Escritura de constitución de Pareja de hecho en La Rioja
| Autor | Manuel Faus |
| Cargo del Autor | Notario |
| Actualizado a | Septiembre 2025 |
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Contenido
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En el caso de persona necesitada de medidas de apoyo debe tenerse en cuenta la Circular informativa 1/2023, de 27 de mayo, del Consejo General del Notariado, sobre la actuación notarial en las medidas de apoyo voluntario y para la declaración de notoriedad de la guarda de hecho. (Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica y, en su caso, las normas de los territorios con legislación civil propia).
Puede verse detalle de la Circular en el formulario Escritura de compraventa de finca urbana entre particulares, sin arrendatarios
ModeloNÚMERO *.
En *, a *.
ANTE MÍ, *, Notario del Ilustre Colegio de *, con residencia en *,
COMPARECEN:
DON *, mayor de edad, soltero (o divorciado, o viudo), vecino de *, con domicilio en * y DNI/NIF *, vigente.
Y DOÑA *, mayor de edad, soltera (o divorciada, o viuda), con la misma vecindad y domicilio y DNI/NIF *, vigente.
Intervienen en su propio nombre y derecho.
Les identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con el de su Identificación Fiscal.
(Juicio notarial: opciones)
- A mi juicio tienen legitimación y ejercen su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar esta Escritura de FORMALIZACIÓN DE PAREJA DE HECHO y EXPONEN:
- A mi juicio tienen legitimación y capacidad para otorgar esta Escritura de FORMALIZACIÓN DE PAREJA DE HECHO y EXPONEN:
- A mi juicio tienen legitimación y capacidad, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar esta Escritura de FORMALIZACIÓN DE PAREJA DE HECHO y EXPONEN:
Primero.- Que a los efectos previstos en el Decreto 30/2010, de 14 de mayo, por el que se crea el Registro de Parejas de Hecho de La Rioja, manifiestan su voluntad de declarar que son pareja de hecho y que desean la pertinente inscripción en el Registro de Parejas.
Segundo.- Conjuntamente hacen constar que constituyen una pareja de hecho formada por los dos comparecientes, quienes son mayores de edad (o emancipados) y aseveran, bajo su responsabilidad, que: a) No están unidos por un vínculo matrimonial; b) Que no forman pareja estable con ninguna otra persona; c) Que no son parientes en línea recta por consanguinidad o adopción ni parientes colaterales por consanguinidad o adopción dentro del tercer grado; d) Que no han sido declaradas incapaces para prestar consentimiento válidamente por sentencia judicial firme; e) Que ambos tienen vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Tercero.- Acreditan:
1.- Ser españoles y mayores de edad con exhibición de su DNI. (En el caso de extranjeros hay dos opciones: Ciudadanos de otro estado miembro de la Unión Europea, de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza: NIE o certificado de registro de ciudadanos de la Unión Europea y pasaporte, todos ellos en vigor; ciudadanos extranjeros extracomunitarios no incluidos en el punto anterior: NIE y pasaporte, ambos en vigor. La condición de menor emancipado se acreditará mediante resolución judicial o certificación del Registro Civil).
2.- Que no están ligados por vínculo matrimonial con la certificación o fe del estado civil de los mismos.
3.- Su convivencia mediante certificado/s de empadronamiento de cada uno de los solicitantes en los que constan todos los domicilios en los que han estado empadronados durante los dos últimos años y en la actualidad. Uno a esta matriz fotocopia que testimonio. (En el caso de tener descendencia común, no se exige tiempo de convivencia, pero la situación se acredita mediante la presentación del libro de familia y un certificado de empadronamiento que acredite la residencia de los solicitantes en el mismo domicilio de algún municipio de La Rioja).
4.- Los otros hechos resultan de sus manifestaciones, advertidos por mí, el Notario, de las penas en caso de falsedad en documento público.
Cuarto.- Manifiestan que no consideran necesario regular ninguna otra relación personal o patrimonial distinta de las que ha previsto la Legislación vigente (en caso contrario se incluirán los pactos pertinentes), de la que les he instruido, según la legislación aplicable.
Quinto.- Solicitan la pertinente inscripción en el Registro de Parejas de la Rioja.
ADVERTENCIA ESPECIAL.- Yo, el Notario, les indico:
Que las causas de disolución de las parejas de hecho son:
a) La muerte o declaración de fallecimiento de una de las par-tes integrantes de la pareja de hecho.
b) El mutuo acuerdo.
c) La voluntad unilateral de una de las partes integrantes.
d) El matrimonio entre las partes integrantes de la pareja.
e) El matrimonio de cualquiera de las partes que componen la pareja de hecho con una tercera persona.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
Informo expresamente a los comparecientes sobre la incorporación de sus datos al fichero del Protocolo y documentación notarial y al fichero de Administración y organización, así como del hecho de que, en su caso, tales datos son necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales del ejercicio de la función pública notarial, conforme a lo previsto en la normativa prevista en la legislación notarial, de prevención del blanqueo de capitales, tributaria y, en su caso, sustantiva que resulte aplicable al acto o negocio jurídico documentado. La comunicación de los datos personales es un requisito legal, encontrándose el otorgante obligado a facilitar los datos personales, y estando informado de que la consecuencia de no facilitar tales datos es que no sería posible autorizar o intervenir el presente documento público.
La finalidad del tratamiento de los datos es cumplir la normativa para autorizar/intervenir el presente documento, su facturación, seguimiento posterior y las funciones propias de la actividad notarial de obligado cumplimiento, de las que pueden derivarse la existencia de decisiones automatizadas, autorizadas por la Ley, adoptadas por las Administraciones Públicas y entidades cesionarias autorizadas por Ley, incluida la elaboración de perfiles precisos para la prevención e investigación por las autoridades competentes del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.
El Notario realizará las cesiones de dichos datos que sean de obligado cumplimiento a las Administraciones Públicas, a las entidades y sujetos que estipule la Ley y, en su caso, al Notario que suceda o sustituya al actual en esta notaría. Los datos proporcionados se conservarán con carácter confidencial durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales del Notario o quien le sustituya o suceda.
Los interesados pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento por correo postal ante el Notario autorizante, con domicilio en *. Asimismo, tienen el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control.
Los datos serán tratados y protegidos según la Legislación Notarial, la Ley Orgánica 3/2018 de 05 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (o la Ley que la sustituya) y su normativa de desarrollo, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales. (Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo).
OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN.-
Se han hecho las reservas y advertencias legales.
Les leo, por su elección, esta escritura, advertidos de su derecho a leerla por sí, del que no usan y, tras hacerles las oportunas explicaciones verbales para su cabal conocimiento, manifiestan quedar enterados, la aceptan, se ratifican y firman.
Yo, el Notario, Doy fe de que el consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes, teniendo, a mi juicio, discernimiento necesario para prestar libremente su consentimiento por la íntegra comprensión del presente instrumento público; manifiestan que no han ordenado medidas voluntarias de apoyo ni están sujetos a ellas y sin que haya mostrado signos que, a mi juicio, indiquen la necesidad o conveniencia de acudir a dichas medidas para esta finalidad; asimismo doy fe del cumplimiento de las demás formalidades legales.
Queda extendida en un total de * folios de papel notarial, el primero con el número * y los demás con los números siguientes en orden correlativo (o anteriores en orden correlativo) cuya expresión informática queda incorporada con la misma fecha y bajo el mismo número, en el correspondiente protocolo electrónico.
Y de su contenido, DOY FE.
(PROTOCOLO ELECTRÓNICO)
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