Análisis legal constitucional y convencional a la no responsabilidad penal de los gerentes en caso de daño al medio ambiente

AutorJorge Isaac Torres Manrique
Páginas41-61
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CAPÍTULO I
ANÁLISIS LEGAL CONSTITUCIONAL
Y CONVENCIONAL A LA NO
RESPONSABILIDAD PENAL DE
LOS GERENTES EN CASO DE
DAÑO AL MEDIO AMBIENTE
SUMARIO: 1. A MODO DE APROXIMACIÓN. 2. ACERCA DE LA
RESPONSABILIDAD PENAL EN LOS DELITOS CONTRA EL MEDIO
AMBIENTE. 3. SOBRE EL DELITO DE RESPONSABILIDAD DE LOS
REPRESENTANTES LEGALES DE LAS PERSONAS JURÍDICAS. 4.
SOBRE LA TEORÍA DE INFRACCIÓN DEL DEBER. 5. DERECHOS
TRANSINDIVIDUALES. 6. PRINCIPIOS LEGALES, CONSTITUCIO-
NALES Y PENALES A TOMAR EN CUENTA. 6.1. De sostenibilidad.
6.2. De tutela jurídica. 6.3. De imputación necesaria. 6.4. Motiva-
ción de resoluciones judiciales. 6.5. De proscripción de la respon-
sabilidad objetiva. 7. DERECHOS FUNDAMENTALES Y CONVEN-
CIONALES A CONSIDERAR. 7.1. Derechos Fundamentales. 7.1.1.
Debido proceso y tutela jurisdiccional. 7.1.2. Presunción de inocen-
cia. 7.1.3. Legalidad. 7.1.4. Especif‌icidad y Textualidad. 7.2. Dere-
chos convencionales. 8. SÍNTESIS DE LA CASACIÓN IN EXAMINE.
9. ANÁLISIS DE LA RESOLUCIÓN IN COMENTO. 10. CONCLUSIO-
NES. 11. SUGERENCIAS.
DERECHO CONVENCIONAL, DERECHO CONSTITUCIONAL Y DERECHOS FUNDAMENTALES
EL INEVITABLE CAMINO HACIA LA JUSTICIA
JORGE ISAAC TORRES MANRIQUE
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1. A MODO DE APROXIMACIÓN
Una de las grandes preocupaciones en la temática de protección del
medio ambiente, es la efectiva tutela o salvaguarda del mismo.
Uno de los puntos basilares para la efectividad de dicha tutela, se consti-
tuye la plasmación de la respectiva responsabilidad penal para los funcionarios
responsables.
En la presente entrega, analizamos los alcances de la Sentencia de Ca-
sación expedida en fecha 19/06/18, por la Sala Penal Permanente de la Corte
Suprema de Justicia peruana, Cas. N° 455– 2017– PASCO. A la vez de deter-
minar, si efectivamente resulta constitucional y justo, que los gerentes no sean
pasibles de merecer pena privativa de libertad ante la plasmación de un daño
ambiental.
Pero además, a efectos de determinar la eventual afectación a la sosteni-
bilidad medio ambiental, como consecuencia del vertimiento de los euentes
mineros metalúrgicos referidos y a su vez, tutelar de manera efectiva los dere-
chos transindividuales o supraindividuales.
2. ACERCA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL EN
LOS DELITOS CONTRA EL MEDIO AMBIENTE
En el presente punto, es de verse el contenido del Art. 304.-, del Código
Penal peruano, que respecto del delito de contaminación ambiental; juridiza:
«El que, infringiendo leyes, reglamentos o límites máximos permisibles, provoque o
realice descargas, emisiones, emisiones de gases tóxicos, emisiones de ruido, ltracio-
nes, vertimientos o radiaciones contaminantes en la atmósfera, el suelo, el subsuelo,
las aguas terrestres, marítimas o subterráneas, que cause o pueda causar perjuicio,
alteración o daño grave al ambiente o sus componentes, la calidad ambiental o la
salud ambiental, según la calicación reglamentaria de la autoridad ambiental, será
reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis
años y con cien a seiscientos días-multa. Si el agente actuó por culpa, la pena será
privativa de libertad no mayor de tres años o prestación de servicios comunitarios
de cuarenta a ochenta jornadas».

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