Escritura de constitución de Pareja estable homosexual en Cataluña

AutorManuel Faus
Cargo del AutorNotario
Actualizado aEnero 2025
Contenido
  • 1Adaptación del formulario:
  • 2Modelo de Escritura
  • 3Comentario
    • 3.1Advertencia
    • 3.2Normativa en Cataluña
      • 3.2.1Ámbito de aplicación
      • 3.2.2Formas de constitución de la pareja
      • 3.2.3Justificación y Registro de Parejas
      • 3.2.4Pactos de la pareja
      • 3.2.5Extinción de la pareja
      • 3.2.6Derechos durante la convivencia
      • 3.2.7Limitaciones mientras dura la situación de pareja
      • 3.2.8Derechos en caso de cese de la convivencia
      • 3.2.9Derechos al fallecer un miembros de la pareja
      • 3.2.10Cese de la convivencia de la pareja
      • 3.2.11Procedimientos judiciales
    • 3.3Otras normas sobre no discriminación por la orientación sexual
    • 3.4Notas comunes a todas las legislaciones
      • 3.4.1Pactos regulando las relaciones económicas de los convivientes
      • 3.4.2Pensión compensatoria de las parejas de hecho
      • 3.4.3Pensión a favor del conviviente sobreviviente
      • 3.4.4Concurrencia de pensiones
      • 3.4.5Arrendamientos urbanos y parejas de hecho
      • 3.4.6Beneficios de familia numerosa
      • 3.4.7Parejas inexistentes
      • 3.4.8Conflicto de Leyes
      • 3.4.9Convenio de las parejas de hecho en caso de extinción de su relación afectiva
      • 3.4.10Atribución de la vivienda familiar
      • 3.4.11Doctrina del enriquecimiento injusto
      • 3.4.12El problema de diferentes aportaciones en la adquisición de bienes
      • 3.4.13Parejas de hecho y concurso
    • 3.5Pacto de exclusión de la normativa de parejas
    • 3.6Matrimonio entre homosexuales
  • 4Jurisprudencia y Doctrina Administrativa citadas
  • 5Legislación citada
Adaptación del formulario:

El DECRETO LEY 19/2021, de 31 de agosto, por el que se adapta el Código civil de Cataluña a la reforma del procedimiento de modificación judicial de la capacidad, en vigor el 3 de septiembre de 2021, ha hecho una primera adaptación a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, con normas que afectan a todo el Estado (Ley del Notariado, Ley de Jurisdicción voluntaria, ley de Enjuiciamiento Civil, Ley del Registro Civil, etc.).

Debe tenerse en cuenta la Circular informativa 1/2023, de 27 de mayo, del Consejo General del Notariado, sobre la actuación notarial en las medidas de apoyo voluntario.

Puede verse detalle en el formulario Escritura de compraventa de finca urbana entre particulares, sin arrendatarios

Modelo de Escritura

NÚMERO *.

En *, a *.

ANTE MÍ, *, Notario del Ilustre Colegio de Cataluña, con residencia en *,

COMPARECEN:

DON *, mayor de edad, soltero/a (o divorciado, o viudo, o casado y separado de hecho o judicialmente), vecino de *, con domicilio en * y DNI/NIF *, vigente.

Y DON *, mayor de edad, soltero/a (o divorciado, viudo o separado de hecho o judicialmente), con la misma vecindad y domicilio y DNI/NIF *, vigente.

De vecindad civil catalana.

Intervienen en su propio nombre y derecho.

Les identifico, de acuerdo con la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por sus expresados Documentos Nacionales de Identidad, cuyos números coinciden con el de su Identificación Fiscal.

(Juicio notarial: opciones)

  • A mi juicio tienen legitimación y ejercen su capacidad jurídica mediante su decisión de otorgar esta Escritura de FORMALIZACIÓN DE PAREJA ESTABLE y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad para otorgar esta Escritura de FORMALIZACIÓN DE PAREJA ESTABLE y EXPONEN:
  • A mi juicio tienen legitimación y capacidad, sin necesidad de ninguna medida de apoyo, para otorgar esta Escritura de FORMALIZACIÓN DE PAREJA ESTABLE y EXPONEN:

I.- Que al amparo de la regulación de las parejas estables en el Libro Segundo del Codi Civil de Catalunya relativo a la persona y a la familia, manifiestan su voluntad de acogerse a ella y, por tanto, conjuntamente hacen constar que constituyen una pareja estable formada por los dos comparecientes, quienes son mayores de edad, y aseveran, bajo su responsabilidad, que no se encuentran en ninguno de los casos del art. 234-2 del Codi Civil de Catalunya y en especial: a) (detallar el estado civil de cada uno de ellos: soltero/a, viudo/a, divorciado/a soltero/a, casado y separado/a de hecho) ; b) Que no forman pareja estable con ninguna otra persona; c) Que no son parientes en línea recta ni colateral dentro del segundo grado; d) Que ambos tienen vecindad civil catalana.

Manifiestan que la convivencia ha sido continuada durante los últimos * años.

II.- Les informo de la normativa aplicable, en especial sobre:

1).- Pactos:

1.- La posibilidad de pactar sus relaciones personales y patrimoniales.

2.- Las normas sobre atribución del uso de la vivienda en caso de extinción de su convivencia.

2).- Las causas de extinción de la pareja estable: a saber:

a).- Cese de la convivencia con ruptura de la comunidad de vida.

b).- Muerte o declaración de fallecimiento de uno de los convivientes.

c).- Matrimonio de cualquiera de los convivientes.

d).- Común acuerdo de los convivientes formalizado en escritura pública.

e).- Voluntad de uno de los convivientes notificada fehacientemente al otro.

3).- Los derechos durante la convivencia, en especial:

-. La posibilidad de adopción conjunta.

-. Posibilidad de adquirir bienes con pacto de supervivencia.

4).- Las limitaciones, en especial:

-. NO pueden constituir una relación convivencial de ayuda mutua.

-. NO pueden tener otra pareja simultáneamente.

-. Necesidad del consentimiento del miembros de la pareja para los actos de disposición de la vivienda común, como para los casados.

5).- Los beneficios FISCALES concedidos a la pareja, en especial:

De las disposiciones de la Ley 19/2010, de 7 de junio, de regulación del impuesto sobre sucesiones y donaciones que asimila los convivientes en pareja estable a los casados en relación al impuesto de sucesiones y donaciones.

-. Del derecho de subrogación de la pareja estable en el caso de un arrendamiento urbano, según determina la Ley 29/1994 de 24 de noviembre.

-. De las disposiciones del Libro IV del Codi Civil de Cataluña en el caso de que fallezca sin disposición de última voluntad un miembro de la pareja.

6).- De la posibilidad de instar la inscripción en el Registro de Parejas.

III.- Manifiestan los comparecientes que quedan debidamente enterados y que no consideran necesario regular ninguna otra relación personal o patrimonial distinta de las que ha previsto la Legislación vigente, de la que les he instruido.

(En su caso) Me requieren a mí, el Notario, para que remita la pertinente comunicación de esta escritura al Colegio Notarial de Cataluña. Acepto y lo haré constar por diligencia.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.

Informo expresamente a los comparecientes sobre la incorporación de sus datos al fichero del Protocolo y documentación notarial y al fichero de Administración y organización, así como del hecho de que, en su caso, tales datos son necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales del ejercicio de la función pública notarial, conforme a lo previsto en la normativa prevista en la legislación notarial, de prevención del blanqueo de capitales, tributaria y, en su caso, sustantiva que resulte aplicable al acto o negocio jurídico documentado. La comunicación de los datos personales es un requisito legal, encontrándose el otorgante obligado a facilitar los datos personales, y estando informado de que la consecuencia de no facilitar tales datos es que no sería posible autorizar o intervenir el presente documento público.

La finalidad del tratamiento de los datos es cumplir la normativa para autorizar/intervenir el presente documento, su facturación, seguimiento posterior y las funciones propias de la actividad notarial de obligado cumplimiento, de las que pueden derivarse la existencia de decisiones automatizadas, autorizadas por la Ley, adoptadas por las Administraciones Públicas y entidades cesionarias autorizadas por Ley, incluida la elaboración de perfiles precisos para la prevención e investigación por las autoridades competentes del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

El Notario realizará las cesiones de dichos datos que sean de obligado cumplimiento a las Administraciones Públicas, a las entidades y sujetos que estipule la Ley y, en su caso, al Notario que suceda o sustituya al actual en esta notaría. Los datos proporcionados se conservarán con carácter confidencial durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales del Notario o quien le sustituya o suceda.

Los interesados pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento por correo postal ante el Notario autorizante, con domicilio en *. Asimismo, tienen el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control.

Los datos serán tratados y protegidos según la Legislación Notarial, la Ley Orgánica 3/2018 de 05 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (o la Ley que la sustituya) y su normativa de desarrollo, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley Orgánica de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales. (Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo).

OTORGAMIENTO Y AUTORIZACIÓN.-

Se han hecho las reservas y advertencias legales.

Les leo, por su elección, esta escritura, advertidos de su derecho a leerla por sí, del que no usan y, tras hacerles las oportunas explicaciones verbales para su cabal conocimiento, manifiestan quedar enterados, la aceptan, se ratifican y firman.

Yo, el Notario, Doy fe de que el consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes, teniendo, a mi juicio, discernimiento necesario para...

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