comentario codigo penal
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Comentario a Artículo 419 del Código Penal
Artículo 419392 La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, recibiere o solicitare, por sí o por persona interpuesta, dádiva, favor o retribución de cualquier clase o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo un acto contrario a los deberes inherentes al mismo o para no realizar o retrasar injustificadamente el que debiera...
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Comentario a Artículo 272 del Código Penal
Artículo 272 1. La extensión de la responsabilidad civil derivada de los delitos tipificados en los dos artículos anteriores se regirá por las disposiciones de la Ley de Propiedad Intelectual relativas al cese de la actividad ilícita y a la indemnización de daños y perjuicios. 2. En el supuesto de sentencia condenatoria, el Juez o Tribunal podrá decretar la publicación de ésta, a costa...
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Comentario a Artículo 393 del Código Penal
Artículo 393 El que, a sabiendas de su falsedad, presentare en juicio o, para perjudicar a otro, hiciere uso de un documento falso de los comprendidos en los artículos precedentes, será castigado con la pena inferior en grado a la señalada a los falsificadores.
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Comentario a Artículo 450 del Código Penal
Artículo 450 1. El que, pudiendo hacerlo con su intervención inmediata y sin riesgo propio o ajeno, no impidiere la comisión de un delito que afecte a las personas en su vida, integridad o salud, libertad o libertad sexual, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años si el delito fuera contra la vida, y la de multa de seis a veinticuatro meses en los demás casos, salvo que...
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Comentario a Artículo 402 del Código Penal
Artículo 402 El que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años.
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Comentario al Artículo 4 del Código Penal
1. Prohibición de analogía de las leyes penales. 2. La garantía criminal: Prohibición de incriminar hechos que no se hallen penados por la ley y obligación del juez de ejecutar la sentencia dictada, aunque se estime que la acción u omisión no debería ser punible. 3. Principio de proporcionalidad de la pena: solicitud de indulto por parte del Tribunal sentenciador.
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Comentario al Artículo 171 del Código Penal
§ 1. Modificaciones legales. § 2. Amenazas en el ámbito familiar.
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Comentario a Artículo 315 del Código Penal
1. Vulneración del ejercicio de la libertad sindical o del derecho de huelga. 2. Coacciones laborales.
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Comentario a Artículo 310 del Código Penal
1. Concurso de normas con el delito fiscal. 2. Modalidades típicas: 2.1. Incumplimiento absoluto de la obligación tributaria de llevar contabilidad mercantil, libros o registros fiscales. 2.2. Doble contabilidad. 2.3. Ausencia o falseamiento de ciertas anotaciones contables. 2.4. Anotaciones contables ficticias.
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Comentario al Artículo 77 del Código Penal
El Concurso ideal.
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Comentario a Artículo 454 del Código Penal
Artículo 454 Están exentos de las penas impuestas a los encubridores los que lo sean de su cónyuge o de persona a quien se hallen ligados de forma estable por análoga relación de afectividad, de sus ascendientes, descendientes, hermanos, por naturaleza, por adopción, o afines en los mismos grados, con la sola excepción de los encubridores que se hallen comprendidos en el supuesto del número 1...
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Comentario a Artículo 380 del Código Penal
Artículo 380 1. El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior uno y hasta seis años. 2. A los efectos del presente precepto se reputará...
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Comentario al Artículo 94 del Código Penal
1. Concepto de habitualidad. 2. La habitualidad en el delito de malos tratos en el ámbito familiar. 3. Circular de la Fiscalía General del Estado 1/2005 de 31 de marzo sobre aplicación de la reforma del Código Penal operada por la LO 15/2003 de 25 de noviembre en relación al art. 94 CP.
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Comentario a Artículo 275 del Código Penal
Artículo 275 Las mismas penas previstas en el artículo anterior se impondrán a quien intencionadamente y sin estar autorizado para ello, utilice en el tráfico económico una denominación de origen o una indicación geográfica representativa de una calidad determinada legalmente protegidas para distinguir los productos amparados por ellas, con conocimiento de esta protección.
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Comentario a Artículo 413 del Código Penal
Artículo 413 La autoridad o funcionario público que, a sabiendas, sustrajere, destruyere, inutilizare u ocultare, total o parcialmente, documentos cuya custodia le esté encomendada por razón de su cargo, incurrirá en las penas de prisión de uno a cuatro años, multa de siete a veinticuatro meses, e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años.
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Comentario al Artículo 246 del Código Penal
§ 1. Bien jurídico protegido. § 2. Conducta típica y requisitos. § 3. Elemento subjetivo. § 4. Principio de intervención mínima.
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Los delitos de incendio
El fuego es un elemento con una increíble potencialidad destructora. Nos encontramos en un momento en que la protección del medio ambiente cobra una importancia crucial, no tanto por su inherente trascendencia, sino por la creciente concienciación social al respecto. Los incendios son un medio potencialmente dañino para la naturaleza, lo cual acrecienta el interés por combatirlos. Esta...
... Esta circunstancia tiene su reflejo en el Código Penal, con la tipificación de delitos ... GÓMEZ TOMILLO, MANUEL, Comentario al Código Penal, 2ª edición, Lex Nova, 2011 ... -
Comentario a Artículo 359 del Código Penal
1. Introducción: los nuevos delitos contra la salud pública. 2. Objeto material. 3. Presupuesto de la tipicidad de la conducta. Acción típica. 4. Consumación del delito. 5. Delito de riesgo abstracto o potencial. 6. Continuidad o no del tipo delictivo. 7. Bien jurídico protegido.
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Comentario a Artículo 386 del Código Penal
1. Expendición. 1.2. Introducción de moneda falsa. 2. Tenencia y adquisición para la expendición o distribución. 3. Expendición de moneda falsa obtenida de buena fe. 4. Competencia. 5. Ley de Enjuiciamiento Criminal: entrega vigilada.
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Comentario al Artículo 203 del Código Penal
§ 1. Entrada en domicilio de persona jurídica, establecimiento mercantil o local abierto al público. § 2. Concurso con el delito de robo.
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Comentario al Artículo 144 del Código Penal
§ 1. Bien jurídico protegido. § 2. Conducta delictiva. § 3. Autoría. § 4. Requisito sine qua non para la existencia del delito. § 5. Consumación. § 6. Diferencias entre el delito del art. 144 y el delito del art. 145 CP. § 7. El consentimiento. § 8. La comisión por omisión en el delito de aborto.
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Comentario a Artículo 361 del Código Penal
1. Conducta típica. 2. Delito de peligro concreto. 3. Objeto material: el medicamento.
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Comentario al Artículo 23 del Código Penal
1. Fundamento de la agravación. 2. Imposibilidad de aplicar la agravante si los vínculos o lazos familiares se encuentran rotos o el delito obedeció a razones extrañas al orden parental. 2.1. La nueva redacción del art. 23 dada por la Ley Orgánica 11/2003. 3. La relación de afectividad.
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Comentario a Artículo 285 del Código Penal
1. Precedentes comunitarios. 2. Bien jurídico protegido. 3. Sujetos activo y pasivo. 4. Consumación. 5. Elemento subjetivo. 6. Prescripción. 7. Tipo agravado del párrafo 2.
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Comentario al Artículo 243 del Código Penal
§ 1. El delito de extorsión: Concepto. § 2. Bien jurídico protegido. § 3. Elementos del tipo. § 4. Consumación. § 5. Tentativa.