Sentencias sobre Conciliación extrajudicial

29 sentencias sobre Sentencias sobre Conciliación extrajudicial

  • STS, 17 de Febrero de 2003

    "INFRACCIÓN PROCESAL - Aunque se admitiese que estamos en presencia de una supuesta infracción asimilada al concepto de ""procesal"", cabría añdir a los anteriores razonamientos que si además la sentencia recurrida ha decidido anular las actuaciones, reponiéndolas al momento de admisión a trámite de la demanda, para permitir que la parte actora subsane el defecto observado, nunca podría...

  • STSJ Comunidad de Madrid 971/2005, 16 de Noviembre de 2005

    DESPIDO. NULIDAD. IMPROCEDENCIA. Frente a la sentencia de instancia en la que se estima la pretensión actora articulada con carácter subsidiario en la demanda rectora de las presentes actuaciones por despido nulo o subsidiariamente improcedente, se formaliza Recurso de Suplicación, por la representación procesal del INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA (IDAE), en el que se

  • STSJ Castilla-La Mancha , 15 de Septiembre de 2005

    "RECLAMACIÓN DE DERECHOS Y CANTIDAD. COMPLEMENTO DE DISTANCIA. En este caso, si los requisitos exigidos en dichos preceptos se han cumplido, así como también los exigencias de comunicación, depósito y registro en la Dirección General de Trabajo; si la parte demandante no puede alegar desconocimiento del Acuerdo, porque además de todo lo anterior, el mismo fue aportado por la parte demandada,...

  • STSJ La Rioja , 10 de Noviembre de 2005

    CUESTION DE COMPETENCIA. COMPETENCIA DEL ORDEN SOCIAL. CONFLICTOS ENTRE PERSONAL ESTATURIO Y SERVICIO DE SALUD. Ha de concluirse, por tanto, que el Legislador ha querido mantener la competencia de la jurisdicción del Orden Social para resolver las cuestiones litigiosas planteadas entre el personal estatutario y los Servicios de Salud, no derogando, ni expresa ni tácitamente, el artículo 45.2 del...

  • STSJ Murcia , 19 de Enero de 2004

    PROCESO SOBRE DESPIDO. Las ausencias de la actora, en modo alguno puede llevar a la imposición de la sanción de despido, pues la normativa del sector exige que la inasistencia al trabajo sea al menos de tres días durante el período de un mes, para que la conducta pueda ser calificada de falta muy grave, sancionable entonces con despido. En primera instancia se estima demanda. Se desestima...

  • STSJ Cataluña , 28 de Marzo de 2000

    "RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. EXCEPCIÓN FALTA DE CONCILIACIÓN. La finalidad de la conciliación no es otra que la de poner en conocimiento de la contraparte del contenido y fundamento de la pretensión, dándole la oportunidad de resolver directamente el litigio, evitando así la vía judicial; y abordando esta cuestión la Sala resolviendo Recurso 9430/98, no decreto la extrema medida de nulidad por la...

  • STSJ Castilla y León , 9 de Junio de 2000

    CONFLICTO COLECTIVO. Aun admitiendo dialécticamente que el Convenio a negociar pudiera calificarse de empresa, la reivindicación de la capacidad negocial del Comité Intercentros que postula, como órgano de representación unitaria y no sindical, exigiría que este Organo colegiado hubiera adoptado por decisión mayoritaria la iniciativa negociadora, frente a la iniciativa sindical impugnada,...

  • STSJ Asturias , 22 de Septiembre de 2000

    DESPIDO. En el caso que nos ocupa la interpretación de la juzgadora de instancia es perfectamente asumible, se trata de una cláusula suscrita libre y voluntariamente por el demandante que ostentaba el cargo de DIRECCION000 provincial de la entidad demandada en Asturias, y que no consta fuera introducida por la empresa en este último ejercicio con lo que hay que entender que el sistema ya se venia

  • STSJ País Vasco , 23 de Mayo de 2006

    RECURSO DE SUPLICACIÓN. CONCILIACIÓN. COMUNICACIÓN. La norma impone la comunicación a la autoridad laboral de la conciliación laboral. Se estima el recurso.

  • STSJ Cataluña 5054/2000, 13 de Junio de 2000

    CONCILIACIÓN. NULIDAD. No se encontraba extinguida la relación laboral cuando se llega al acuerdo alcanzado en conciliación y no hay por lo tanto inexistencia de causa lícita en el acuerdo transaccional al que llegan las partes, que es perfectamente válido y ajustado a derecho y no infringe lo dispuesto en el art. 1.275 del Código Civil. La empresa pudo haber esperado a que finalizara la...

  • STSJ Comunidad de Madrid 326/2000, 1 de Junio de 2000

    DESPIDO. IRREGULAR READMISIÓN DEL TRABAJADOR. ACTA DE CONCILIACIÓN. Se reclama contra sentencia desestimatoria de demanda. Se descontarán las cantidades que pudiera haber abonado el empresario a la actora por salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la del acto de conciliación, así como los salarios correspondientes a los días en que el contrato de trabajo haya permanecido...

  • STSJ Castilla y León , 24 de Enero de 2000

    CONFLICTO COLECTIVO. Será a partir del año 2000 cuando tendrá efectividad el abono de las diferencias retributivas a que pudiera tener derecho el personal transferido a la Junta de Castilla y León en el año 1999, como son los trabajadores a que se refiere la demanda de este conflicto y por ello el Anexo del Real Decreto antes citado carece de efectividad, pues en materia salarial o retributiva de

  • STSJ Castilla-La Mancha , 9 de Febrero de 2000

    "DESPIDO. FALTA DE ACCIÓN. ACTO DE CONCILIACIÓN ADMINISTRATIVA. FALTA DE DEMANDA DE DESPIDO. DIMISIÓN VOLUNTARIA. Se reclama contra la sentencia desestimatoria de demanda de despido por falta de acción. No habiéndose formulado demanda de despido al tiempo del ofrecimiento de la empresa; no era precisa la intervención judicial para restaurar la relación laboral; y la negativa injustificada del...

  • STSJ País Vasco , 23 de Junio de 2000

    RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. INVALIDEZ PERMANENTE. CADUCIDAD DE LA ACCIÓN. La cuestión estriba que es erróneo el que se deba de considerar que el inicio del cómputo se ha de iniciar a la fecha de concurrencia de la causa de extinción del contrato. Así, la Ley de Procedimiento Laboral distingue los que adoptaron el acuerdo en conciliación y los terceros posibles perjudicados. Con respecto de los...

  • STSJ Castilla y León 1785, 27 de Marzo de 2006

    CONFLICTO COLECTIVO. RECONOCIMIENTO DE DERECHO Y RECLAMACIÓN DE CANTIDAD. PERCEPCIÓN DE TARJETAS DE TRANSPORTE. El pacto alcanzado ha de mantenerse en tanto no sea sustituido por otro o se modifiquen sustancialmente las circunstancias que dieron lugar al acuerdo, y ha de aplicarse, además, a los nuevos trabajadores que ingresen en la empresa. En primera instancia se desestima la demanda. Se...

  • STSJ Comunidad Valenciana , 29 de Mayo de 2003

    Desestimación del recurso. Se interpone recurso contra sentencia que desestima demanda sobre despido. Es acertada la interpretación realizada por la sentencia de la Instancia. La conclusión anterior no puede estimarse que contraría lo dispuesto en los preceptos citados ni constituye la infracción de las normas civiles alegadas en el recurso, pues ello solo sería así si se aplicara el...

  • STSJ País Vasco , 3 de Noviembre de 2005

    CONVENIOS COLECTIVOS. GARANTÍA DE ESTABILIDAD. La garantía de estabilidad del convenio se logra mediante la prohibición que establece el artículo 20 del Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de marzo , de plantear conflictos colectivos con la finalidad de modificar lo pactado en convenio. Se estima la demanda.

  • STSJ Andalucía 1605/2003, 9 de Mayo de 2003

    EXTINCIÓN DE CONTRATO DE TRABAJO. ACOGIMIENTO AL PLAN SOCIAL. DISTRIBUCIÓN DE LA RENTA. Los actores se acogieron voluntariamente al Plan Social suscribiendo contratos de extinción de la relación laboral. A la conciliación judicial el ordenamiento le atribuye la misma eficacia qu a los convenios colectivos. No puede decretarse la nulidad de los contratos de desvinculación incentivada. Se trata de...

  • STSJ País Vasco , 5 de Septiembre de 2000

    DESPIDO. Se evidencia que los demandantes presentaron la demanda de conciliación contra la empresa recurrente en un domiicilio impropio, pero que, advertido el error la interpusieron en el legal de la empresa al día siguiente de celebrado el acto de conciliación sin su presencia, al devolverse el escrito con la palabra ""desconocido"". No cabe duda que el dia 26 de Enero en que se presenta la

  • STSJ Canarias , 25 de Octubre de 2005

    "DESPIDO IMPROCEDENTE. ACCIÓN. CADUCIDAD. SUSPENSIÓN. INTERRUPCIÓN. Se presenta demanda peticionando se declare improcedente el despido y la demandada opone caducidad de la acción. Como plazo de caducidad que es, su cómputo se reanuda, tras su suspensión durante el plazo que transcurre entre la presentación de la papeleta de conciliación y la celebración (o su intento) de tal acto procesal...

  • STSJ Cataluña , 26 de Enero de 2000

    "ACTO DE CONCILIACIÓN. READMISIÓN. INDEMNIZACIÓN: El pronunciamiento que corresponde ante despido que se declare improcedente, contiene condena, de una parte, a la readmisión del despedido o al abono de la indemnización correspondiente y, en todo caso, al pago de los salarios de tramitación, bajo las limitaciones legalmente impuestas. Ambas condenas -readmisión y salarios de tramitación-, aun...

  • STSJ Comunidad de Madrid 333/2000, 1 de Junio de 2000

    DESPIDO IMPROCEDENTE. SALARIOS DE TRAMITACION. El art. 56.2 del Estatuto de los Trabajadores solo hace referencia a que los salarios de tramitación quedan limitados desde la fecha del despido hasta que se llega a una conciliación entre las partes litigantes, lo cual no ha ocurrido en ningún momento, no existiendo tampoco por parte de la empresa voluntad o disposición de limitar tales...

  • STSJ Andalucía , 14 de Enero de 2003

    RECLAMACIÓN POR DESPIDO. EXCEPCIÓN DE CADUCIDAD DE LA ACCIÓN. Hay que establecer que el efecto interruptivo de la presentación de la papeleta de conciliación ante el Organo Administrativo, solo se producirán desde la recepción en la Oficina correspondiente de la papeleta de conciliación, por lo cual si el plazo para computar la caducidad de la acción de despido comenzaba a contar desde el día 22...

  • STSJ Asturias , 26 de Octubre de 2001

    DESPIDO. PROCEDIMIENTO. EJECUCION DE SENTENCIA. La deuda por salarios de tramitación nace esencialmente de la calificación del despido como improcedente, sea ésta jurisdiccional o convencional. Así lo dispone el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores y lo sostiene insistentemente la doctrina legal. No es posible reconocer en conciliación la improcedencia y no contraer dicha obligación. La...

  • STSJ Canarias , 30 de Octubre de 2000

    CONCILIACIÓN. AUTOS DICTADOS EN FASE DE EJECUCIÓN Y RECURSO DE SUPLICACIÓN. IMPLICANCIAS. Los autos dictados en fase de ejecución de lo acordado en conciliación administrativa son susceptiblesde ser recurridos en suplicación cuando se trate de materia que, en el supuesto de haberse tramitado proceso contencioso, hubieran tenido acceso a la suplicación y el auto recurrido resuelva puntos que...

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