Sentencias sobre Responsabilidad de la empresa

1941 sentencias sobre Sentencias sobre Responsabilidad de la empresa

  • STSJ Comunidad de Madrid 468/2016, 20 de Junio de 2016

    ACCIDENTE DE TRABAJO. RECARGO POR OMISIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. La efectividad de las medidas preventivas deberá prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador. Para su adopción se tendrán en cuenta los riesgos adicionales que pudieran implicar determinadas medidas preventivas, las cuales sólo podrán adoptarse cuando la magnitud de dichos riesgos sea...

  • STSJ Andalucía 1716/2013, 24 de Octubre de 2013

    ACCIDENTE DE TRABAJO. RECARGO DE PRESTACIONES. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. No se trata de la exigencia de un control máximo y continuado, pero sí de un control efectivo, que no puede afirmarse se haya producido en el presente caso por todo lo antes razonado. De ello deriva la responsabilidad de la empresa principal ya que, es, el hecho de la producción del accidente dentro de la esfera de la

  • STSJ Galicia 3248/2014, 11 de Junio de 2014

    ACCIDENTE DE TRABAJO. RECARGO DE PRESTACIONES. Cuando la lesión se produzca por máquinas, artefactos, o en instalaciones, centros o lugares de trabajo que carezcan de los dispositivos de precaución reglamentarios, los tengan inutilizados o en malas condiciones, o cuando no se hayan observado las medidas generales o particulares de seguridad e higiene en el trabajo o las elementales de salubridad...

  • STSJ Comunidad de Madrid 1058/2014, 13 de Noviembre de 2014

    ACCIDENTE DE TRABAJO. MEDIDAS DE SEGURIDAD. RECARGO DE PRESTACIONES. En el ámbito de las relaciones del personal civil al servicio de las Administraciones públicas, las infracciones serán objeto de responsabilidad a través de la imposición, por resolución de la autoridad competente, de la realización de las medidas correctoras de los correspondientes incumplimientos, conforme al procedimiento que

  • STSJ Cataluña 2658/2016, 29 de Abril de 2016

    ACCIDENTE DE TRABAJO. RECARGO POR OMISIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. El empresario adoptará las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que debe realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y salud de los trabajadores. Se desestima la suplicación.

  • STSJ Andalucía 2605/2014, 15 de Octubre de 2014

    ACCIDENTE DE TRABAJO. No queda enervada la responsabilidad de la empresa, pues en absoluto queda acreditado que la misma hubiera agotado toda diligencia exigible, lo que le corresponde, pues siendo el empresario el que controla y organiza el proceso productivo, a el incumbe organizar también todos los medios necesarios para hacer el trabajo seguro y evitar todos los riesgos posibles. Se estima la

  • STSJ Asturias 1001/2018, 24 de Abril de 2018

    RECARGO POR OMISIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. Lo acreditado en la instancia es que el trabajador no disponía del equipo de protección individual. Siendo la empresa usuaria la responsable de las condiciones de ejecución del trabajo en todo lo relativo a la seguridad y salud, debemos afirmar que la ausencia de este equipo de protección, junto con el peligro de la propia estructura de la plataforma...

  • STSJ Cataluña 8228/2008, 5 de Noviembre de 2008

    ACCIDENTE DE TRABAJO. MEDIDAS DE SEGURIDAD. RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL. Se establece que es el hecho de la producción del accidente dentro de la esfera de la responsabilidad del empresario principal en materia de seguridad e higiene lo que determina en caso de incumplimiento la extensión a aquél de la responsabilidad en la reparación del daño causado, pues no se trata de un mecanismo de...

  • STSJ Extremadura 264/2013, 13 de Junio de 2013

    ACCIDENTE DE TRABAJO. RECARGO DE PRESTACIONES. No puede imputarse responsabilidad alguna al trabajador cuando la empresa ha incumplido abiertamente con su obligación, a pesar de conocer el riesgo. Y tampoco puede apreciarse arbitrariedad alguna en la valoración de la declaración del mencionado testigo efectuada por el juzgador cuando gozaba de la credibilidad de ambas partes, estuvo presente en...

  • STSJ País Vasco 2278/2014, 2 de Diciembre de 2014

    ACCIDENTE DE TRABAJO. FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD E HIGIENE. La falta de adecuación del trabajo en método de tensión eléctrica, y la ausencia de vigilancia para con la utilización de los equipos de protección individuales de esos concretos trabajadores accidentados y su ejecución con herramientas totalmente inadecuadas, por no tener aislamiento eléctrico, conducen a la verdadera infracción...

  • STSJ Andalucía 1231/2016, 5 de Mayo de 2016

    RECARGO POR OMISIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. Deben adoptarse las medidas de protección que sean necesarias, cualesquiera que ellas fueran. Y esta protección se dispensa aún en los supuestos de imprudencia no temeraria del trabajador. No quiere ello decir que el mero acaecimiento del accidente implique necesariamente violación de medidas de seguridad, pero sí que las vulneraciones de los mandatos...

  • STSJ Cantabria 451/2016, 6 de Mayo de 2016

    RECARGO POR OMISIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. Aunque no concurra una absoluta falta de medidas de seguridad e incluso pueda considerase que el trabajador pudo haber incurrido en imprudencia profesional o exceso de confianza en la ejecución del trabajo, estas circunstancias no tienen entidad suficiente para excluir totalmente la imputación de las infracciones a la empresa obligada a garantizar a...

  • STSJ Murcia 99/2016, 22 de Febrero de 2016

    OMISIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. RECARGO. Es cierto que esta conexión puede romperse según la doctrina de esta Sala cuando la infracción es imputable al propio interesado, si bien tendremos presente que lo esencial a estos efectos consiste en determinar si esa conducta imprudente del trabajador supuso por sí misma causa eficiente para producir el resultado lesivo. De no ser así, la imprudencia...

  • STSJ Galicia 1368/2016, 7 de Marzo de 2016

    ACCIDENTE DE TRABAJO. ENFERMEDAD PROFESIONAL. Deben adoptarse las medidas de protección que sean necesarias, cualesquiera que ellas fueran. Y esta protección se dispensa aún en los supuestos de imprudencia no temeraria del trabajador. No quiere ello decir que el mero acaecimiento del accidente implique necesariamente violación de medidas de seguridad, pero sí que las vulneraciones de los mandatos

  • STSJ Extremadura 284/2013, 25 de Junio de 2013

    ACCIDENTE DE TRABAJO. PRESTACIONES. RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA. Tales normas no se cumplían en el trabajo que realizaba el accidentado pues en el lugar en que se realizaba no debía emplearse una escalera sino otros equipos de trabajo más seguros ya que el trabajador usó la escalera porque no podía llegar al lugar de trabajo desde la plataforma que existía y para ello tenía que apoyar un pie en

  • STSJ Galicia 3622/2014, 30 de Junio de 2014

    ACCIDENTE DE TRABAJO. MEDIDAS DE SEGURIDAD. RECARGO. No se trata de la exigencia de un control máximo y continuado, pero sí de un control efectivo, que no puede afirmarse se haya producido en el presente caso, visto que no consta que la empresa recurrente hubiera realizado inspección alguna de la actividad que la contratista. De ello deriva la responsabilidad de la empresa principal. Se estima la

  • STSJ Andalucía 1622/2014, 11 de Junio de 2014

    ACCIDENTE DE TRABAJO. FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. RESPONSABILIDAD EMPRESARIAL. La imprudencia profesional o exceso de confianza en la ejecución del trabajo no tiene, en el supuesto que nos ocupa, entidad suficiente para excluir totalmente o alterar la imputación de la infracción a la empresa, que es la que está obligada a garantizar a sus trabajadores una protección eficaz en materia de...

  • STSJ Galicia 4622/2014, 29 de Septiembre de 2014

    ACCIDENTE DE TRABAJO. RECARGO DE PRESTACIONES. Deben adoptarse las medidas de protección que sean necesarias, cualesquiera que ellas fueran. Esta protección se dispensa aún en los supuestos de imprudencia no temeraria del trabajador. No quiere ello decir que el mero acaecimiento del accidente implique necesariamente la infracción de medidas de seguridad, pero sí que las vulneraciones de los...

  • STSJ País Vasco 1503/2014, 22 de Julio de 2014

    ACCIDENTE DE TRABAJO. FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO. El obligado planteamiento de la mejora constante de las condiciones de trabajo obliga a la revisión de la evaluación de riesgos existente sugiriendo la conveniencia de considerar de modo específico en aquélla la realización de trabajos de alta montaña, lo cual denota un incumplimiento empresarial en materia de seguridad...

  • STSJ Galicia 3564/2014, 16 de Junio de 2014

    ACCIDENTE DE TRABAJO. RECARGO DE PRESTACIONES. Se ha admitido que el porcentaje fijado por el órgano judicial de instancia (tanto manteniendo el fijado en vía administrativa como fijándolo por primera vez en sede judicial) tal porcentaje puede ser modificado por la Sala de suplicación si resulta manifiestamente desproporcionado a las circunstancia del caso y gravedad de la falta. Se estima en...

  • STSJ Galicia 3162/2014, 12 de Junio de 2014

    ACCIDENTE DE TRABAJO. FALTA DE MEDIDAS DE SEGURIDAD E HIGIENE. Deben adoptarse las medidas de protección que sean necesarias, cualesquiera que ellas fueran . Y esta protección se dispensa aún en los supuestos de imprudencia no temeraria del trabajador. No quiere ello decir que el mero acaecimiento del accidente implique necesariamente la infracción de medidas de seguridad. Se desestima la...

  • STSJ Galicia 4564/2015, 23 de Julio de 2015

    ACCIDENTE DE TRABAJO. RECARGO DE PRESTACIONES. La petición de reducción del recargo a imponer a las empresas demandadas al 30% resulta ajustada a derecho, máxime si como resulta de los inmodificados hechos probados de la resolución de instancia, el demandante se encontraba, junto con un peón, colocando en la fachada un sillar de piedra de un peso de algo más de 100 kg, cayéndose por el hueco...

  • STSJ Andalucía 3484/2017, 23 de Noviembre de 2017

    RECARGO POR OMISIÓN DE MEDIDAS DE SEGURIDAD. CONTINGENCIAS PROTEGIBLES. Sin perjuicio de que hubiera podido existir cierta imprudencia por parte del trabajador, la misma ni puede considerarse temeraria ni excluye la existencia de responsabilidad por parte de la empresa, existiendo, en todo caso, una concurrencia de culpas que justifica la imposición del recargo en su grado mínimo. Se desestima la

  • STS, 27 de Noviembre de 2000

    ACCIDENTE DE TRABAJO. PRESTACIONES. SEGURIDAD SOCIAL. En relación con la responsabilidad empresarial por falta de cotización en las prestaciones derivadas de accidente laboral, si se trata de incumplimientos empresariales transitorios, es responsabilidad de la entidad gestora, y si son incumplimientos definitivos y voluntarios es responsabilidad de la empresa, y subsidiariamente el INSS. Se...

  • STS, 20 de Julio de 2000

    RECURSO DE CASACIÓN PARA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. CUESTIONES CASUISTICAS. Se impugna sentencia. La valoración de supuestos casuisticos y circunstanciales no es materia propia del recurso de Casación para la Unificación de doctrina. La demanda fue desestimada. La suplicación fue desestimada. La casación fue desestimada

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