Negociación colectiva
- Práctico Administrativo General por:
- Práctico Urbanismo por:
- Recurso de casación contra resoluciones anteriores al 29 de julio de 2023
- Comunicación de inicio de periodo de consultas de descuelgue salarial
- Escrito informando a la comisión paritaria del descuelgue salarial
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Autorización de registro de acuerdo por descuelgue salarial
Tras los distintos trámites legales formalizados conforme lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores, y alcanzado el acuerdo por las partes negociadoras, deberán en el plazo de quince días a partir del momento en que las partir firmen el acuerdo colectivo registrarlo. Asimismo, el en plazo de veinte días desde la presentación del convenio en el registro la autoridad laboral deberá...
- Versión original Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
- Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
- Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
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STS, 13 de Marzo de 2014
Declaración de nulidad de diversas modificaciones en las condiciones laborales de los trabajadores introducidas por la empresa sin llevar a cabo un previo procedimiento de consultas como el Estatuto de los Trabajadores requiere y con infracción de determinadas previsiones que sobre jornada, descansos y calendario laboral se contienen en el Convenio Estatal de Grandes Almacenes.
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STS, 16 de Abril de 2014
En relación al plazo de preaviso, junto a la garantía del descanso diario y semanal, se establece la garantía del preaviso de cinco días, y ese plazo, que, ampliándolo, podría haberse mejorado, no cabe empeorarlo, como hace el convenio, reduciéndolo hasta 24 horas.
- Reforma laboral. Cuadro comparativo del Estatuto de los trabajadores
- Dosier legislativo del Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo
- Límites a la ultraactividad del convenio colectivo