STSJ Comunidad de Madrid 322/2006, 27 de Marzo de 2006
Ponente | MARIA ROSARIO GARCIA ALVAREZ |
ECLI | ES:TSJM:2006:3023 |
Número de Recurso | 5721/2005 |
Número de Resolución | 322/2006 |
Fecha de Resolución | 27 de Marzo de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
MARIA VIRGINIA GARCIA ALARCONMARIA ROSARIO GARCIA ALVAREZMANUEL RUIZ PONTONES
RSU 0005721/2005
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.2
MADRID
SENTENCIA: 00322/2006
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 002 (C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)
N.I.G: 28079 34 4 2005 0012258, MODELO: 46050
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0005721 /2005
Materia: RESOLUCION CONTRATO
Recurrente/s: Juan
Recurrido/s: ABENGOA SA, BEFESA SERVICIOS CORPORATIVOS SA, BEFESA CONSTRUCCION Y TECNOLOGIA AMBIENTAL SA, NUEVA ELECTRICIDAD DEL GAS SA ,
TRATAMIENTO DE ACEITE Y MARMOLES SL
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL N. 5 de MADRID de DEMANDA 0000319
/2005 DEMANDA 0000319 /2005
Sentencia número: 322/06-M
Ilmos/as. Sres/as. D/Dª.
VIRGINIA GARCÍA ALARCÓN
ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ
MANUEL RUIZ PONTONES
En MADRID a veintisiete de marzo de dos mil seis, habiendo visto las presentes actuaciones la Sección 002 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia,
compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/as. citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española ,
EN NOMBRE DE S.M. EL REY
Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE
EL PUEBLO ESPAÑOL
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A
en el RECURSO SUPLICACION 0005721 /2005, formalizado por el/la Sr/a. Letrado D/Dª. JULIAN MIRANDA ROMERO, en nombre y representación de Juan, contra la sentencia de fecha 28 de Julio de 2005, dictada por el JDO. DE LO SOCIAL nº: 005 de MADRID en sus autos número DEMANDA 0000319 /2005 , seguidos a instancia de Juan frente a ABENGOA SA, BEFESA SERVICIOS CORPORATIVOS SA, BEFESA CONSTRUCCION Y TECNOLOGIA AMBIENTAL SA, NUEVA ELECTRICIDAD DEL GAS SA, TRATAMIENTO DE ACEITE Y MARMOLES SL, en reclamación por RESOLUCIÓN DE CONTRATO POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. ROSARIO GARCÍA ÁLVAREZ , y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes
Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.
En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:
D. Juan viene prestando sus servicios para BEFESA, SERVICOS CORPORATIVOS SA con una categoría de Licenciado - Administración y en puesto de Director Financiero.
El actor viene percibiendo por sus servicios y en cómputo anual la suma de 74.085,93 euros
El iter contractual del actor en el denominado grupo mercantil ABENGOA ha sido el siguiente:
-
- Desde e1 3 de abril 1.974 hasta el 31 de mayo 1.997.- ABENGOA SA
-
- Desde el 1 de junio de 1.997 hasta el 28 febrero 1.998.- con Convenio Especial con la Seguridad Social Española para ABENGOA PUERTO RICO SE.
-
- Desde el 1 de marzo de 1.998 hasta e1 31 diciembre 1.999.- ABENGOA SA.
-
- Desde el 1 enero 2.000 al 4 de septiembre 2.000.- BEFESA CONSTRUCCIÓN Y TECNOLOGÍA AMBIENTAL
-
- Desde 5 de septiembre de 2.000 al 7 enero 2.001.- NUEVA ELECTRICIDAD DEL GAS SA.
-
- Desde e1 8 de enero 2.001 al 30 mayo 2.003.- TRATAMIENTO DE ACEITES Y MÁRMOLES SL
-
- Desde el 31 de mayo de 2.003 hasta la fecha.- BEFESA, SERVICIOS CORPORATIVOS SA.
A lo largo de su vida laboral en las nóminas se ha figurado como antigüedad la de 3 de abril de 1.974.
BEFESA, SERVICIOS CORPORATIVOS SA pertenece, como las
demás demandadas, al grupo ABENGOA. La empresa se dedica a dar Servicios Corporativos de carácter financiero a las demás empresas del Grupo.
En los últimos tiempos, las empresas del grupo han comenzado a crear dentro de su propia organización, Direcciones Financieras, lo que ha implicado un
paulatino vaciado de contenido en las funciones del actor.
En septiembre de 2.005 se le ofreció al demandante la posibilidad de pasar con la misma categoría a otra empresa del grupo, lo que fue rechazado.
El demandante indicó a la empresa que solamente admitiría salir de la empresa percibiendo una indemnización de 45 días de salario por año de antigüedad,
contestándole el Jefe de Recursos Humanos del Grupo que podría plantear a la empresa una suma de dos anualidades pero que no se le pagarían los 45 que pretendía. El actor remite un e-mail a la dirección de la empresa mostrando su rechazo a las condiciones que se le ofrecían
Con posterioridad a esta conversación, el 24 de febrero de 2.005, la empresa entrega al actor la siguiente comunicación: Estimado Eduardo: Como sabes, el Plan Estratégico de Befesa contempla una fuerte expansión internacional que pasa, en gran medida, por abordar inversiones y proyectos en Ibero América, tanto por lo que se refiere a la actividad de Gestión de Residuos como a la
actividad de Ingeniería Medioambiental.
Dentro de dicha expansión cobra especial importancia en estos momentos del proyecto de desarrollo en Méjico, que contempla la apertura de un Depósito de Seguridad propio para el tratamiento de residuos peligrosos, así como la adquisición de una sociedad local especializada en gestión de residuos industriales, siendo la inversión prevista superior a quince millones de dólares (15.000.000 $).
Tales proyectos se encuentran en su recta final de planificación (permisología, due diligence, financiación, etc) y ello requiere dotar a la Sociedad creada al efecto en Méjico, denominada Befesa México; de un organigrama que permita el oportuno cierre de la planificación, así como una efectiva puesta en marcha de las actividades.
Especial inmediatez y relevancia adquiere la tarea de Responsable de Administración y Finanzas, pues no sólo debe hacerse cargo de la gestión financiera, tesorería, contabilidad, fiscal y demás aspectos habituales del puesto,
sino que además será responsable de la implantación en la Sociedad a adquirir de todos los sistemas comunes de Gestión de Befesa (Abengoa).
Poseyendo las competencias y experiencias idóneas para le desempeño de tal responsabilidad, te comunicamos tu próximo destino en México como Director de Administración y Finanzas de Befesa México, responsabilidad que será efectiva desde el próximo1 de marzo de 2.005, debiendo incorporarte a la sociedad en México DF el próximo 1 abril de 2.005.
Igualmente y en paralelo, como sabes se procederá también con fecha 1 marzo 2.005 a la amortización de tu actual puesto de trabajo dentro de la Sociedad
cabecera del Grupo de Negocio: Befesa Servicios corporativos. Con dicha medida se ajusta la estructura operativa y funcional de la Compañía a las necesidades
reales de las Sociedades del Grupo de Negocio al que sirve, pues estas se apoyan para estos menesteres en sus propias estructuras administrativas y financieras y en la estructura corporativa de Abengoa, cuyo corporativo interviene de manera decisiva a través del Sistema Común de gestión en esta área que, como sabes, basa su operativa en un sistema de autorizaciones verticales. Esta disminución de
responsabilidad y operación hace posible la reestructuración en dos (actualmente tres) de las áreas funcionales de la Sociedad.
Tus condiciones en el nuevo destino y de traslado serán las estándares Befesa Abengoa para tu puesto y responsabilidad, respetando en todo caso las condiciones
ad personam que ostentas en la actualidad. El departamento de Recursos Humanos (Girh) está a tu disposición para las cuestiones de traslado y el de tu familia y enseres, en su caso, así como tu ubicación en Méjico DF.
No consta que BEFESA tenga representante de los trabajadores.
En comunicación de 8 de marzo de 2.003 la empresa indica al actor que el traslado durará cuatro años, que puede viajar allí e1 5 de abril. Así mismo se le fija una dieta de 3.500 dólares mensuales, coche de empresa, seguro médico y dos
viajes familiares a España.
El actor visita Méjico los días 16 y 17 de marzo de 2.005 y emite un informe en el que señala los siguientes puntos:
-
- Que Befesa México carece de personal y estructura organizativa.
-
- Que se carece de los permisos
-
- Que la naturaleza de los terrenos impide la construcción de la planta.
-
- Que el proyecto, en el caso de conseguir los permisos, se implantaría en varios años por lo que no serían suficientes los cuatro años de traslado.
-
- Que la sociedad que se pretende adquirir para la puesta en marcha del proyecto tiene fuertes pérdidas.
-
- Que no se cuenta con financiación.
Con posterioridad (no consta fecha) el actor inicia un proceso de IT por síndrome ansioso depresivo, sin que a la fecha se haya cursado el alta.
El 14 de junio de 2.005 se protocolizan ante la notaría n° 55 del Distrito Federal los siguientes documentos:
-
- Carta de la Presidenta Municipal de Zimapán de Zavala (Estado de Hidalgo) mostrando el apoyo de la Corporación Municipal a la construcción de la Planta.
-
- Acuerdo entre el Estado de Hidalgo, el Municipio de Zimapan de Zavala y la empresa BEFESA para el apoyo a la empresa.
-
- Contrato de Arrendamiento por 30 años del Ejido de San Antonio.
-
- Oficio del Ejido de San Antonio por el que se acepta el proyecto de construcción de la planta.
-
- Oficio por el que se aprueba el cambio de uso del suelo.
-
- Resolutivo...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAN 172/2016, 15 de Noviembre de 2016
...nos vemos obligados a estimar la excepción propuesta. OCTAVO - ABENGOA excepcionó finalmente cosa juzgada, puesto que la STSJ Madrid de 27-03-2006, rec. 5721/2005 . - El fallo de la sentencia citada dijo textualmente lo Estimando el recurso de suplicación formulado por D. Balbino contra la ......
-
STSJ Galicia , 13 de Abril de 2021
...propuesta por el empresario a sus trabajadores tras la finalización del ERTE. El juez de instancia alude también a una STSJ de Madrid de 27 de marzo de 2006, donde se alegaba que la decisión de traslado del trabajador a Méjico era una directa consecuencia de la negativa del trabajador a ac......
-
ATS, 14 de Mayo de 2015
...de modificación de su contrato de fijo en fijo-discontinuo, para lo que invoca de contraste la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 27 de marzo de 2006 (Rec. 5721/2005 ); 2) El segundo por entender que no se puso a disposición de la trabajadora la indemnización, por lo ......
-
ATS, 2 de Junio de 2015
...de modificación de su contrato de fijo en fijo-discontinuo, para lo que invoca de contraste la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 27 de marzo de 2006 (Rec. 5721/2005 ); 2) El segundo por entender que no se puso a disposición de la trabajadora la indemnización, por lo ......