STSJ Castilla-La Mancha 1004/2013, 31 de Julio de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha31 Julio 2013
Número de resolución1004/2013

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 01004/2013

C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE

Tfno: 967 596 714

Fax:967 596 569

NIG: 02003 34 4 2013 0102257

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000366 /2013

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000248 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de CUENCA

Recurrente/s: AYUNTAMIENTO DE LAS MESAS AYUNTAMIENTO DE LAS MESAS, AYUNTAMIENTO DE EL PEDERNOSO

Abogado/a: FRANCISCO PEREZ GARCÍA

Procurador/a: FRANCISCO PONCE RIAZA

Graduado/a Social:

Recurrido/s: AYUNTAMIENTO DEL PEDERNOSO, Eufrasia Y CONSEJERÍA DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES

Abogado/a: LUIS MARIA BASCUÑAN ANOVER

Procurador/a: RAQUEL ZAMORA MARTINEZ (AYUNTAMIENTO DE EL PEDERNOSO)

Graduado/a Social:

Magistrado/a Ponente: Ilmo. Sr. D. JESÚS RENTERO JOVER

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

D. PEDRO LIBRAN SAINZ DE BARANDA

D. JESÚS RENTERO JOVER

Dª. ASCENCIÓN OLMEDA FERNÁNDEZ Dª. MARIA DEL CARMEN PIQUERAS PIQUERAS

En Albacete, a treinta y uno de julio de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1004/13

En los Recursos de Suplicación número 366/13, interpuestos por la representación legal del AYUNTAMIENTO DE LAS MESAS y por EL AYUNTAMIENTO DE EL PEDERNOSO, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Uno de Cuenca, de fecha 19-11-2012, en los autos número 248/12, sobre DESPIDO, siendo recurrido AYUNTAMIENTO DE EL PEDERNOSO, Eufrasia Y CONSEJERÍA DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JESÚS RENTERO JOVER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: " FALLO: Que estimando la excepción de caducidad respecto de la CONSEJERÍA DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA y se desestima la excepción de caducidad, respecto del AYUNTAMIENTO DE LAS MESAS, y se desestima íntegramente la excepción de falta de legitimación pasiva respecto de los codemandados y estimando la demanda presentada por doña Eufrasia contra EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DEL PEDERNOSO Y el EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE LAS MESAS y LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA, se declara la improcedencia del despido condenando solidariamente a los Ayuntamientos de EL PEDER NO SO y LAS MESAS a que en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia opten entre la readmisión de la trabajadora o el abono de una indemnización de

9.218,13 #, y además se les condena cualquiera que sea la elección al abono de los salarios dejados de percibir por la parte actora desde el 31/12/2011 hasta la notificación de la sentencia en cuantía de 63,03 # diarios, absolviendo a la CONSEJERÍA DE SANIDAD Y ASUNTOS SOCIALES DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA, de las pretensiones deducidas en su contra.

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

PRIMERO

La parte actora, doña Eufrasia, con DNI NUM000, ha prestado servicios para el EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE EL PEDERNOSO desde el 6/10/2.008, como trabajadora social de apoyo(seguimiento del servicio de ayuda a domicilio), y con un salario diario, incluido el prorrateo de pagas extras de 63,03 #.

SEGUNDO

Entre dicha trabajadora y el EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO de EL PEDERNOSO se han suscrito los siguientes contratos: El 6/10/2.008 firmó un contrato de obra o servicio determinado, con una duración hasta el 31/12/2.008, siendo el objeto del mismo ser trabajadora social de apoyo en la zona P.R.A.S.(Plan regional de acción social). Posteriormente suscribieron ambas partes una prórroga del anterior contrato de obra o servicio determinado hasta el 31/12/2.009. El 1/1/2.010 suscribió un nuevo contrato de obra o servicio determinado consignándose como objeto del mismo el de trabajadora social de apoyo, y con una duración hasta el 31/12/2.010. Por último ambas partes suscribieron una prórroga del anterior contrato de obra o servicio con una duración hasta el 31/12/2.011.

TERCERO

En fecha 01/09/2008 se suscribió el acuerdo adicional al convenio de colaboración suscrito entre la CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLALA MANCHA y el AYUNTAMIENTO de EL PEDERNOSO, para el desarrollo de proyectos de ejecución supramunicipal en el ámbito de las tareas de servicios sociales del programa regional de acción social (P.R.A.S.) para prestaciones básicas de servicios sociales, en el marco de un plan concertado. El objeto de dicho acuerdo era fijar la colaboración de las partes firmantes en la financiación del proyecto, cuyo contenido se especificaba en el anexo primero del mismo y se desarrollaría en el ámbito del área de servicios sociales número del código 1612; dicha financiación se distribuía entre la Consejería con un importe de 218.534,34 # el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales que aportaba un importe de 3.000 # y el Ayuntamiento con un importe de un euro, siendo el total de 221.535,34 #. Dicha financiación se destinaba por el Ayuntamiento al pago de los siguientes conceptos: personal estructural 129.755,22 #, mantenimiento

20.458,69 # y programas 71.321,33 # el contenido del mismo consta en el expediente administrativo y se da íntegramente por reproducido. En fecha 29 abril 2009 se suscribe el convenio de colaboración entre la CONSEJERÍA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA y el AYUNTAMIENTO de EL PERDERNOSO para el desarrollo de proyectos de ejecución supramunicipal en el ámbito de las áreas de servicios sociales del programa regional de acción social, para prestaciones básicas de servicios sociales en el marco del plan concertado. En dicho convenio consta en estipulación séptima que el Ayuntamiento adquiere el compromiso de ejecutar el proyecto financiado por el presente convenio y de atender a los gastos que se deriven del mismo hasta el total de la cantidad financiada. Asimismo se dispone que el personal contratado por el Ayuntamiento en virtud del presente convenio prestaría exclusivamente sus servicios en el desarrollo del proyecto aprobado, siendo el ayuntamiento quien establecerá las formas contractuales y relaciones laborales que estimase pertinentes para el buen funcionamiento de los servicios, por lo que serían de su entera responsabilidad las obligaciones que de ellos se derivasen. Asimismo se disponía en el convenio que la Consejería no tendría ninguna vinculación con las obligaciones laborales o de otro tipo que para el desarrollo del presente convenio fuesen asumidas por el Ayuntamiento. Asimismo el Ayuntamiento en virtud del convenio se comprometía a poner a disposición del equipo del área un espacio físico suficientemente equipado, con teléfono fax ADSL fotocopiadoras y equipamiento informático, en donde centralizaría la coordinación de los recursos y los programas comunes en las zonas que integraban dicho área. El contenido del mismo consta en el expediente administrativo y se da íntegramente por reproducido. En fecha 16/04/2010, se suscribió convenio de colaboración entre la CONSEJERÍA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA y el AYUNTAMIENTO de EL PEDERNOSO para el desarrollo de programas sociales básicos de ámbito supramunicipal, teniendo por objeto establecer las líneas de colaboración entre la CONSEJERÍA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL y el AYUNTAMIENTO, para el desarrollo de programas sociales básicos de ámbito supramunicipal de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 181/2009 de 01/12/2009, sobre convenios de colaboración con las entidades locales para el desarrollo de las prestaciones sociales básicas de la red pública de servicios sociales. El contenido del mismo consta en el expediente administrativo obrante en autos, y se da íntegramente por reproducido. En fecha 23 febrero 2011 se suscribe la ADDENDA al anterior convenio de colaboración entre la CONSEJERÍA DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA y el AYUNTAMIENTO de EL PERDERNOSO, procediendo a la modificación de las estipulaciones cuarta, quinta, sexta y decimocuarta del anterior convenio, estableciendo en la disposición decimocuarta que la vigencia del convenio se extendería hasta el 31 de diciembre de 2011, teniendo efectos económicos desde el uno de enero del 2011. El contenido de la misma consta en el expediente administrativo obrante en autos y su contenido se da íntegramente por reproducido.

CUARTO

El ámbito comarcal de actuación del centro conforme al convenio afecta los municipios ALBERCA DE ZÁNCARÁ, ALCONCHEL DE LA ESTRELLA, BELMONTE, CARRASCOSA DE HARO, FUENTELESPINO DE HARO, LOS HINOJOSOS, LAS MESAS, MONREAL DEL LLANO, OSA DE LA VEGA, EL PEDERNOSO, EL PROVENCIO, RADA DE HARO, SANTA MARÍA DE LOS LLANOS, SANTA MARÍA DEL CAMPO RUS, TRESJUNCOS, VILLAESCUSA DE HARO, VILLALGORDO DEL MARQUESADO y VILLAR DE LA ENCINA. En dicho convenio consta la estipulación octava que el personal que formaba parte del equipo técnico del área de servicios sociales trabajaría en coordinación con la Delegación Provincial de Bienestar Social.

QUINTO

En fecha 5 diciembre 2011 fue presentado escrito por el EXCELENTÍSIMO AYUNTAMIENTO DE EL PEDERNOSO renunciando a la gestión del convenio para el ejercicio 2012, manifestando su deseo de no renovar los contratos de los trabajadores a partir del uno de enero de 2012. Posteriormente por comunicación de 12 diciembre 2011 de la Directora General de Familia, Menores, Promoción Social y Voluntariado se...

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