Sentencias sobre Conciliación laboral

426 sentencias sobre Sentencias sobre Conciliación laboral

  • STSJ Cataluña , 30 de Junio de 2000

    RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. En el caso de autos la opción del actor ha de entenderse hecha, al tratarse de una indemnización fija y no periódica, por la que le es más favorable que es la prevista para la invalidez permanente absoluta de 5.565.249 pts., de la que habrá que restar la indemnización ya percibida por el despido de 4.800.000 pts., tal como solicita la empresa con carácter subsidiario en...

  • STSJ Cataluña 7516/2000, 21 de Septiembre de 2000

    RECONOCIMIENTO DE DERECHOS. No es posible negar validez a las cláusulas colectivas -y por ende a los acuerdos conciliatorios con valor de tales- que substraigan de la retribución de las vacaciones complementos salariales que pudieran corresponder en una aplicación rigurosamente matemática a la remuneración normal o media porque, el ínico límite que a la misma puede establecerse es, en cómputo...

  • STSJ Comunidad Valenciana 907/2000, 10 de Febrero de 2000

    DESEMPLEO. RESPONSABILIDAD DEL FOGASA. De todo lo argumentado se deduce el acierto de la resolución de instancia en la decisión del pleito, sin que esta Sala abrigue duda alguna sobre la constitucionalidad del precepto legal contenido en el art 33.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en cuanto establece la necesidad de que las indemnizaciones a que se refiere sean fijadas en sentencia

  • STSJ Galicia , 25 de Abril de 2000

    DESPIDO. CADUCIDAD. La obligatoriedad de la Conciliación previa del procedimiento jurisdiccional obliga a prevenir los efectos jurisdiccionales que para la parte demandante supone el retraso en el ejercicio de su acción, por ello el art. 65 de la Ley Procesal Laboral en su número 1, ordena que la presentación de la Conciliación suspenderá los plazos de caducidad e interrumpirá la prescripción. En

  • STSJ Cataluña , 29 de Junio de 2001

    CONCILIACIÓN. ALCANCES. RECLAMACIÓN DE CANTIDAD: Es claro que el acuerdo transaccional pone término a las pretensiones respecto de las que se ofrece y se acepta el pago en la cuantía y demás condiciones especificadas, pero no para aquellas reclamaciones de las que expresamente se desiste, pues estas últimas y, por efecto del propio desistimiento, quedaron excluidas del pleito y de la transacción.

  • STSJ Canarias , 28 de Marzo de 2000

    SALARIO. PLUS DE TRANSPORTE. PROCEDENCIA. En virtud del Convenio Colectivo aplicable ha de abonarse el costo del billete de ida y vuelta al centro de trabajo con independencia de que el trabajador use medios de transporte público o en propio vehículo, pues tal costo debe comprender el transporte que se gaste desde su casa al centro del trabajo y si para ello ha de tomar dos autobuses es evidente...

  • STSJ Cataluña , 20 de Diciembre de 2001

    PAPELETA DE CONCILIACIÓN. NATURALEZA DE LA PRESENTACIÓN. INHABILIDAD PARA INTERRUMPIR LA PRESCRIPCIÓN. La formulación de la papeleta de conciliación no puede entenderse como una reclamación judicial pues se formula ante un órgano administrativo, por lo que es la presentación de la demanda la verdadera reclamación judicial y por ello hábil para interrumpir el cómputo del plazo prescriptorio. Se...

  • STSJ Islas Baleares , 18 de Enero de 2000

    CONCESIÓN DE PRÓRROGA O INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO. CAÁCTER DE LAS ACCIONES. PRESUPUESTO DE AMBAS. Si bien el planteamiento del actor de una acción alternativa, de condena a la concesión de la prórroga solicitada o el pago de una indemnización por despido, se evidencia la existencia de dos acciones autónomas y con vida propia y que por ende no están condicionadas cronológicamente una a otra, sí...

  • STSJ Andalucía , 28 de Noviembre de 2002

    CONVENIO COLECTIVO. SALARIO. PLUS. Se declara que no es necesario, para tener el derecho al plus reclamado, que se produzca efectivamente contagio o agresión , sino que basta con que en las condiciones actuales de desempeño de su trabajo estén expuestas a los riesgos. En primera instancia se estima la demanda. Se desestima el recurso de suplicación.

  • STSJ País Vasco , 23 de Junio de 2000

    RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. INVALIDEZ PERMANENTE. CADUCIDAD DE LA ACCIÓN. La cuestión estriba que es erróneo el que se deba de considerar que el inicio del cómputo se ha de iniciar a la fecha de concurrencia de la causa de extinción del contrato. Así, la Ley de Procedimiento Laboral distingue los que adoptaron el acuerdo en conciliación y los terceros posibles perjudicados. Con respecto de los...

  • STSJ Andalucía , 27 de Septiembre de 2002

    CONTRATO DE TRABAJO. RECURSO DE SUPLICACIÓN. REVISIÓN. La revisión de los hechos probados debe efectuarse mediante nuevo o nuevos documentos idóneos que patenticen fehacientemente el error de hecho cometido y que por tanto no sea necesario acudir a operaciones deductivas o razonamientos lógicos para descalificar los hechos probados sentados por el juzgador. En primera instancia se estima la...

  • STSJ Andalucía , 26 de Mayo de 2000

    ACUERDO CONCILIATORIO. OBLIGACIONES. EJECUCIÓN: En aquellos supuestos en que lo que se reclama no es tanto la interpretación de una norma de alcance general cuanto el cumplimiento de una obligación que afecta a un grupo de trabajadores, ello se refleja por fuerza en el contenido del título, que frecuentemente reconoce derechos e impone obligaciones repercutiendo directamente en el plano...

  • STSJ Andalucía , 20 de Febrero de 2003

    RELACIÓN LABORAL. SERVICIO DE SALUD. Se declara que la remisión al mecanismo retributivo estatutario no desvirtúa el carácter ,laboral de la relación de servicios mantenida en base a un contrato de trabajo de interinidad por sustitución, ni implica la conversión de la naturaleza jurídica laboral del vinculo en otra de naturaleza jurídica estatutaria. En primera instancia se estima en parte la...

  • STSJ Andalucía , 9 de Febrero de 2001

    SEGURIDAD SOCIAL. PRESTACIONES. Se señala que el Real Decreto 126/88 de 22 de febrero y Disposición Final Primera del mismo en los mismos se establece que efectuada la integración de las Mutualidades a las que se refiere el art. 1º en el Fondo Especial, la Administración de la Seguridad Social garantizará las prestaciones complementarias de la Seguridad Social. Se estima el recurso de...

  • STSJ Andalucía , 17 de Noviembre de 2000

    ACCIDENTE DE TRABAJO. INDEMNIZACIÓN. La determinación del hecho causante de las mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social pactadas colectivamente en casos de invalidez permanente se rige por los mismos criterios que para el supuesto de prestaciones mínimas a cargo del sistema de Seguridad Social, de manera que el hecho causante de la situación de invalidez permanente...

  • STSJ Andalucía , 17 de Noviembre de 2000

    DESEMPLEO. RECONOCIMIENTO. INDEFENSIÓN. Para que exista vulneración del derecho reconocido en el artículo 24.1 de la Constitución, no basta el mero incumplimiento formal de normas procesales, sino que del mismo ha de derivarse un perjuicio material para el interesado, esto es, ha de tener una repercusión real sobre sus posibilidades efectivas de defensa y contradicción, pues no toda infracción e...

  • STSJ Canarias 1228/2003, 1 de Septiembre de 2003

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. DESPIDO. INCAPACIDAD TEMPORAL. Trabajadora tras ser despedida inicia proceso de incapacidad temporal. El artículo 126 del T.R. de la Ley General de la Seguridad Social, prevé que las entidades gestoras y colaboradoras procederán a adelantar el pago de lasprestaciones de las que resulten responsables los empresarios a los beneficiarios, en el caso de incumplimiento de las...

  • STSJ País Vasco , 7 de Junio de 2005

    RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. DESPIDO. FONDO DE GARANTÍA SALARIAL. Dicha norma supuso la reaparición «nominatim» de los salarios de tramitación en los supuestos de despido improcedente con opción por la indemnización, cuya naturaleza salarial resulta más cuestionable, lo que explicaría que, para evitar interpretaciones restrictivas, el legislador optase por incluir expresamente dicho concepto con...

  • STSJ Cataluña 394/2007, 18 de Enero de 2007

    DESPIDO. La Sala ha venido sosteniendo que la posibilidad de contratar por esta modalidad exige que las necesidades que se quieren cubrir con tal contratación carezcan de permanencia, aunque se produzcan dentro del ámbito de actividad normal de la empresa, sin que tales requisitos consten acreditados, por lo que no se cumple la finalidad de esta modalidad contractual, que sería la de atender...

  • STSJ País Vasco , 11 de Abril de 2006

    SUCESION DE EMPRESAS. DESPIDO. Todo ello es revelador, de una sucesión no transparente, seguida por la posterior constitución de otra sociedad - la ahora recurrente - que pasó a realizar la misma actividad que la anterior, presentándose igualmente en el mercado como continuadores de aquélla y desarrollando una política publicitaria y comercial tendente a hacerse cargo de su clientela, lo que...

  • STSJ Comunidad Valenciana 783/2007, 15 de Febrero de 2007

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. NATURALEZA. EXTRAORDINARIO. MOTIVO. La naturaleza extraordinaria que ostenta el recurso de suplicación, a diferencia de lo que sucede con el recurso de apelación, exige y requiere de la parte recurrente la cita concreta de norma o jurisprudencia que a su juicio hubiese infringido la sentencia. Se desestima el recurso.

  • STSJ Comunidad de Madrid 484/2005, 30 de Mayo de 2005

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. PRESCRIPCIÓN. RECLAMACIONES ECONÓMICAS. Existe el plazo de un año para la prescripción de las reclamaciones para exigir percepciones económicas derivadas de la relación laboral. Se estima el recurso.

  • STSJ Comunidad de Madrid 1750, 21 de Marzo de 2006

    "ROTACIÓN DE TRABAJADORES. EQUIDAD. Se promueve demanda de conflicto colectivo. La distribución equitativa de la que habla el convenio está referida a los criterios seguidos para la asignación de trabajadores afectados por el régimen de disponibilidad, y por consiguiente, resulta que la concreta solicitud de demanda de que se declare el derecho de todos los trabajadores no voluntarios de cada...

  • STSJ Castilla y León 1905, 25 de Abril de 2006

    CONFLICTO SINDICAL. DESPIDO DISCRIMINATORIO DE TRABAJADOR. VULNERACIÓN DE DERECHO DE HUELGA Y LIBERTAD SINDICAL. COMUNICADO EMPRESARIAL. NULIDAD. Aunque la simple expresión de que el movimiento colectivo convocado se hallaba fuera de la Ley y era abusivo no es, de por sí, atentatorio del derecho fundamental de huelga, el anuncio de que se adoptarían medidas disciplinarias contra quienes siguiesen

  • STSJ Galicia , 26 de Enero de 2005

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. NATURALEZA EXTRAORDINARIA. REVISIÓN DE LOS HECHOS. El recurso de suplicación es de naturaleza extraordinaria y no permite examinar nuevamente toda la prueba obrante en autos. Se desestima el recurso.

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