Sentencias sobre Nulidad radical

447 sentencias sobre Sentencias sobre Nulidad radical

  • STSJ País Vasco , 26 de Junio de 2007

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. EMPLEADOR. RETRIBUCIÓN. El empleador sea público o privado debe de abonar las retribuciones que correspondan a las funciones realmente ejercidas. Se desestima el recurso.

  • STSJ Canarias , 15 de Septiembre de 2004

    DECLARACIÓN DE DESPIDO NULO. No puede apreciarse que exista una extinción de los contratos a fin de que se pueda aplicar el art. 49 c) del Estatuto de los Trabajadores , puesto que la decisión del propio Ayuntamiento fue la de un despido por causas económicas y organizativas que nunca acreditó e invirtiendo la carga de la prueba a dicho Organismo, éste tuvo la necesidad de demostrar que el cese...

  • STSJ Comunidad de Madrid 269/2009, 22 de Abril de 2009

    CONTRATO TEMPORAL. FRAUDE DE LEY. Si bien no desconoce que la denominación del servicio a realizar no es sustancialmente idéntico, no es menos cierto, que la actora participaba en un proyecto para "la selección de materias primas, composición, diseño y conformación de nuevos composites de función adsorbentes con base a carbones activados", y realizaba en ambos contratos funciones, esencialmente...

  • STSJ Comunidad de Madrid 77/2008, 4 de Febrero de 2008

    CONTRATO DE TRABAJO. CONVENIO COLECTIVO. DISCRIMINACIÓN. MUJER. MADRE. DERECHOS FUNDAMENTALES. El procedimiento instado por la trabajadora recurrente se plantea en la modalidad procesal de derechos fundamentales, en el presente caso por inaplicación del principio de igualdad y derecho a no ser discriminada con fundamento en el art. 14 de la CE por su condición de mujer y madre, instándose en...

  • STSJ Comunidad de Madrid 530/2005, 13 de Junio de 2005

    PERSONAL ESTATUTARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. TRIENIOS. Por ello, la exigencia incondicional de fijeza de plantilla o, cuando menos, del carácter indefinido de la contratación para poder devengar complemento de antigüedad en el caso del personal laboral al servicio del Organismo demandado, entraña una clara vulneración de las prevenciones legales que acabamos de citar. En efecto, aunque no

  • STSJ Comunidad de Madrid 302/2006, 10 de Abril de 2006

    TUTELA DE DERECHOS FUNDAMENTALES. DISCRIMINACIÓN POR RAZÓN DE EDAD: Tal como resulta de lo dispuesto en la Directiva, los Estados miembros podrán disponer que las diferencias de trato por motivos de edad no constituirán discriminación si están justificadas objetiva y razonablemente, en el marco del derecho nacional, por una finalidad legítima. La diferencia de trato por razón de edad sólo puede...

  • STSJ Comunidad de Madrid 218/2005, 29 de Marzo de 2005

    DESPIDO. Aunque es cierto que el reconocimiento de improcedencia del despido en el acto de conciliación administrativo, y a los efectos del art. 56 .2 ET, no impide que el empresario pueda mantener la procedencia del despido en el acto de juicio, lo que no es posible admitir es que en ese acto y en este momento se siga manteniendo la improcedencia del despido y alegando que la causa es real.

  • STSJ Cataluña 2708/2005, 30 de Marzo de 2005

    "RELACIÓN LABORAL. DESPIDO. INDEMNIZACIÓN. Se reclama contra la sentencia de instancia declara nulo el despido de la actora y condena al pago de una indemnización perjuicios y al abono del pago de la minuta de la letrada de la parte demandante. La nueva regulación de las causas de despido impone ahora que la medida contribuya a """"superar las dificultades que impidan el buen funcionamiento de

  • STSJ Cataluña 3462/2005, 20 de Abril de 2005

    "CONTRATACIÓN TEMPORAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN. CONTRATACIÓN EN FRAUDE A LA LEY. La actora reclama se declare que la relación laboral que la une con la sociedad demandada es fija de plantilla con la categoría profesional de ACR. El contrato de eventualidad solo está justificado cuando ""la necesidad de trabajo es, en principio, imprevisible y queda fuera de cualquier ciclo de...

  • STSJ Comunidad Valenciana 537/2005, 21 de Febrero de 2005

    PLUS DE ASISTENCIA. Al derecho adquirido que se cuestiona, no le es de aplicación la actual redacción del art. 15.6 del Estatuto de los Trabajadores, que impide aplicar tratamiento discriminatorio, por el tipo de contrato, por cuanto en la época en que se adquirieron no estaba este precepto en vigor, en su actual redacción, dada por la Ley 12/2001, habiendo sentado la jurisprudencia que...

  • STSJ Murcia , 6 de Julio de 2004

    COMPLEMENTO DE ANTIGÜEDAD. TRABAJADORES FIJOS Y TEMPORALES. No se aceptan las diferencias de trato que en los Convenios se producen entre los trabajadores fijos y los temporales en relación con el complemento de antigüedad, en clara defensa de un principio de igualdad de trato entre fijos y temporales sin mas excepciones que las contenidas en previsiones legales o en razones objetivas...

  • STSJ Cataluña 8215/2008, 5 de Noviembre de 2008

    CONVENIO COLECTIVO. No puede descartarse la posibilidad teórica de que el Convenio Colectivo estableciera una diferencia de trato en el régimen jurídico entre el indefinido y el fijo de plantilla durante la vigencia de la relación indefinida fundada en una causa objetiva y razonable. Pero en el presente caso no existe esa justificación para el trato retributivo distinto entre el fijo de plantilla

  • STSJ Asturias 711/2009, 6 de Marzo de 2009

    CONTRATO INDEFINIDO. CONTRATO DE INTERINIDAD. Siendo cierto que el Art. 15.5 del Estatuto de los Trabajadores en la redacción dada por el Art. 12 apartado 2 de la Ley 43/2006 a la hora de abordar la regulación del abuso de derecho en la contratación temporal encadenada, excluye los contratos de interinidad, en el presente caso es evidente que no se cumple aquella otra exigencia jurisprudencial al

  • STSJ Castilla y León , 24 de Marzo de 2004

    "FRAUDE A LA LEY LABORAL. RESPONSABILIDAD. DESESTIMACIÓN. La Sentencia de instancia desestim? la demanda formulada por la actora. Por la representación de la parte demandante se recurre en Suplicaci?n, el tribunal entiende que sentada doctrina de la Sala de lo Social del TS tiene establecido (entre otras S. 30/6/93) en supuestos similares al presente que: Se acent?a en el recurso la conocida...

  • STSJ Galicia , 17 de Junio de 2005

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. LIBERTAD SINDICAL .VULNERACIÓN. CARGA DE LA PRUEBA. Constatado la concurrencia de indicios de que existe violación de la libertad sindical, corresponde al empleador probar lo contrario. Se desestima el recurso.

  • STSJ Comunidad Valenciana 935/2006, 21 de Marzo de 2006

    RECLAMACIÓN. COMPLEMENTO SALARIAL DE TURNICIDAD. IGUALDAD DE TRATO. No se aprecia ningún tipo de vulneración del derecho a la igualdad de trato por dos razones. En primer lugar, porque la parte recurrente no acredita debidamente que existan supuestos de hecho iguales de los que se hayan derivado a consecuencias jurídicas distintas. En segundo lugar, el derecho a cobrar el complemento de ...

  • STSJ Navarra 137/2006, 30 de Mayo de 2006

    DERECHOS FUNDAMENTALES DEL TRABAJADOR. JUICIO DE PROPORCIONALIDAD. REQUISITOS. Para comprobar si una medida restrictiva de un derecho fundamental supera el juicio de proporcionalidad, es necesario constatar si cumple los tres requisitos o condiciones siguientes: a) si tal medida es susceptible de conseguir el objetivo propuesto (juicio de idoneidad); b) si es necesaria, en el sentido de que no...

  • STS, 3 de Febrero de 2003

    RECLAMACIÓN SOBRE CONTRATO DE TRABAJO DE INTINERIDAD. EMPRESA PÚBLICA EMPRESARIAL CORREOS Y TELÉGRAFOS. RECURSO DE CASACIÓN PARA UNIFICACIÓN DE DOCTRINA. La sentencia recurrida confunde los principios de no discriminación y de igualdad. En el presente caso, es claro que la diferencia de trato que establece el referido Acuerdo Marco, respecto del año 1998, entre personal funcionarial y ...

  • STSJ Galicia , 8 de Julio de 2005

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. SANCIONES. EMPRESARIO. EJERCICIO. El poder sancionador ha de ejercerse de forma regular, sin vulnerar el derecho a la igualdad y a la no discriminación reconocidos en la Constitución y en el Estatuto de los Trabajadores. Se desestima el recurso.

  • STSJ Galicia , 30 de Noviembre de 2002

    PERSONAL ESTATUTARIO DE LA SEGURIDAD SOCIAL. COMPLEMENTO DE DESTINO. El complemento de destino viene condicionado por el nivel que corresponde en la escala funcionaria) a cada puesto de trabajo y éste es un cómputo no asimilable a la simple ubicación o lugar concreto de prestación de servicios, que es puramente estático, sino de compendio o abanico de funciones, obligaciones, responsabilidades y...

  • STSJ Extremadura 108/2009, 2 de Marzo de 2009

    CONTRATO PARA OBRA DETERMINADA. EXTINCIÓN. FRAUDE DE LEY. DESPIDO. No se ha cumplido en la ejecución del contrato de que se trata el requisito a que nos venimos refiriendo pues, durante la mayor parte de su duración, más de ocho meses de diez, en lugar de que el trabajador se dedicara a la obra o servicio que constituía el objeto del contrato y, esporádicamente se dedicara a tareas no...

  • STSJ Canarias 549/2008, 22 de Julio de 2008

    DESPIDO. NULIDAD. En el presente supuesto consta claramente que la Magistrado de instancia se pronuncia expresamente sobre la cuestión relativa a la declaración de nulidad del despido por motivos formales interesada por la actora, si bien es cierto que de forma poco extensa y clara, pero tal circunstancia carece de toda importancia a los efectos que ahora nos ocupan, pues la misma dedica íntegrame

  • STSJ Cantabria 827/2007, 27 de Septiembre de 2007

    ANTIGÜEDAD. RECLAMACIÓN. Si en el contrato de trabajo suscrito por las demandantes no se hace mención expresa alguna a que las trabajadoras ostentasen derecho alguno al percibo de ese premio de antiguedad, es evidente que las demandantes no tienen derecho a la percepción del concepto retributivo cuestionado, sin que la circunstancia de que el resto del personal laboral del Servicio Cantabro de...

  • STSJ Canarias , 28 de Diciembre de 2004

    DIFERENCIAS SALARIALES. DISCRIMINACIÓN. Se aprecia que el único dato objetivado para establecer esa diferencia de trato salarial es precisamente es circunstancia de temporalidad. El deseo de trabajar, la aspiración a un puesto de trabajo es el principal impulso en la motivación y actitud personal de todo trabajador que desde luego es consciente, pues de no ser así sería lógico pensar no dispone...

  • STSJ Canarias , 28 de Diciembre de 2004

    DIFERENCIAS SALARIALES. Ni los arts. 4-2-c) y 17-1 ET , ni el art. 14-1-i) del convenio núm. 117 de la OIT, de 22 de junio de 1.962 , imponen el principio de igualdad de trato retributivo en forma absoluta, de forma tal que no dejen campo de juego a la autonomía de la voluntad. Dichas normas disponen, únicamente, determinados límites que las partes del contrato de trabajo no pueden quebrantar...

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