El derecho procesal penal constitucional en la exclusión de la prueba ilícita mediante la tutela judicial de derechos

AutorJorge Isaac Torres Manrique
Páginas137-161
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CAPÍTULO VI
EL DERECHO PROCESAL PENAL
CONSTITUCIONAL EN LA EXCLUSIÓN
DE LA PRUEBA ILÍCITA MEDIANTE LA
TUTELA JUDICIAL DE DERECHOS
SUMARIO: 1. INTROITO. 2. SOBRE LA TUTELA JUDICIAL DE DE-
RECHOS. 3. SÍNTESIS DE LA RESOLUCIÓN
SUB EXAMINE
. 3.1.
Fundamentos de la Resolución apelada. 3.2. Fundamentos del re-
curso de apelación de la defensa técnica de la investigada. 3.3.
Fundamentos del recurso de apelación de la defensa técnica del
investigado. 3.4. Fundamentos del representante del Ministerio Pú-
blico. 3.5. De la delimitación del pronunciamiento de la Sala de
Apelaciones. 3.6. Fundamentos principales de la Sala Penal de
Apelaciones Nacional. 4. ANÁLISIS DE LA RESOLUCIÓN
IN CO-
MENTO
. 5. CONCLUSIONES. 6. SUGERENCIAS.
DERECHO CONVENCIONAL, DERECHO CONSTITUCIONAL Y DERECHOS FUNDAMENTALES
EL INEVITABLE CAMINO HACIA LA JUSTICIA
JORGE ISAAC TORRES MANRIQUE
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1. INTROITO
La institución jurídica de la tutela judicial de derechos, además de la
buscar proteger los derechos humanos de los investigados en un proceso penal,
comporta ínsitamente la salvaguarda del debido proceso.
Es de resaltar el cuasi reciente arribo de dicha tutela, la misma que aún
no termina de sintonizar con el completo abrace de lo registrado en la Con-
vención Americana sobre Derechos Humanos.
En la presente entrega, elucubramos algunas consideraciones, basilarmente
respecto de la Resolución N° nueve, de fecha 23/06/17, que reere que en au-
diencia pública, los recursos de apelación interpuestos por las defensas técnicas
de los investigados Ollanta Moisés Humala Tasso y Nadine Heredia Alarcón
(en adelante, los investigados), contra la Resolución N° 02, de fecha 18/04/17, del
Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, que declaró infundado el
pedido de tutela de derechos, denegando así excluir de la investigación el material
probatorio incorporado a la carpeta scal (las agendas), desestimando también el
pedido de declaratoria de ilicitud de la pericia practicada sobre los documentos
cuya exclusión probatoria que ha planteado en la audiencia de tutela de derechos,
en el proceso que se les sigue por el presunto delito de lavado de activos.
2. SOBRE LA TUTELA JUDICIAL DE DERECHOS
«La tutela de derechos es precisamente un mecanismo ecaz tendiente al res-
tablecimiento del statu quo de los derechos vulnerados, que encuentra una regulación
expresa en el NCPP, y que debe utilizarse única y exclusivamente cuando haya una
infracción –ya consumada– de los derechos que les asisten a las partes procesales. Como
puede apreciarse, es un mecanismo, más que procesal, de índole constitucional, que se
constituye en la mejor vía reparadora del menoscabo sufrido, y que incluso puede fun-
cionar con mayor eciencia y ecacia que un proceso constitucional de hábeas corpus».54
54 ALVA FLORIÁN, César A. La tutela de derechos en el Código Procesal Penal de
2004. En: Revista Gaceta Penal y Procesal Penal. Tomo 11. Editorial Gaceta Jurídica.

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