Sentencias sobre Acumulación y refundición de penas

324 sentencias sobre Sentencias sobre Acumulación y refundición de penas

  • STS 473/2013, 29 de Mayo de 2013

    PROCESO PENAL. ACUMULACION DE CONDENAS. A la vista de lo que queda señalado, es evidente que la pretensión que formula el recurrente en su segundo motivo, buscando la inclusión de las restantes condenas en el grupo que formó el órgano de instancia, no puede tener acogida. Ocurre además que, frente al esquema que se acaba de señalar, el Juzgado de origen dictó acumulación sobre las ejecutorias 8ª,

  • STS 497/2014, 24 de Junio de 2014

    Acumulación de condenas.

  • STS 416/2014, 21 de Mayo de 2014

    - Declaración de nulidad de auto de refundición de condenas con el fin de que se especifiquen pormenorizadamente las ejecutorias cuya acumulación se interesa y se complementen las actuaciones con los datos que solicita el Ministerio Fiscal.

  • STS 346/2015, 9 de Junio de 2015

    ACUMULACIÓN Y REFUNDICIÓN DE PENAS. El único límite a la acumulación se encuentra en la conexidad cronológica, de suerte que cabrá la acumulación siempre que todas las causas pudieran haber sido enjuiciadas en una misma causa. Se trata de ajustar la respuesta punitiva, en fase penitenciaria, a módulos temporales aceptable que no impidan el objetivo final de la vocación de reinserción a que por...

  • STS 556/2014, 10 de Julio de 2014

    ACUMULACIÓN DE CONDENA: la resolución a que se refiere el art. 988 de la LECrim obliga a fijar, en todo caso, el límite de cumplimiento. Doctrina general.

  • STS 1078/2012, 8 de Noviembre de 2012

    En un solo grado redujo la Sala de instancia la pena aplicada a la conspiración para el asesinato terrorista, lo que nos lleva a un abanico punitivo de entre diez y veinte años menos un día de prisión, por ello no procede aplicar ninguna de las reglas agravadas del art. 70 CP.

  • STS 533/2014, 24 de Junio de 2014

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. DENEGACIÓN. ROBO CON FUERZA. QUEBRANTAMIENTO DE CONDENA. El veto legal obedece al riesgo que existiría de que se facilitara la comisión de nuevos delitos cuando un condenado, por las penas que ya tiene impuestas, sabe que puede cometer algún delito porque la pena correspondiente a esta nueva infracción no tendría que cumplirla al haberse ya superado, con las condenas...

  • STS 361/2016, 27 de Abril de 2016

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. La acumulación de penas deberá realizarse partiendo de la sentencia más antigua, pues al contenerse en ella los hechos enjuiciados en primer lugar, servirá de referencia respecto de los demás hechos enjuiciados en las otras sentencias. A esa condena se acumularán todas las posteriores relativas a hechos cometidos antes de esa primera sentencia. Se estima la casación.

  • STS 452/2018, 10 de Octubre de 2018

    EJECUCIÓN DE LAS PENAS. ACUMULACIÓN DE PENAS SUSPENDIDAS. En aplicación del Acuerdo del Pleno no Jurisdiccional de 27 de junio de 2018, las condenas con la suspensión de la ejecución reconocida, deben incluirse en la acumulación si ello favoreciere al condenado y se considerarán las menos graves, para el sucesivo cumplimiento, de modo que resultarán extinguidas cuando se alcance el periodo máximo

  • STS 549/2013, 20 de Junio de 2013

    - Declaración de nulidad de auto de refundición de condenas con el fin de que se especifiquen pormenorizadamente las ejecutorias cuya acumulación se interesa.

  • STS 361/2014, 12 de Mayo de 2014

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. Dicho lo anterior el agrupamiento de condenas que podía favorecer al recurrente sería la producida con las condenas 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º y 9º. Si observamos la fecha de comisión de los hechos todas ellas podían haber sido enjuiciadas en la número 2º que toma como referencia temporal el 13-4-11. Pero es que si todas esas causas pudieron celebrarse en tal data,...

  • STS 12/2011, 2 de Febrero de 2011

    Acumulación de condenas.

  • STS 806/2013, 30 de Octubre de 2013

    - ACUMULACIÓN DE CONDENAS - Prevalencia del criterio del Fiscal, frente al auto recurrido y a la pretensión del recurrente. Decisión más beneficiosa para el reo.

  • STS 488/2015, 22 de Julio de 2015

    ACUMULACIÓN DE PENAS. La imposibilidad de acumulación cuando se imponen penas correspondientes a dos Códigos diferentes, solo será aplicable a los supuestos en que todos los delitos sobre los que pudiera operar el límite temporal se hayan cometido bajo la vigencia del actual Código Penal o si se hubiesen cometido y enjuiciado bajo la vigencia del anterior, habiéndose revisado y adaptado al...

  • STS 673/2012, 27 de Julio de 2012

    PROCESO PENAL. También lo es, y de ello no cabe la más mínima duda, que al aportar el centro penitenciario competente las pertinentes hojas de cálculo, en todo momento parte de ese máximo de treinta años para, desde él, aplicar las reducciones por días de redención, sin que el Tribunal ejecutante haya realizado liquidación alguna contraria a estas pautas sino en el momento actual. Tampoco consta

  • STS 481/2013, 6 de Junio de 2013

    ACUMULACION DE CONDENA. Tal solución además se asienta no sólo en la propia exigencia expresa contenida en el artículo 76 del Código Penal , sino, también, en el hecho evidente de que, de no hacerse así, siempre serían posibles sucesivas acumulaciones de condenas "ad infinitum", de modo que quien ya hubiere alcanzado los límites máximos de cumplimiento en la primera de ellas, o cualquiera otra...

  • STS 181/2018, 13 de Abril de 2018

    ACUMULACIÓN CONDENAS. Las condenas cuya acumulación proceda respecto de esta sentencia más antigua, ya no podrán ser objeto de posteriores operaciones de acumulación en relación con las demás sentencias restantes. Si la acumulación no es viable, nada impediría su reconsideración respecto de cualquiera de las sentencias posteriores, acordando su acumulación si entre sí son susceptibles de ello. Se

  • STS 273/2018, 6 de Junio de 2018

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. La acumulación de penas deberá realizarse partiendo de la sentencia más antigua, pues al contenerse en ella los hechos enjuiciados en primer lugar, servirá de referencia respecto de los demás hechos enjuiciados en las otras sentencias. A esa condena se acumularán todas las posteriores relativas a hechos cometidos antes de esa primera sentencia. Se estima la casación.

  • STS 121/2018, 14 de Marzo de 2018

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. Las condenas cuya acumulación proceda respecto de esta sentencia más antigua, ya no podrán ser objeto de posteriores operaciones de acumulación en relación con las demás sentencias restantes. Si la acumulación no es viable, nada impediría su reconsideración respecto de cualquiera de las sentencias posteriores, acordando su acumulación si entre sí son susceptibles de ello.

  • STS 154/2018, 3 de Abril de 2018

    ACUMULACIÓN DE PENAS. Las condenas cuya acumulación proceda respecto de esta sentencia más antigua, ya no podrán ser objeto de posteriores operaciones de acumulación en relación con las demás sentencias restantes. Si la acumulación no es viable, nada impediría su reconsideración respecto de cualquiera de las sentencias posteriores, acordando su acumulación si entre sí son susceptibles de ello. Se

  • STS 206/2018, 26 de Abril de 2018

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. Las condenas cuya acumulación proceda respecto de esta sentencia más antigua, ya no podrán ser objeto de posteriores operaciones de acumulación en relación con las demás sentencias restantes. Si la acumulación no es viable, nada impediría su reconsideración respecto de cualquiera de las sentencias posteriores, acordando su acumulación si entre sí son susceptibles de ello.

  • STS 819/2017, 13 de Diciembre de 2017

    ACUMULACIÓN Y REFUNDICIÓN DE PENAS. Es insuficiente la mera petición personal del condenado para iniciar el procedimiento sin que con posterioridad, asistido técnicamente por letrado, se le dé audiencia a la vista de la documentación unida (hoja histórico penal y testimonio de las sentencias condenatorias) y del dictamen del Ministerio Fiscal. Se estima la casación.

  • STS 224/2018, 16 de Mayo de 2018

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. Las condenas cuya acumulación proceda respecto de esta sentencia más antigua, ya no podrán ser objeto de posteriores operaciones de acumulación en relación con las demás sentencias restantes. Si la acumulación no es viable, nada impediría su reconsideración respecto de cualquiera de las sentencias posteriores, acordando su acumulación si entre sí son susceptibles de ello.

  • STS 241/2018, 23 de Mayo de 2018

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. Las condenas cuya acumulación proceda respecto de esta sentencia más antigua, ya no podrán ser objeto de posteriores operaciones de acumulación en relación con las demás sentencias restantes. Si la acumulación no es viable, nada impediría su reconsideración respecto de cualquiera de las sentencias posteriores, acordando su acumulación si entre sí son susceptibles de ello.

  • STS 190/2018, 18 de Abril de 2018

    ACUMULACIÓN DE CONDENAS. Las condenas cuya acumulación proceda respecto de esta sentencia más antigua, ya no podrán ser objeto de posteriores operaciones de acumulación en relación con las demás sentencias restantes. Sin embargo, si la acumulación no es viable, nada impediría su reconsideración respecto de cualquiera de las sentencias posteriores, acordando su acumulación si entre sí son...

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