Sentencias sobre Jornada anual

191 sentencias sobre Sentencias sobre Jornada anual

  • STSJ Andalucía 2020/2012, 21 de Junio de 2012

    CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. La doctrina correcta, desde una adecuada hermeneusis del precepto estatutario en cuestión, debe ser la de que se produzcan y aprecien por el Juzgado sentenciador, la existencia de perjuicios para el trabajador a causa del repetido cambio de condiciones esenciales de trabajo para que, en base a ello, actúe el mecanismo resolutorio contractual que le concede la

  • STS, 13 de Octubre de 2006

    "CONFLICTO COLECTIVO. PERSONAL LABORAL DE COMUNIDAD AUTÓNOMA. CALENDARIO LABORAL. TRATO DISCRIMINATORIO Se promueve demanda de conflicto colectivo. Las actividades de preparación de clases, las actividades de atención a alumnos y las actividades complementarias a las estrictamente ""lectivas"" no son las mismas ni tienen las mismas exigencias en los distintos niveles educativos. De ahí que un...

  • STSJ Comunidad de Madrid 229/2013, 25 de Marzo de 2013

    MODIFICACION SUSTANCIAL DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. Por el contrario, y respecto a las otras materias objeto de modificación, afectantes a los turnos de trabajo, procede estimar infringido el precepto convencional citado, al estar incluidas entre aquellos supuestos en los que, y en razón a lo ya dicho, es obligada aquella mediación extrajudicial. En primera instancia se desestima la demanda....

  • STSJ Comunidad de Madrid 858/2012, 12 de Diciembre de 2012

    CONFLICTO COLECTIVO. CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. La calificación de sustanciales de las modificaciones contractuales constituye un concepto jurídico indeterminado cuya precisa delimitación no está exenta de polémica. El extinto Tribunal Central de Trabajo estimó que una interpretación racional de tal expresión obligaba a concluir que una modificación de las condiciones del contrato...

  • STSJ Castilla y León 278/2011, 2 de Junio de 2011

    CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. Aunque en la aproximación a este concepto jurídico indeterminado haya de partirse de la base que proporciona el DRAE, definiendo como sustancial lo que «constituye lo esencial y más importante de algo, y como accidental lo no esencial, lo cierto es que los contornos difusos de tales descripciones han llevado a destacar la imposibilidad de trazar una noción...

  • STSJ La Rioja 273/2012, 29 de Junio de 2012

    DERECHO SINDICAL. CONDUCTA ANTISINDICAL. Por otro lado, la actuación empresarial, concretada en la actuación del director de RRHH, tampoco vulnera el art. 82 del convenio colectivo de aplicación, pues el grupo de trabajo al que tantas veces nos hemos remitido no tenía capacidad para adoptar decisión alguna atinente a los trabajadores de la empresa, sino la de efectuar una propuesta que debía ser...

  • STSJ Cataluña 4084/2005, 5 de Mayo de 2005

    CONFLICTO COLECTIVO. CALENDARIO ACADÉMICO. VACACIONES. MODIFICACIÓN SUSTANCIAL. CONDICIONES DE TRABAJO. DISTRIBUCIÓN. El calendario laboral fijado por la empresa comporta una modificación sustancial de condiciones de trabajo unilateral. La empresa no ha utilizado abusivamente la posibilidad de fijar el calendario de vacaciones, fragmentando excesivamente su distribución de forma que haga ilusoria

  • STSJ Murcia 95/2006, 30 de Enero de 2006

    CONFLICTO COLECTIVO. CALENDARIO LABORAL. La propuesta de calendario laboral y vacaciones se efectúa todos los años, lo que nos indica que estamos ante pactos con ámbito temporal limitado y no ante concesiones que, por su reiteración y repetición, se incorporan a la relación contractual, sin que, por tanto, pueda fijarse ni extenderse una condición más beneficiosa más allá de los límites fijados...

  • STSJ Castilla y León 298/2012, 26 de Abril de 2012

    'CONDICIONES LABORALES. MODIFICACIÓN. MOVILIDAD GEOGRÁFICA. En otro orden de cosas, y respecto a la calificación por la Magistrado quo de la modificación sustancial como individual, el art. 41.1b) ET establece que tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo entre otras las que afecten al horario; en su punto 2, que las colectivas serán las que se refieran

  • STSJ Castilla y León , 4 de Mayo de 2012

    JORNADA DE TRABAJO. HORAS TRABAJADAS. En base a los mismos no puede reconocerse derecho salarial alguno al recurrente, dado que en todo caso lo único que podría reclamarse es la exclusión del cómputo en la bolsa de horas de las realizadas en 2008, durante la vigencia del ERE al cual no se permitió la adhesión del trabajador y, en tal caso, si en alguno de los trimestres el saldo hubiera sido...

  • STSJ Castilla y León , 2 de Mayo de 2012

    JORNADA DE TRABAJO. HORAS TRABAJADAS. En base a los mismos no puede reconocerse derecho salarial alguno al recurrente, dado que en todo caso lo único que podría reclamarse es la exclusión del cómputo en la bolsa de horas de las realizadas en 2008, durante la vigencia del ERE al cual no se permitió la adhesión del trabajador y, en tal caso, si en alguno de los trimestres el saldo hubiera sido...

  • STSJ País Vasco 2033/2011, 29 de Julio de 2011

    CONFLICTO COLECTIVO. Conviene indicar, finalmente, que la cuestión que se somete a la decisión de la Sala no es similar a lo que resolvimos en sentencia de 20 de octubre de 2009 (rec. 2165/2009 ) ni ésta decidía que, fijadas las vacaciones en unas fechas por la empresa, si luego se impugnan con éxito por los trabajadores afectados, estimando mal establecida aquéllas, con solución posterior a la...

  • STSJ Comunidad de Madrid 253/2010, 8 de Abril de 2010

    CONDICION MAS BENEFICIOSA. En suma, conforme a los criterios establecidos por el Tribunal Supremo, para poder sostener la existencia de una condición más beneficiosa, es preciso que ésta se haya adquirido y disfrutado en virtud de la consolidación del beneficio que se reclama, por obra de una voluntad inequívoca de su concesión (SSTS de 16 de septiembre de 1992, 20 de diciembre de 1993, 21 de...

  • STSJ Navarra , 28 de Julio de 2004

    CONFLICTO COLECTIVO. Ha de concluirse por la Sala que ese reajuste no comporta una mutación relevante y de suficiente entidad, como para caracterizarlo de modificación sustancial, pues en puridad se trata de la coincidencia de esas dos circunstancias, y la elaboración del mentado calendario por parte de la empresa supone la facultad implícita en el ""ius variandi"" propio del poder de dirección...

  • STSJ País Vasco , 15 de Abril de 2008

    EXISTENCIA DE RELACIÓN DE TRABAJO. DESESTIMACIÓN. El objeto de las presentes actuaciones deriva del recurso interpuesto por la empresa demandada . Pretende combatir la sentencia que estimó la pretensión deducida por su antagonista, basada en una reclamación de cantidad cuya causa de pedir se sostenía en una re-caracterización de la relación de intercambio que vinculaba a las partes. Inicialmente

  • STSJ Galicia 1434/2012, 6 de Marzo de 2012

    LIBERTAD SINDICAL. Ahora bien, desde el punto de vista formal, ha de tenerse en consideración que la vulneración del ejercicio de tal derecho no basta por sí solo ya que, en relación con las normas de la carga de la prueba también es reiterada la doctrina del TC que establece que cuando se alegue que determinada decisión encubre en realidad una conducta lesiva de derechos fundamentales del...

  • STSJ Asturias 2776/2011, 4 de Noviembre de 2011

    HORAS EXTRAORDINARIAS. CALCULO. El recurso de la empresa, como se indicó antes, discrepa de los conceptos a tener en cuenta para conocer el valor de la hora ordinaria, pero no cuestiona la fórmula que para su determinación utiliza el Juzgador de instancia, ni cuestiona los hechos declarados probados y las bases económicas aplicadas por el Juzgado. La sentencia en este aspecto no emplea un módulo...

  • STSJ Andalucía 2650/2011, 7 de Octubre de 2011

    CONFLICTO COLECTIVO. CALENDARIO LABORAL. En este sentido la sentencia de 1 de junio 1992 aclara que «el hecho de que un litigio tenga por objeto un interés individualizable, que se concrete o pueda concretarse en un derecho de titularidad individual, no hace inadecuado el procedimiento especial de conflicto colectivo, siempre que el origen de la controversia sea la interpretación o aplicación de...

  • STSJ País Vasco 640/2012, 6 de Marzo de 2012

    VACACIONES. INCAPACIDAD TEMPORAL. Analizaremos la temática expuesta bajo la premisa de un criterio uniforme expuesto, por sentencia del T. Supremo de 24 de junio de 2009 recurso 1542/08 en pleno, a pesar de los votos particulares, que debemos dar por reproducida en temática de vacaciones anuales retribuidas con derecho a disfrutar en periodo posterior al establecido en el calendario laboral...

  • STSJ Asturias 32480/2011, 23 de Diciembre de 2011

    RETRIBUCIÓN. HORAS EXTRAORDINARIAS. El recurso de la empresa, discrepa de los conceptos a tener en cuenta para conocer el valor de la hora ordinaria, pero no cuestiona la fórmula que para su determinación utiliza el Juzgador de instancia. Como ya apuntamos antes, la sentencia en este aspecto no emplea un módulo para el cálculo que permita conocer el valor de las horas extraordinarias antes de su...

  • STSJ Asturias 2802/2011, 11 de Noviembre de 2011

    HORAS EXTRAORDINARIAS. El recurso de la empresa, como se indicó antes, discrepa de los conceptos a tener en cuenta para conocer el valor de la hora ordinaria, pero no cuestiona la fórmula que para su determinación utiliza el Juzgador de instancia. Como ya apuntamos antes, la sentencia en este aspecto no emplea un módulo para el cálculo que permita conocer el valor de las horas extraordinarias...

  • STSJ Navarra 308/2011, 14 de Octubre de 2011

    CONFLICTO COLECTIVO. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO. Téngase en cuenta que el calendario de trabajo no puede suponer una modificación encubierta de las condiciones de trabajo, y que el art. 41 Estatuto de los Trabajadores indica que entre las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo está el horario. El cambio, unilateral en el horario, no encuentra justificación en la

  • STSJ Comunidad de Madrid 506/2006, 26 de Junio de 2006

    JUBILACIÓN FORZOSA. El derecho al disfrute de vacaciones se genera por el hecho de prestar servicios, cual se desprende del art. 4-1 del Convenio núm. 132 de la Organización Internacional del Trabajo de 24-6-1970, ratificado por España por instrumento de 16-6-1972 publicado el siguiente 5-7-1974, a cuyo fin se equiparan los períodos en que la falta de trabajo venga determinada por motivos ajenos...

  • STSJ Galicia 2831/2012, 11 de Mayo de 2012

    SALARIO. PLUS DE NOCTURNIDAD. La razón del abono del plus de nocturnidad descansa en retribuir la especial penosidad del trabajo en horas nocturnas sin que la actividad profesional de la actora, a la sazón auxiliar de geriatría, sea incardinable en el ámbito de las que, exclusiva y necesariamente, impliquen trabajo nocturno, lo que no acaece en el caso, pues la actora desarrollaba su trabajo en...

  • STSJ Navarra 321/2010, 18 de Noviembre de 2010

    CONDICIONES DE TRABAJO. MODIFICACIÓN. En el presente caso es evidente que se ha producido una modificación sustancial de las condiciones de trabajo del actor en cuanto la aprobación del calendario laboral para el año 2010 para los empleados de mantenimiento del Ayuntamiento alteró aspectos esenciales de su relación laboral pues supuso la implantación de turnos de trabajo, de tal forma que si...

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