubre de 2019, inclusive.
II. Normas hasta el 15 de octubre de 2019.
NORMAS a partir del 16 de octubre de 2019:
La Ley 42 de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra o Fuero Nuevo (Ley 1/1973, de 1 de marzo), hasta la modificación por la LEY FORAL 21/2019, de 4 de abril, de modificación y actualización de la Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra o Fuero Nuevo, regula las parejas establdes en las Leyes 106 a 113 inclusive.
Constitución.
LEY 106:
«Dos personas mayores de edad o menores emancipadas, en comunidad de vida afectiva análoga a la conyugal, si quieren constituirse en pareja estable con los efectos previstos en esta Compilación podrán hacerlo manifestando su voluntad en documento público.
Registro. La pareja estable deberá inscribirse en un Registro único de parejas estables de la Comunidad Foral de Navarra a los efectos de prueba y publicidad previstos en la norma que lo regule, así como a los efectos que establezcan otras disposiciones legales.
Desaparece la formación de pareja por la simple convivencia».
Prohibiciones.
LEY...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba