STSJ Cataluña 5319/2006, 11 de Julio de 2006

PonenteMARIA LOURDES ARASTEY SAHUN
ECLIES:TSJCAT:2006:8062
Número de Recurso80/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución5319/2006
Fecha de Resolución11 de Julio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 5319/2006

En el recurso de suplicación interpuesto por Outservico Servicios y Comunicaciones, S.L. y Marcelina Y OTROS frente a la Sentencia del Juzgado Social 29 Barcelona de fecha 26 DE MAYO DE 2005 dictada en el procedimiento Demandas nº 80/2005 y siendo recurrido/a Jose Alexander , Recerca i Desenvolupament Empresarial, S.A., Correos y Telégrafos, S.A.E. y Institut Municipal d'Hisenda. Ha actuado como Ponente el/la Ilma. Sra. Mª LOURDES ARASTEY SAHÚN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 26 de mayo de 2005 que contenía el siguiente Fallo:

Que, estimando las excepciones de falta de legitimación pasiva formuladas por las empresas Recerca i Desenvolupament Empresarial SA, Sociedad Estatal Correos y Telégrafos SA y por el Institut Municipal d'Hisenda del Ayuntamiento de Barcelona, los absuelvo de las peticiones deducidas en su contra y, previa desestimación de las excepciones de falta de legitimación pasiva y de falta de acción instadas por la empresa Outservico Servicios y Comunicaciones SL, estimo la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Dña Marcelina , D. José Alexander , D. Roberto , Dña Camila y D. Carlos Daniel, sobre despido, debo declarar y declaro la improcedencia de los despidos de los actores efectuados en fecha 10 de enero de 2005 y debo condenar y condeno a la empresa Outservico Servicios y Comunicaciones SL a estar y pasar por esta declaración, y a que, por tanto, readmita a los demandantes en sus puestos de trabajo en las mismas condiciones que regían con anterioridad al despido, o bien les indemnice con las siguientes sumas:

- Dña Marcelina : 13.002,06 € (trece mil dos euros con seis céntimos)

- D. Alexander : 10.805,06 € (diez mil ochocientos cinco euros con seis céntimos)

- D. Roberto : 11.701,92 € (once mil setecientos un euro con noventa y dos céntimos)

- Dña Camila : 15.324,60 € (quince mil trescientos veinticuatro euros con sesenta céntimos)

- D. Carlos Daniel : 11.677,75 € (once mil seiscientos setenta y siete euros con setenta y cinco céntimos)

Condeno a la empresa Outservico Servicios y Comunicaciones SL, además, y en todo caso, a que abone a los trabajadores los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido y hasta la de la notificación de esta sentencia, a razón de los siguientes euros diarios de salario, con prorrata de pagas extras:

- Dña Marcelina : 30,68 €

- D. Alexander : 25,50 €

- D. Roberto : 29,16 €

- Dña Camila : 39,67 €

- D. Carlos Daniel : 30,23 €

Se advierte, por último, a la empresa Outservico Servicios y Comunicaciones SL que la opción señalada, habrá de efectuarse ante este Juzgado de lo Social en el plazo de los cinco días siguientes, desde la notificación de la sentencia, entendiéndose que de no hacerlo así se opta por la readmisión.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- 1.- Dña Marcelina , DNI NUM000 , fue contratada laboralmente por la demandada Outservico Servicios y Comunicaciones SL por medio de diversos contratos de trabajo, siempre en la modalidad de para obra o servicio determinado, que a continuación se detallan:

- Del 1 de septiembre de 1995 al 5 de febrero de 1997

- Del 6 de febrero de 1997 al 31 de diciembre de 1997

- Del 5 de enero de 1998 al 31 de diciembre de 1998

- Del 4 de enero de 1999 al 28 de enero de 2000

- Del 7 de febrero de 2000 al 24 de enero de 2001

- El último contrato suscrito es de 25 de enero de 2001, si bien el 1 de marzo de 2003 se realiza conversión del mismo en contrato de duración indefinida

La jornada de trabajo contratada era a tiempo parcial de 30 horas semanales, siendo 39 horas la ordinaria del sector (76,9 %).

(doc. 7 y 10 a 17 de la parte actora y 26 a 41 y 45 y 46 de Outservico).

  1. - La categoría profesional de la demandante es la de repartidora (doc 16, 17 y 35 a 39 de la parte actora)3.- El salario mensual percibido por la demandante, con prorrata de pagas extraordinarias incluidas, es de 920,50 €, si bien únicamente tenía reflejo en la nómina la cantidad de 752,55 € mensuales, con prorrata de pagas extras, ingresándole el resto mediante transferencia (doc. 32 a 43 de la parte actora y 8 a 25 de Outservico).

SEGUNDO

D. Alexander , DNI NUM001 , fue contratado laboralmente por la demandada Outservico Servicios y Comunicaciones SL por medio de diversos contratos de trabajo, siempre en la modalidad de para obra o servicio determinado, que a continuación se detallan:

- Del 19 de agosto de 1995 al 22 de marzo de 1996

- Del 1 de abril de 1996 al 31 de diciembre de 1996

- Del 2 de enero de 1997 al 31 de diciembre de 1998

- Del 4 de enero de 1999 al 28 de enero de 2000

- Del 7 de febrero de 2000 al 24 de enero de 2001

- El último contrato suscrito es de 25 de enero de 2001, si bien el 1 de marzo de 2003 se realiza conversión del mismo en contrato de duración indefinida

La jornada de trabajo contratada era a tiempo parcial de 30 horas semanales, siendo 39 horas la ordinaria del sector (76,9 %).

(doc. 164 a 171 de la parte actora y 60 a 79 de Outservico).

  1. - La categoría profesional del demandante es la de repartidor (doc 139 a 148 de la parte actora)

  2. - El salario mensual percibido por el demandante, con prorrata de pagas extraordinarias incluidas, es de 764,96 €, si bien únicamente tenía reflejo en la nómina la cantidad de 752,55 € mensuales, con prorrata de pagas extras, ingresándole el resto mediante transferencia (doc. 139 a 148 de la parte actora y 80 a 94 de Outservico).

TERCERO

D. Roberto , DNI NUM002 , fue contratado laboralmente por la demandada Outservico Servicios y Comunicaciones SL por medio de diversos contratos de trabajo, siempre en la modalidad de para obra o servicio determinado, que a continuación se detallan:

- Del 15 de febrero de 1996 al 22 de marzo de 1996

- Del 18 de abril de 1996 al 31 de diciembre de 1996

- Del 2 de enero de 1997 al 31 de diciembre de 1997

- Del 5 de enero de 1998 al 31 de diciembre de 1998

- Del 4 de enero de 1999 al 28 de enero de 2000

- Del 7 de febrero de 2000 al 24 de enero de 2001

- El último contrato suscrito es de 25 de enero de 2001, si bien el 1 de marzo de 2003 se realiza conversión del mismo en contrato de duración indefinida

La jornada de trabajo contratada era a tiempo parcial de 30 horas semanales, siendo 39 horas la ordinaria del sector (76,9 %).

(doc. 112 a 120 de la parte actora y 103 a 123 de Outservico).

  1. - La categoría profesional del demandante es la de repartidor (doc 119 a 131 de la parte actora)

  2. - El salario mensual percibido por la demandante, con prorrata de pagas extraordinarias incluidas, es de 874,91 €, si bien únicamente tenía reflejo en la nómina la cantidad de 752,55 € mensuales, conprorrata de pagas extras, ingresándole el resto mediante transferencia (doc. 125 a 131 de la parte actora y 124 a 142 de Outservico).

CUARTO

Dña Camila , DNI NUM003 , fue contratada laboralmente por la demandada Outservico Servicios y Comunicaciones SL por medio de diversos contratos de trabajo, siempre en la modalidad de para obra o servicio determinado, que a continuación se detallan:

- Del 21 de febrero de 1996 al 5 de febrero de 1997

- Del 6 de febrero de 1997 al 31 de diciembre de 1997

- Del 5 de enero de 1998 al 31 de diciembre de 1998

- Del 4 de enero de 1999 al 28 de enero de 2000

- Del 7 de febrero de 2000 al 24 de enero de 2001

- El último contrato suscrito es de 25 de enero de 2001, si bien el 1 de marzo de 2003 se realiza conversión del mismo en contrato de duración indefinida

La jornada de trabajo contratada era a tiempo parcial de 30 horas semanales, siendo 39 horas la ordinaria del sector (76,9 %).

(doc. 73 a 78 de la parte actora y 153 a 169 de Outservico).

  1. - La categoría profesional de la demandante es la de repartidora (doc 77 a 91 de la parte actora)

  2. - El salario mensual percibido por la demandante, con prorrata de pagas extraordinarias incluidas, es de 1.190,26 €, si bien únicamente tenía reflejo en la nómina la cantidad de 752,55 € mensuales, con prorrata de pagas extras, ingresándole el resto mediante transferencia (doc. 79 a 109 de la parte actora y 172 a 195 de Outservico).

QUINTO

D. Carlos Daniel , DNI NUM004 , fue contratado laboralmente por la demandada Outservico Servicios y Comunicaciones SL por medio de diversos contratos de trabajo, siempre en la modalidad de para obra o servicio determinado, que a continuación se detallan:

- Del 4 de julio de 1996 al 31 de diciembre de 1996

- Del 2 de enero de 1997 al 31 de diciembre de 1997

- Del 5 de enero de 1998 al 31 de diciembre de 1998

- Del 4 de enero de 1999 al 24 de enero de 2001

- El último contrato suscrito es de 25 de enero de 2001, si bien el 1 de marzo de 2003 se realiza conversión del mismo en contrato de duración indefinida

La jornada de trabajo contratada era a tiempo parcial de 30 horas semanales, siendo 39 horas la ordinaria del sector (76,9 %).

(doc. 49 a 55 de la parte actora y 204 a 218 de Outservico).

  1. - La categoría profesional del demandante es la de repartidor (doc 56 a 65 de la parte actora)

  2. - El salario mensual percibido por la demandante, con prorrata de pagas extraordinarias incluidas, es de 907,01 €, si bien únicamente tenía reflejo en la nómina la cantidad de 752,55 € mensuales, con prorrata de pagas extras, ingresándole el resto mediante transferencia (doc. 66 a 70 de la parte actora y 219 a 242 de Outservico).

SEXTO

1.- Los...

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