comentario codigo penal
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Comentario al Artículo 250 del Código Penal
§ 1. Estafa que recae sobre cosas de primera necesidad, viviendas u otros bienes de reconocida utilidad social. § 2. Simulación de pleito o empleo de fraude procesal. § 3. Cheque, pagaré, letra de cambio en blanco o negocio cambiario ficticio. § 4. Abuso de firma de otro, sustracción, ocultación o inutilización de algún proceso, expediente, protocolo o documento público u oficial. § 5. Bienes del
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Comentario a Artículo 490 del Código Penal
Artículo 490l 1. El que allanare con violencia o intimidación la morada de cualquiera de las personas mencionadas en los artículos anteriores será castigado con la pena de prisión de tres a seis años. Si no hubiere violencia o intimidación la pena será de dos a cuatro años. 2. Con la pena de prisión de tres a seis años será castigado el que amenazare gravemente a cualquiera de las personas...
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Comentario al Artículo 130 del Código Penal
1. Remisión de la pena. 2. Indulto. Concepto. 2.1. Clases. 2.2. Órgano competente para su solicitud. 2.3. Control de la legalidad del indulto. 2.4. Casos. 2.5. Límites. 2.6. Efectos. 2.7. Indulto y dilación indebida. 3. El perdón. Concepto. 3.1. Evolución. 3.2. Requisitos. 3.3. Momento de emisión del perdón. 3.4. Arbitrio judicial en la apreciación del perdón.
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Comentario al Artículo 234 del Código Penal
§ 1. Concepto. § 2. Cosa mueble ajena. § 3. El ánimo de lucro. § 4. La consumación. § 5. La participación. § 6. La continuidad delictiva. § 7. Diferencias con figuras afines. § 7.1. Diferencia con el robo. § 7.2. Diferencia con la apropiación indebida. § 7.3. Diferencia con la estafa. § 8. Circular 2/2003, de 18 de diciembre, de la FGE sobre la aplicación práctica del nuevo delito consistente en...
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Comentario al Artículo 75 del Código Penal
1. Regla general de cumplimiento de las penas. 2. Prescripción. 3. Competencia para conocer de los recursos en el caso de varias condenas. 4. Diferencia con el concurso medial. 5. Efectos de la interposición del recurso de amparo. 6. Diferencia con la refundición de penas.
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Comentario a Artículo 451 del Código Penal
1. Evolución legislativa. 2. Acción típica. 3. Elementos normativos: Cuerpo del delito. 4. Requisitos. 5. Diferencia con la figura del cómplice. 6. Naturaleza. 7. Dolo. 8. Apartado 1º: a) Concepto, b) Elemento volitivo. 9. Apartado 2º: a) Acción, b) Requisitos. 10. Apartado 3º: a) Contenido, b) Figuras, c) Comisión con abuso de funciones públicas, d) Caso de delito de cohecho: participación de...
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Comentario al Artículo 21 del Código Penal
1. Párrafo 1: Las causas expresadas en el capítulo anterior, cuando no concurrieren todos los requisitos necesarios para eximir de responsabilidad en los respectivos casos. 2. Párrafo 2: La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a las sustancias mencionadas en el número 2 del artículo anterior. 3. Párrafo 3: La de obrar por causas o estímulos tan poderosos que hayan producido arrebato,
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Comentario al Artículo 22 del Código Penal
1. Párrafo 1. Alevosía. 2. Párrafo 2: Disfraz: Concepto. 2.1. Requisitos para la apreciación de la agravante. 2.2. Comunicación de la agravante a los partícipes del delito. 2.3. Abuso de superioridad y aprovechamiento de las circunstancias de lugar, tiempo o auxilio de otras personas que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la impunidad del delincuente. 2.3.1. Requisitos para la...
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Comentario a Artículo 369 bis del Código Penal
Artículo 369 bis326 Cuando los hechos descritos en el artículo 368 se hayan realizado por quienes pertenecieren a una organización delictiva, se impondrán las penas de prisión de nueve a doce años y multa del tanto al cuádruplo del valor de la droga si se tratara de sustancias y productos que causen grave daño a la salud y de prisión de cuatro años y seis meses a diez años y la misma...
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Comentario a Artículo 318 bis del Código Penal
1. Bien jurídico protegido. 2. Naturaleza jurídica. 3. Tipo básico. 3.1. Conducta típica. 3.2. Elemento subjetivo. 3.3. Tráfico ilegal. 3.4. Inmigración clandestina. 3.5. Sujeto activo: atipicidad de la conducta respecto de ciudadanos que se han integrado recientemente en la Unión Europea. 4. Tipos cualificados. 4.1. Cualificación por la menor edad de la víctima. 4.2. Pertenencia a una...
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Los delitos contra la propiedad intelectual: consideraciones generales
En este capítulo se analiza, en una primera parte, la evolución que la regulación que los delitos contra la propiedad intelectual ha experimentado en nuestro Código penal. Después de examinar las principales cuestiones relativas al bien o bienes jurídicos que con la incriminación de estas conductas se protege, se da paso al comentario de dos aspectos más concretos que necesariamente deben ser...
... necesidad de la intervención del Derecho penal en este campo que, en la actualidad, se deja ... relación y, en la reforma operada en el Código penal mediante la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de ... úrsales anunciados, será objeto de comentario en un apartado independiente ... Con el ... -
Análisis del delito de administración desleal (artículo 252 del código penal) en el ámbito de las sociedades de capital
... 1227 ... 219 RAMOS RUBIO, C., “El nuevo delito de administración desleal”, en Comentario a la reforma penal de 2015 (dir. QUINTERO OLIVARES, G.), Aranzadi, Navarra, 2015, pág. 533 ... 220 QUERALT JIMÉNEZ, J. J., Derecho… (7ª ...
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Comentario a Artículo 375 del Código Penal
Artículo 375 Las condenas de Jueces o Tribunales extranjeros por delitos de la misma naturaleza que los previstos en los artículos 368 a 372 de este Capítulo producirán los efectos de reincidencia, salvo que el antecedente penal haya sido cancelado o pueda serlo con arreglo al Derecho español.
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Comentario a Artículo 382 del Código Penal
Artículo 382 Cuando con los actos sancionados en los artículos 379, 380 y 381 se ocasionare, además del riesgo prevenido, un resultado lesivo constitutivo de delito, cualquiera que sea su gravedad, los Jueces o Tribunales apreciarán tan sólo la infracción más gravemente penada, aplicando la pena en su mitad superior y condenando, en todo caso, al resarcimiento de la responsabilidad civil que...
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Comentario a Artículo 441 del Código Penal
Artículo 441 La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos admitidos en las Leyes o Reglamentos, realizare, por sí o por persona interpuesta, una actividad profesional o de asesoramiento permanente o accidental, bajo la dependencia o al servicio de entidades privadas o de particulares, en asunto en que deba intervenir o haya intervenido por razón de su cargo, o en los que se...
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Comentario a Artículo 377 del Código Penal
Artículo 377 Para la determinación de la cuantía de las multas que se impongan en aplicación de los artículos 368 a 372, el valor de la droga objeto del delito o de los géneros o efectos intervenidos será el precio final del producto o, en su caso, la recompensa o ganancia obtenida por el reo, o que hubiera podido obtener.
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Comentario a Artículo 279 del Código Penal
Artículo 279 La difusión, revelación o cesión de un secreto de empresa llevada a cabo por quien tuviere legal o contractualmente obligación de guardar reserva, se castigará con la pena de prisión de dos a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses. Si el secreto se utilizara en provecho propio, las penas se impondrán en su mitad inferior.
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Comentario a Artículo 348 del Código Penal
Artículo 348294 1. Los que en la fabricación, manipulación, transporte, tenencia o comercialización de explosivos, sustancias inflamables o corrosivas, tóxicas y asfixiantes, o cualesquiera otras materias, aparatos o artificios que puedan causar estragos, contravinieran las normas de seguridad establecidas, poniendo en concreto peligro la vida, la integridad física o la salud de las personas,...
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Aspectos procesales sobre el ejercicio de la acción civil en el proceso penal
Pese al usual ejercicio de la acción civil junto a la penal derivada del delito, el mismo es tratado de forma anárquica con relativa frecuencia, tanto por las partes como por el juzgado de instrucción, lo que plantea determinados problemas en la fase de enjuiciamiento que generan trámites y gastos innecesarios, que podrían evitarse de cumplirse las reglas básicas que regulan su tratamiento...
... actividad, cuando, como consecuencia de un hecho previsto en este Código, se produzca el evento que determine el riesgo asegurado, serán ... 453 ... En este sentido se pronuncia GONZÁLEZ PORRAS, «Comentario del art. 1.186 CC», en ALBADALEJO GARCÍA, M. (dir.), et al.: ... -
Comentario a Artículo 371 del Código Penal
Artículo 371 1. El que fabrique, transporte, distribuya, comercie o tenga en su poder equipos, materiales o sustancias enumeradas en el cuadro I y cuadro II de la Convención de Naciones Unidas, hecha en Viena el 20 de diciembre de 1988, sobre el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, y cualesquiera otros productos adicionados al mismo Convenio o que se incluyan en...
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Comentario a Artículo 282 del Código Penal
Artículo 282 Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año o multa de 12 a 24 meses los fabricantes o comerciantes que, en sus ofertas o publicidad de productos o servicios, hagan alegaciones falsas o manifiesten características inciertas sobre los mismos, de modo que puedan causar un perjuicio grave y manifiesto a los consumidores, sin perjuicio de la...
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Comentario a Artículo 385 del Código Penal
Artículo 385 Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o a las de multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de diez a cuarenta días, el que originare un grave riesgo para la circulación de alguna de las siguientes formas: 1ª Colocando en la vía obstáculos imprevisibles, derramando sustancias deslizantes o inflamables o...
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Comentario a Artículo 365 del Código Penal
1. Delito de peligro abstracto. 2. Acción típica. 3. Objeto típico: agua potable ¿qué se entiende por tal?.
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Comentario a Artículo 449 del Código Penal
Artículo 449 1. En la misma pena señalada en el artículo anterior incurrirá el Juez, Magistrado o Secretario Judicial culpable de retardo malicioso en la Administración de Justicia. Se entenderá por malicioso el retardo provocado para conseguir cualquier finalidad ilegítima. 2. Cuando el retardo sea imputable a funcionario distinto de los mencionados en el apartado anterior, se le...
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Comentario a Artículo 318 del Código Penal
Artículo 318 Cuando los hechos previstos en los artículos de este título se atribuyeran a personas jurídicas, se impondrá la pena señalada a los administradores o encargados del servicio que hayan sido responsables de los mismos y a quienes, conociéndolos y pudiendo remediarlo, no hubieran adoptado medidas para ello. En estos supuestos la autoridad judicial podrá decretar, además, alguna o...