Sentencias sobre Modalidades

316 sentencias sobre Sentencias sobre Modalidades

  • STSJ Cantabria 718/2008, 25 de Agosto de 2008

    CONFLICTO COLECTIVO. El contenido del conflicto colectivo está limitado por la interpretación de una norma y a su propio ámbito de afectación. No pudiendo, por vía interpretativa buscarse la alteración de la negociación colectiva o su impugnación que precisan otros cauces. La norma invocada autoriza la interpretación pretendida y la declarada, puesto que de su texto, para que produzca los efectos

  • STSJ Andalucía 2116/2009, 2 de Junio de 2009

    CONFLICTO COLECTIVO. Para que pueda sostenerse la existencia de una condición más beneficiosa es preciso que ésta se haya adquirido y disfrutado en virtud de la consolidación del beneficio que se reclama, por obra de una voluntad inequívoca de su concesión, de suerte que la ventaja que se concede se haya incorporado al nexo contractual en virtud de un acto de voluntad constitutivo de una...

  • STSJ Canarias 17/2009, 19 de Enero de 2009

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. CONDICIÓN MAS BENEFICIOSA. BASE. La base esencial de la condición más beneficiosa es la voluntad de otorgar o establecer el beneficio correspondiente, superando las condiciones legales que puedan regir en la materia. Se estima el recurso.

  • STSJ País Vasco , 26 de Octubre de 2010

    PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACION. VACACIONES. COMPENSACION ECONOMICA. Analizaremos la temática expuesta bajo la premisa de un criterio uniforme expuesto, por sentencia del T. Supremo de 24 de junio de 2009 recurso 1542/08 en pleno, a pesar de los votos particulares, que debemos dar por reproducida en temática de vacaciones anuales retribuidas con derecho a disfrutar en periodo posterior al...

  • STSJ Navarra , 21 de Julio de 2005

    CONFLICTO COLECTIVO. Se trata de una modificación accidental o no sustancial de las condiciones de trabajo que pertenece a al esfera del poder de dirección del empresario, el cual en uso de la facultad de ""ius variandi"" puede concretar o especificar el contenido necesariamente genérico de la prestación laboral en el marco de un contrato de trabajo, que es de tracto sucesivo o ejecución...

  • STSJ Comunidad de Madrid 878/2005, 24 de Octubre de 2005

    "RELACION LABORAL. EMPLEO PÚBLICO. La sentencia de instancia desestimó en su integridad la demanda que rige estas actuaciones, en la que la actora, quien presta servicios como personal laboral con la categoría de Oficial Sanitario por cuenta y orden del MINISTERIO DE DEFENSA, estando adscrita al Hospital Central de la Defensa, pretende que se reconozca su derecho a la ""reducción de la jornada

  • STSJ Castilla y León , 21 de Febrero de 2005

    CONFLICTO COLECTIVO. CALENDARIO LABORAL. En definitiva el calendario de festividades aprobado por la Administración no puede ser modificado por los ciudadanos, con independencia de las consecuencias legales que fueran procedentes en el caso de que se pacte o se realice trabajo en días festivos, lo que aquí no se discute. En este sentido, como ya se ha dicho, no existe diferencia alguna de...

  • STSJ Comunidad de Madrid 610/2007, 27 de Junio de 2007

    JORNADA DE TRABAJO. ANTIGÜEDAD. Se trata, de una petición motivada por la necesidad de satisfacer un interés expresamente tutelado por la norma estatutaria y convencional, la de atender al cuidado de una hija de ocho años de edad, que en este caso, debe prevalecer sobre el mero poder de organización de la actividad empresarial, cuyo funcionamiento regular no se ve alterado por la medida, y ello,...

  • STSJ Cataluña 4092/2007, 1 de Junio de 2007

    PRESTACION POR MATERNIDAD. Sin embargo, que la actual regulación legal no contemple una norma específica que permita considerar como cotizados a jornada completa, a efectos del cálculo de las bases reguladoras de las prestaciones de Seguridad Social, los periodos trabajados (y cotizados) a jornada reducida (por razones de guarda legal, por trabajo a tiempo parcial, etc.), no determina la...

  • STSJ Navarra , 17 de Enero de 2005

    CONFLICTO COLECTIVO. Coincidiendo con el criterio de instancia, deben rechazarse los argumentos vertidos en el recurso, en cuanto la consideración como festivo del día 3 de diciembre viene impuesta por una norma de mínimos (artículo 37.2 E.T .), que únicamente podrá alterarse, como de hecho sucedió en los dos años precedentes, a través de la negociación entre empresario y trabajadores, lo que no...

  • STSJ País Vasco , 28 de Septiembre de 2004

    CONFLICTO COLECTIVO. A la luz de lo expuesto, estamos en condiciones de responder a las pretensiones del sindicato demandante: éstas deben acogerse, aunque no en su totalidad, ya que no cabe descartar, desde la visión general propia de un conflicto colectivo, que haya trabajadores contratados a tiempo parcial que pudieran tener pactada una jornada de trabajo determinada en función de un...

  • STSJ Comunidad Valenciana , 7 de Octubre de 2005

    CONFLICTO COLECTIVO. CALENDARIO LABORAL. DIAS FESTIVOS. Sobre idéntica cuestión, si bien referida al traslado del disfrute de las fiestas locales, se ha pronunciado el TSJ de Castilla y León- sede en Valladolid, que en sentencia de 21/2/2005 señala que: ""Hay que tener en cuenta que en la fijación de los festivos y días de descanso concurren diversas finalidades. No sólo se trata de garantizar la

  • STSJ Cataluña 1575/2006, 20 de Febrero de 2006

    CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. Es innecesario poner de relieve que el calendario laboral de la empresa afectaba a distintos centros de trabajo, porque, los demandantes reclaman a título individual, único para el que están legitimados. De otro lado, no se niega que el ámbito de la aplicación del calendario laboral era superior al de un centro de trabajo. Carece igualmente de relación con el

  • STSJ Cataluña 7908, 1 de Septiembre de 2005

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. DESPIDO NULO. EMPRESARIO. Es nulo el despido por causas que no revisten la gravedad y culpabilidad del trabajador con entidad suficiente que lo justifique. Se desestima el recurso.

  • STSJ Comunidad Valenciana 2961/2008, 23 de Septiembre de 2008

    CONFLICTO COLECTIVO. Sostiene la empresa que el cambio introducido por ella no se puede calificar de sustancial en cuanto no introduce una mayor onerosidad en las prestaciones. Pero esta afirmación no puede ser respaldada, si se considera que las consecuencias de la decisión empresarial van más allá de un mero cambio de fechas por cuanto afecta a lo que se conoce en el argot laboral como "puentes"

  • STSJ Asturias , 15 de Octubre de 2004

    CONFLICTO COLECTIVO. CONVENIO COLECTIO. HOMOLOGACIÓN. HOSPITAL. El sindicato demandante SIMPA cuestiona, con la adhesión de los sindicatos codemandados, SATSE y UGT, la adecuación al acuerdo suscrito el 5 de julio de 2002 con el SESPA, de los criterios sobre jornada de trabajo establecidos el presente año en el Hospital Central de Asturias por su Director Gerente al acuerdo. El presente...

  • STSJ País Vasco , 2 de Noviembre de 2004

    CONFLICTO COLECTIVO. Como la citada sentencia se encarga de resaltar ,la misma está contemplando modificaciones sustanciales de carácter individual , pero la conclusión que en ella se alcanza es válida para un supuesto como el examinado en el presente recurso, en el que la empresa ha cumplido los requisitos procedimentales de mayor trascendencia y calado en cuanto a la modificación introducida y...

  • STSJ País Vasco 2262/2008, 30 de Septiembre de 2008

    RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. En el supuesto sometido a nuestro conocimiento, la Magistrado autora de la sentencia, acudiendo a esta primera regla de la hermenéutica contractual concluye que el artículo cuestionado establece unas pautas generales que contemplan el descanso semanal de dos días por semana, normalmente consecutivos, si bien esta distribución admite su excepción cuando las partes de común

  • STSJ Cataluña 3674/2006, 12 de Mayo de 2006

    CONFLICTO COLECTIVO. No existieron los requisitos formales para una modificación de condiciones de trabajo, pues no existió negociación previa sobre la modificación planteada como tal, ni se identificó en la carta de forma inequívoca la misma, de forma que conforme a la jurisprudencia discutida, y que encuentra su reflejo en la STS 15/3/2005, no era claramente reconocible como tal, no solo en su...

  • STSJ Galicia , 19 de Mayo de 2000

    JORNADA DE TRABAJO. SOLICITUD DE AMPLIACION. En resumen, la actora no cumple la exigencia del Convenio Colectivo para obtener una ampliación de jornada, porque ya la tiene a tiempo completo, no distinguiendo el Convenio si la jornada completa debe tenerse en el mismo centro de trabajo o en varios, o si se realiza por cuenta de uno o varios empresarios, y ello en atención a la especial naturaleza...

  • STSJ Murcia 755/2007, 18 de Junio de 2007

    CONTRATO DE TRABAJO. Con amparo en el art. 191.c) de la LPL, y para que se revise el derecho aplicado, se viene a denunciar la infracción de lo establecido en el art. 75.3.2 del Convenio Único para la Administración General del Estado, que establece: Complementos por el desempeño de trabajo en horario o jornada distinta de la habitual, teniendo tal consideración los siguientes: art. 75.3.4. ""Comp

  • STSJ País Vasco 195/2008, 29 de Enero de 2008

    DESPIDO DISCIPLINARIO. CAUSALES. PROPORCIONALIDAD. NORMATIVA APLICABLE. INDEMNIZACIÓN. Se reclama contra la sentencia parcialmente estimatoria de demanda sobre despido. El despido disciplinario que contempla el art. 54 del ET únicamente procede cuando el trabajador haya incurrido en conductas de especial gravedad y trascendencia, pues no toda falta laboral o incumplimiento del mismo puede generar

  • STSJ Castilla y León 856/2005, 13 de Diciembre de 2005

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. CONFLICTO COLECTIVO. PROCEDIMIENTO ADECUADO. Se recurre la sentencia que desestima la excepción de inadecuación de procedimiento y estima la demanda de conflicto colectivo declarando que la empresa demandada está obligada a abonar a los trabajadores que presten servicios en turnos rotatorios el Plus de Turnicidad. Existe un colectivo concreto o grupo genérico de...

  • STSJ Castilla y León 2377, 15 de Mayo de 2006

    RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. COMPENSACIÓN DE VACACIONES NO DISFRUTADAS. CONDICIÓN MÁS BENEFICIOSA. La alegada forma de disfrute de las vacaciones de los trabajadores en situación de incapacidad temporal constituye una condición más beneficiosa, incorporada al nexo contractual del actor. En primera instancia se estima la demanda. Se desestima la suplicación.

  • STSJ Andalucía 2427/2007, 13 de Julio de 2007

    ACOSO LABORAL. Se alega al efecto que la indemnización que procede por el concepto de daños morales, complementaria de la anterior, es la de 60.000 euros, ya que estos fueron los pedidos, no fueron impugnados y son los pertinentes en atención al tiempo de duración del acoso moral a los daños físicos y psíquicos producidos, sin que la fijación de una cuantía inferior por el juzgador de instancia...

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