Digitalización de la sociedad y logro de los derechos de las mujeres (ODS 5): el lance de no dejar a nadie atrás

AutorEva María Rubio Fernández
Cargo del AutorProfesora Colaboradora (LIC) (LOU) de la Universidad de Murcia
Páginas163-171
CAPÍTULO XIX.
DIGITALIZACIÓN DE LA SOCIEDAD Y LOGRO DE LOS
DERECHOS DE LAS MUJERES ODS 5: EL LANCE DE NO
DEJAR A NADIE ATRÁS
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Profesora Colaboradora (LIC) (LOU) de la Universidad de Murcia
1. INTRODUCCIÓN
Los Objetivos de Desarrollo Sostenible (en adelante, ODS) tienen como dos de sus
nalidades la realización de los derechos humanos de todas las personas y la consecu-
ción de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y niñas, partiéndose
de la premisa del carácter indivisible e integrado de estos y sus metas, así como de la
imperiosidad de la integración sistemática de la perspectiva de género en la Agenda
2030 (y su seguimiento y revisión)1. Por su parte, desde  nales del siglo XX se asiste a
un proceso de digitalización creciente de las actividades e interrelaciones que acaecen
en la sociedad, acrecentado y variado en cierto modo en sus sinergias por la pandemia
del COVID19, que ha llevado a poner de mani esto la conexión que existe entre las
tecnologías de la información y de la comunicación (en adelante, TIC) y la consecución
de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, primero,2 y de los ODS, después3. A su vez, la
Asamblea General de Naciones Unidas y el Consejo de Derechos Humanos, alrededor
de las TIC y los derechos humanos, han resaltado que las mismas, especialmente en
relación con sus derivaciones en línea, son esenciales para la garantía del pleno ejercicio
1 Asamblea General de Naciones Unidas (en adelante, AGNU), Doc. A/RES/70/1, de 25 de
septiembre de 2015, Preámbulo, para. 3, paras. 20 y 74 e), especialmente.
2 AGNU, resolución 56/183 sobre la Cumbre Mundial de la Sociedad de la Información, de 21 de
diciembre de 2001, Preámbulo, y resoluciones siguientes.
3 Tras la inicial puesta de relieve por la Asamblea General en Doc. A/RES/69/313, de 27 de julio de
2015, sobre la Agenda de Acción de Addis Abeba de la Tercera Conferencia sobre la Financiación para el
Desarrollo, el órgano plenario subrayaría esta interrelación en el tema las tecnologías de la información y las
comunicaciones para el desarrollo sostenible a partir de Doc. A/RES/71/212, de 21 de diciembre de 2016,
especialmente paras. 3 y 27, pudiendo hallar en las siguientes su reiteración y su última ejemplificación
en Doc. A/RES/75/202, de 21 de diciembre de 2020, Preámbulo y para. 3. Corresponde citar también
las resoluciones adoptadas en el marco del tema sobre el impacto del cambio tecnológico rápido en la
consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (Doc. A/RES/72/242, de 22 de diciembre de 2017,
Doc. A/RES/73/17, de 26 de noviembre de 2018, y Doc. A/RES/75/316, de 27 de agosto de 2021).

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