Pleno de la Diputación (art. 33 LBRL)

AutorMaría Burzaco Samper
Cargo del AutorProfesora Propia Adjunta de Derecho Administrativo, Universidad Pontificia Comillas-ICADE
Páginas70-74
70
Pleno de la Diputación (art. 33 LBRL)
Composición
(art. 33.1 LBRL)
Presidente + Diputados.
Funciones
(art. 33.2 y 3 LBRL15)
a) Organización de la Diputación.
b) Aprobación de las ordenanzas.
c) Aprobación y modificación de los Presupuestos, la disposición de gastos dentro de los límites de su competencia y la
aprobación provisional de las cuentas (de acuerdo con LHL).
d) Aprobación de los planes de carácter provincial.
e) Control y la fiscalización de los órganos de gobierno.
f) Aprobación de la plantilla de personal, la relación de puestos de trabajo, la fijación de la cuantía de las retribuciones
complementarias fijas y periódicas de los funcionarios, y el número y régimen del personal eventual.
g) Alteración de la calificación jurídica de los bienes de dominio público.
h) Planteamiento de conflictos de competencias a otras EELL y demás AAPP.
i) Ejercicio de acciones judiciales y administrativas y la defensa de la Corporación en materias de competencia plenaria.
j) Declaración de lesividad de los actos de la Diputación.
k) La concertación de las operaciones de crédito cuya cuantía acumulada en el ejercicio económico exceda del 10% de
los recursos ordinarios.
Excepción: las operaciones de tesorería, que le corresponderán cuando el importe acumulado de las operaciones
vivas en cada momento supere el 15% de los ingresos corrientes liquidados en el ejercicio anterior.
l) (…)
15 Letras l) y n) de este art. 33.2 LBRL están dero gadas.

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