Modificación de condiciones de trabajo
- Práctico Administrativo General por:
- Práctico Urbanismo por:
- Requisitos de escisión de una sociedad limitada
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Demanda por modificación sustancial de las condiciones de trabajo
Demanda interpuesta por un trabajador contra la empresa por comunicarle sin previo aviso una modificación de las condiciones sustanciales del puesto de trabajo, por lo que, se pide reponer las anteriores condiciones de trabajo o la extinción de la relación laboral.
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Modelo de demanda de despido tras negativa por parte de empresa a abonar indemnización prevista en artículo 41 et (cuando trabajador opta por extinción tras una modificación sustancial de condiciones de trabajo)
La reciente modificación del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (el cual permite al empresario acordar modificación sustanciales de las condiciones de trabajo “cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción”) conlleva en los últimos tiempos una cierta generalización de su empleo. A tal efecto es preciso señalar que viene a matizar la actual...
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Modificación sustancial de las condiciones de trabajo
Se podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción, que afecten a materias tales como: la jornada de trabajo; el horario y distribución del tiempo de trabajo; la remuneración; etcétera. (ver art. 41 E.T. ) Hay dos tipos de modificaciones: individuales y colectivas. En este caso...
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STS, 27 de Enero de 2014
CONTRATO DE TRABAJO. MODIFICACIÓN DE LA RELACION LABORAL. La remisión que el precepto legal hace a las acciones judiciales y la obligada tutela que ello comporta [ art. 24.1 CE ], determinan que en el acceso a la jurisdicción compete no sólo emitir un juicio de legalidad en torno a la existencia de la causa alegada, sino también de razonable adecuación entre la causa acreditada y la modificación...
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STS, 24 de Julio de 2014
CONFLICTO COLECTIVO. IMPUGNACIÓN. La necesidad de garantizar que los derechos fundamentales del trabajador no sean desconocidos por el empresario bajo la cobertura formal del ejercicio por parte de éste de los derechos y facultades reconocidos por las normas laborales pasa por considerar la especial dificultad que ofrece la operación de desvelar, en los procedimientos judiciales correspondientes,
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