comentario codigo penal
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Comentario a Artículo 566 del Código Penal
§ 1. Sujeto activo del delito: diferenciación entre promotores, organizadores y cooperantes. § 2. La problemática del agente único. § 3. Coautoría. § 4. Elementos del delito. § 5. Penalidad.
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Comentario al Artículo 65 del Código Penal
Circular de la Fiscalía General del Estado 1/2004 sobre régimen transitorio aplicable a la reforma 15/2003 en relación a las nuevas facultades opcionales de reducción de penas.
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Comentario al Artículo 66 del Código Penal
Consulta de la Fiscalía General del Estado 2/1997 sobre la determinación de la pena. Interpretación de las reglas 4, 5 y 7 del código penal.
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Comentario al Artículo 152 del Código Penal
§ 1. La imprudencia grave. § 2. Imprudencia grave con resultado de lesiones del apartado 2. § 3. El subtipo agravado del apartado 3. La imprudencia profesional. § 3.1. La inhabilitación profesional. § 4. Casuística sobre utilización de armas por agentes de los Cuerpos de Seguridad del Estado.
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Comentario al Artículo 61 del Código Penal
Circular de la Fiscalía General del Estado 1/2004 sobre régimen transitorio aplicable a la reforma 15/2003 en relación a la individualización de la pena.
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Comentario al Artículo 88 del Código Penal
1. Requisitos legales para la sustitución de la pena. 2. El incumplimiento de la pena sustitutiva. 3. Circular de la Fiscalía General del Estado 1/2005 de 31 de marzo sobre aplicación de la reforma del Código Penal operada por la LO 15/2003 de 25 de noviembre en relación al art. 88 CP. 4. La equiparación del antiguo arresto de fin de semana en la sustitución de la pena por el de localización...
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Comentario al Artículo 29 del Código Penal
1. La complicidad delictiva. Concepto. 2. La complicidad adhesiva. 3. Diferencias entre autoría, cooperación necesaria y complicidad. 4. Complicidad y autoría en los delitos cometidos por omisión.
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Comentario al Artículo 120 del Código Penal
1. Apartado 1: Responsabilidad civil de los padres o tutores por los daños y perjuicios causados por los delitos o faltas cometidos por los mayores de dieciocho años sujetos a su patria potestad o tutela y que vivan en su compañía, siempre que haya por su parte culpa o negligencia. 2. Apartado 3: Responsabilidad civil de las personas naturales o jurídicas en los casos de delitos o faltas...
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Comentario a Artículo 563 del Código Penal
§ 1. Tenencia ilícita de armas: cuestiones generales. § 2. Elemento objetivo: la tenencia. § 3. Objeto del delito: el arma. § 4. Elemento subjetivo.
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Comentario al Proyecto de Reforma del Código Penal. Los programas de prevención de riesgos penales como exención de la responsabilidad penal de la persona jurídica, y su falta de adopción como nuevo delito que afecta a los administradores sociales. Alfredo Liñán.
@I. Introducción El proyecto de reforma del Código Penal aprobado el pasado día 20 de septiembre por el Consejo de Ministros incluye modificaciones que afectan de manera esencial a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, así como a los ad...
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Comentario al Artículo 76 del Código Penal
1. Función de la pena. 2. Acumulación de penas. 3. Cumplimiento efectivo de la pena sin exceder el triple del tiempo. Obtención del conjunto triple. 4. El acuerdo del Pleno no jurisdiccional del Tribunal Supremo de 29/11/2005 en relación a si debe exigirse la firmeza de las sentencias respecto a la acumulación de condenas.
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Comentario al Artículo 188 del Código Penal
§ 1. Concepto de prostitución y bien jurídico protegido. § 2. Tipo básico. § 3. Acción típica. § 4. Dolo. § 5. Determinación coactiva al ejercicio de la prostitución . § 6. Figura agravada del artículo 188.3 CP. § 7. Relación del delito del art. 188 y delito del art. 187 CP, homogeneidad. § 8. Prostitución coactiva: Homogeneidad con el delito de detención ilegal. § 9. Heterogeneidad con el delito
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Comentario al Artículo 239 del Código Penal
§ 1. Ganzúas u otros instrumentos análogos. § 2. Llaves legítimas perdidas por su propietario u obtenidas por un medio que constituya infracción penal. § 3. Tarjetas magnéticas.
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Comentario a Artículo 515 del Código Penal
§ Conceptos de terrorismo, terrorismo internacional, banda armada y asociación ilícita
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Comentario a Artículo 607 bis del Código Penal
Artículo 607 bis 1. Son reos de delitos de lesa humanidad quienes cometan los hechos previstos en el apartado siguiente como parte de un ataque generalizado o sistemático contra la población civil o contra una parte de ella. En todo caso, se considerará delito de lesa humanidad la comisión de tales hechos: 1º Por razón de la pertenencia de la víctima a un grupo o colectivo...
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Comentario a Disposición Transitoria Duodécima del Código Penal
§ Fiscalía General del Estado. §1. Circular 1/1996, de 23 de febrero, FGE sobre el régimen transitorio del Código Penal de 1995 (revisión de sentencias). § 2. Circular 2/1996, de 22 de mayo, FGE sobre el régimen transitorio del nuevo Código Penal: incidencia en el enjuiciamiento de hechos anteriores. § 3. Circular 3/1996, de 22 de noviembre, FGE sobre el criterio jurisprudencial relativo a la...
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Comentario a Artículo 420 del Código Penal
Artículo 420395 La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, recibiere o solicitare, por sí o por persona interpuesta, dádiva, favor o retribución de cualquier clase o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar un acto propio de su cargo, incurrirá en la pena de prisión de dos a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para...
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Comentario a Artículo 323 del Código Penal
Artículo 323 Será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses el que cause daños en un archivo, registro, museo, biblioteca, centro docente, gabinete científico, institución análoga o bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental, así como en yacimientos arqueológicos. En este caso, los Jueces o Tribunales podrán...
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Comentario a Artículo 281 del Código Penal
Artículo 281 1. El que detrajere del mercado materias primas o productos de primera necesidad con la intención de desabastecer un sector del mismo, de forzar una alteración de precios, o de perjudicar gravemente a los consumidores, será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años y multa de doce a veinticuatro meses. 2. Se impondrá la pena superior en grado si el...
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Comentario a Artículo 267 del Código Penal
Artículo 26717 Los daños causados por imprudencia grave en cuantía superior a 80.000 euros, serán castigados con la pena de multa de tres a nueve meses, atendiendo a la importancia de los mismos. Las infracciones a las que se refiere este artículo solo serán perseguibles previa denuncia de la persona agraviada o de su representante legal. El Ministerio Fiscal también podrá denunciar cuando
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Comentario a Artículo 358 del Código Penal
Artículo 358 El que por imprudencia grave provocare alguno de los delitos de incendio penados en las Secciones anteriores, será castigado con la pena inferior en grado, a las respectivamente previstas para cada supuesto.
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Comentario a Artículo 430 del Código Penal
Artículo 430408 Los que, ofreciéndose a realizar las conductas descritas en los artículos anteriores, solicitaren de terceros dádivas, presentes o cualquier otra remuneración, o aceptaren ofrecimiento o promesa, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año. Cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis de este Código una persona jurídica sea...
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Comentario a Artículo 422 del Código Penal
Artículo 422397 La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, admitiera, por sí o por persona interpuesta, dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su cargo o función, incurrirá en la pena de prisión de seis meses a un año y suspensión de empleo y cargo público de uno a tres años.
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Comentario al Artículo 259 del Código Penal
Artículo 259 Será castigado con la pena de uno a cuatro años de prisión y multa de 12 a 24 meses, el deudor que, una vez admitida a trámite la solicitud de concurso, sin estar autorizado para ello ni judicialmente ni por los administradores concursales, y fuera de los casos permitidos por la ley, realice cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones, destinado a pagar a...
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Comentario a Artículo 461 del Código Penal
Artículo 461 1. El que presentare a sabiendas testigos falsos o peritos o intérpretes mendaces, será castigado con las mismas penas que para ellos se establecen en los artículos anteriores. 2. Si el responsable de este delito fuese abogado, procurador, graduado social o representante del Ministerio Fiscal, en actuación profesional o ejercicio de su función, se impondrá en cada caso la pena...