Third party funding: concepto y viabilidad en Chile

AutorMontserrat Castro Matus
Páginas449-501
1. Introducción
Uno de los factores cruciales a considerar al momento de enfren-
tarnos a un juicio –o al plantearnos la posibilidad de iniciar uno–, inde-
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CAPÍTULO 11
THIRD PARTY FUNDING: CONCEPTO
Y VIABILIDAD EN CHILE
Montserrat Castro Matus
Licenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad de Chile. Ayudante de Cátedra
e integrante del equipo Derecho Uchile Competencia Internacional de Arbitraje
SUMARIO: 1. Introducción. 2. Concepto de Third Party Funding. 2.1. Third Par-
ty Funders o Fondos de litigación. 2.2. Antecedentes y fuente material del Third
Party Funding. 2.2.1. Antecedentes del crecimiento de la industria de Third Party
Funding. 2.2.2. Fuente material del Third Party Funding. 3. Naturaleza jurídica del
contrato de Third Party Funding. 3.1. Comparación entre Third Party Funding y
otros medios de f‌inanciamiento de litigios. 3.1.1. Honorarios legales sujetos al éxi-
to. 3.1.2. Seguros. 3.1.3. Cesión de derechos litigiosos. 3.1.4. Préstamos. 3.2.
Acuerdo de Third Party Funding como contrato particular. 4. Efectos del Third Party
Funding. 4.1. Benef‌icios. 4.1.1. Acceso a la justicia. 4.1.2. Asesoría y experiencia
del Third Party Funder. 4.1.3. Disuasión. 4.2. Riesgos y problemáticas. 4.2.1. Liti-
gación frívola y sin mérito. 4.2.2. Sobrecarga del sistema judicial. 4.2.3. Conf‌lictos
de interés. 4.2.4. Otros riesgos y posibles soluciones. 5. Experiencia comparada. 6.
Third Party Funding en Chile. 7. Conclusiones. 8. Bibliografía citada.
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pendiente del mérito o importancia que este tenga, es el costo que implica,
cómo este se compara con los potenciales benecios a obtener, y el riesgo
intrínseco que supone: tener éxito, o bien, fracasar. Asimismo, en el su-
puesto de defendernos de una acción interpuesta en nuestra contra, el
cómo hacer frente a esta, es una interrogante que surge en todos los casos
–ya sea fácil o difícil de responder–.
Dentro de las opciones para hacer frente a los gastos y el riesgo que
signica tomar parte en un litigio, fuera de hacerse cargo de estos por sí
mismo, se encuentran aquellas vías por las que se recurre a un tercero en
busca de nanciamiento. Estas pueden consistir en préstamos de familiares,
amigos o bancos, honorarios contingentes al éxito o cuota litis, la cesión
de derechos litigiosos, seguros legales, o bien «nanciamiento a través de
entidades nancieras que desarrollan esa actividad en forma profesional»1.
Estas entidades son parte de un reciente fenómeno denominado
«Third Party Funding»2 (en adelante, «TPF»), en el que, como fuentes no
tradicionales de nanciamiento (es decir, distintas de las fuentes mencio-
nadas anteriormente) proveen capital ya sea a demandantes, demandados,
o a sus respectivos abogados, para respaldar actividades relacionadas a un
litigio3. En un principio, bajo este concepto puede englobarse una serie de
prácticas cuyo n último es esencialmente el mismo, pero entre los que
diferencias sutiles cambian diametralmente su naturaleza y sus efectos.
Sin embargo, aquello que caracteriza y diferencia a este fenómeno
–según se profundizará en el desarrollo de este análisis– es que institu-
ciones externas al conicto, invierten en un caso, ofreciendo al solicitante
1 MEREMINSKAYA (2017).
2 También se puede encontrar denominado como: Third-party litigation nancing (fi-
nanciamiento de litigios por parte de terceros), claim funding (financiamiento de de-
mandas), an alternative to litigation financing (una alternativa al financiamiento de
litigios), litigation lending (préstamo en litigios), entre otros [Traducciones propias].
3 GARBER, Steven. Alternative Litigation Financing in The United States: Issues,
Knowns and Unknowns. En: FAURE & DE MOT (2012), pp. 743-744.
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el nanciamiento suciente para cubrir los costos del juicio a cambio de
un porcentaje del resultado4. Entonces, tal inversión, si el resultado no es
favorable, no recibe compensación alguna5.
Los benecios que promete el TPF a un nivel público son nume-
rosos, haciéndolo una innovación sumamente atractiva. Entre ellos, los
partidarios del TPF argumentan que haría más eciente los litigios (seña-
lando que disminuiría los tiempos, los costos, e incluso podría aumentar
el valor de un caso6), desincentivaría conductas dañosas (incentivando, a
su vez, a una mayor cautela al accionar), y garantizaría un mayor acceso
a la justicia a demandantes con un menor poder adquisitivo7.
Por el otro lado, los críticos de esta gura cuestionan los efectos no
deseados que en la práctica podría tener su implementación. Si bien se ha
hecho notar que no existe un estudio pormenorizado8 de los efectos que
el TPF tendría en los sistemas en los que tiene mayor presencia, se argu-
menta que esta práctica induciría un aumento en litigios frívolos o poco
justicados (afectando negativamente la calidad de las demandas civiles,
así como el volumen de causas que ingresan a Tribunales), alteraría la
relación abogado-cliente (creando conictos de interés), crearía proble-
máticas respecto de la responsabilidad profesional y pondría en jaque el
privilegio de condencialidad entre abogados y clientes, entre otros9.
4 DERAINS (2013), p. 5.
5 DERAINS (2013), p. 5.
6 DeStefano, Michele. Nonlawyers Influencing Lawyers: Too Many Cooks in the
Kitchen or Stone Soup?. En: SHAMIR (2016), p. 147.
7 SHAMIR (2016), pp. 146-147.
8 En esta línea, a pesar de que se han hecho análisis al respecto, se ha señalado que
estos han sido excesivamente locales y restringidos al sistema legal doméstico,
por lo que en definitiva, la doctrina no ha sido capaz de evidenciar los cambios
que se están viviendo y la dirección a la que apuntamos, desde una perspectiva
global; DE MORPURGO (2011), p. 348.
9 SHAMIR (2016), pp. 147-148.

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