Demanda incidental para impugnar la lista de acreedores

AutorvLex
Actualizado aFebrero 2024

AL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº…. DE …………

Don/Doña …………………………., Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de D. ……………………………….., con domicilio en …………………, según poder que se acompaña con el presente escrito como DOCUMENTO NÚM. 1, asistido del Letrado Don/Doña ………………., comparece y como mejor procede en Derecho DICE:

Que por medio del presente escrito, dentro del plazo de 10 días que establece el artículo 297.1 TRLC, formulo DEMANDA DE INCIDENTE CONCURSAL DE IMPUGNACIÓN DE LA LISTA DE ACREEDORES en base a los siguientes:

HECHOS

PRIMERO.- El proceso concursal número …../….. se inició por auto de fecha ….. de ………. de …… En fecha ….. de ………. de …… se aprobó la lista de acreedores, con el siguiente contenido:

  • ………………..
  • ………………..
  • ………………..

SEGUNDO.- ....................

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

En cuanto a la jurisdicción, le corresponde tramitar el presente procedimiento a los Juzgados de lo Mercantil conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del Texto Refundido de la Ley Concursal y el artículo 86 ter de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Por otro lado, es competente el presente Juzgado Mercantil con base en el artículo 532.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal.

SEGUNDO.- LEGITIMACIÓN

Se ostenta legitimación activa por ser mi mandante uno de los sujetos comprendidos en el artículo 297.1 TRLC.

El artículo 534.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal considera partes demandadas aquellas contra las que se dirija la demanda.

TERCERO.- PLAZO

La presente demanda se interpone dentro del plazo de diez días que recoge el artículo 297.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal.

CUARTO.- PROCEDIMIENTO

El artículo 300 del Texto Refundido de la Ley Concursal establece que la impugnación de la lista de acreedores debe sustanciarse por los cauces del incidente concursal recogido en los artículos 532 ss TRLC.

QUINTO.- FONDO DEL ASUNTO

Que el artículo 298 TRLC en su apartado segundo indica que la impugnación de la lista de acreedores podrá referirse a la inclusión o a la exclusión de créditos concursales, así como a la cuantía o a la clasificación de los reconocidos. En este sentido interesa:

[Opción A: La inclusión del derecho concursal identificado en la lista de acreedores como ……………….. puesto que ………………..

Opción B: La exclusión del derecho concursal identificado en la lista de acreedores como ……………….. puesto que ………………..

Opción C: Que se modifique la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR